SE HABILITA EL REGISTRO DE OPOSICIÓN A LA OBRA DE GAS NATURAL

VISTO: La Ordenanza Nº 11.988; y

CONSIDERANDO

Que mediante la misma se estableció la vigencia de la segunda etapa del programa de redes  domiciliarias de gas natural para aquellos sectores de nuestra ciudad que aún no cuentan con este servicio tan importante;

Que en su Art. 4º establece: “…Art. 4º: HABILITASE un Registro de Oposición, previo al inicio de la obra y por el término de 30 (treinta) días corridos a partir de la apertura del mismo. Quien desee oponerse deberá acreditar su condición de propietario o poseedor del inmueble que será beneficiado por la obra. Si las Oposiciones no superaren el 30% (treinta por ciento) del total de los vecinos frentistas de la obra a ejecutar, la Municipalidad quedará automáticamente autorizada a disponer de las medidas necesarias tendientes a la ejecución de la misma. El D.E.M. determinará y publicará en los medios de difusión locales la fecha de apertura y cierre del Registro de Oposición, con indicación de su función, requisitos y horario de atención;

Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA

DECRETA

Art. 1º: HABILÍTESE el Registro de Oposición en los términos del Art. 4º de la Ordenanza Nº 11.988 y por el plazo de treinta (30) días corridos a partir del día 14 de Diciembre de 2021 al 14 de Enero de 2022, para las obras comprendidas en el Expediente Nº 526/I/21.-

 

Art. 2º: DISPÓNGASE que el mismo se encontrara disponible en la Oficina de la  Secretaría de Servicios Públicos de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Pte. Perón Nº 1.997 – Terminal de Ómnibus, planta alta, de lunes a viernes en el horario de  9:00 a 13:00 hs..-

 

Art. 3º: ESTABLÉZCASE que el Registro de Oposición estará a consideración de quienes acrediten fehacientemente ser propietarios frentistas adjudicatarios, futuros beneficiarios de la obra mediante la presentación del D.N.I. correspondiente y/o certificado de domicilio.-

 

Art 4º: DETERMINASE  la siguiente información a tener en cuenta según RESOLUCIÓN ENARGAS L910 – OBRAS DE GAS NATURAL PARA LA LOCALIDAD DE ALTA GRACIA – DPTO SANTA MARÍA – PCIA. DE CÓRDOBA:

 

 

  • NOMBRE DE LA OBRA: Provisión de Gas Natural, según Ordenanza Nº 11.988 a manzanas de varios barrios: Don Bosco DC Nº 00633/073; Barrio Loteo Nuevo Liniers Horizonte DC Nº 02472/071; Barrio Touring DC Nº 02015/050 y DC Nº 02015/048; Escuela PROA en Potrero de Loyola DC Nº 01939/056.
  • DELIMITACIÓN CATASTRAL: Conforme a los Planos de Propuesta de Traza (Redes de Distribución), elaborados por la Distribuidora de Gas del Centro S.A., las redes de distribución de Gas Natural involucran las siguientes manzanas:

 

  • Provisión de Gas Natural Bº Don Bosco, DC Nº 00633/073, Mza. 281 (parcial); calles Maipú entre San Juan Bosco y Tucumán (vereda norte- total); Tucumán entre Rivadavia y Maipú (vereda oeste- parcial).
  • Provisión de Gas Natural, loteo Nuevo Liniers Horizonte ,DC Nº 02472/071, Manzanas 058- 287- 288- 191- 055; calles Mendoza entre Cevallos y Callao (vereda norte); Cevallos entre Yapeyú y Mendoza (vereda este- parcial) Callao entre Mendoza y Yapeyú (vereda oeste- parcial); Mendoza entre Cevallos y Callao (vereda sur- total); Cevallos entre Mendoza y Luis Primo González (vereda este- total); Luis Primo González entre Cevallos y Callao (vereda norte- total); Callao entre Mendoza y Luis Primo González (vereda oeste- total) Callao entre Luis Primo González y Mendoza (vereda oeste- total); Callao entre Luis Primo González y Mendoza (vereda este- total); Luis Primo González entre Callao y Catamarca (vereda norte- parcial); Mendoza entre Callao y Catamarca (vereda sur- parcial); Luis Primo González entre Cevallos y Roque Sáenz Peña (vereda sur- total); Cevallos entre Luis Primo Gonzalez y campo (vereda este- parcial); Roque Sáenz Peña entre Luis Primo González y campo (vereda oeste- parcial); Mendoza entre Callao y Catamarca (vereda norte- total); Callao entre Mendoza y Chacabuco (vereda este- parcial); Catamarca entre Mendoza y Chacabuco (vereda oeste- parcial).
  • Provisión de Gas Natural calles varias Bº Touring, DC Nº 02015/050; Mza. 309- 301- 302- 290-291- 292- 289- 288- 287- 286- 285; calles Guido y Spano entre General Martín Miguel de Güemes y Sócrates (vereda oeste- total); Gral. M. M. de Güemes entre Guido y Spano y campo (vereda sur- parcial); Sócrates entre Guido y Spano y campo (vereda sudeste- parcial); Guido y Spano entre Chopin y Av. Patria (vereda este- total); Chopin entre Guido y Spano y Wagner (vereda sur- parcial); Avda. Patria entre Guido y Spano y Wagner (vereda norte- parcial); Chopin entre Guido y Spano y Wagner (vereda norte- total); Guido y Spano entre Chapin y Víctor Hugo (vereda oeste- parcial); Patria entre Wagner y Beethoven (vereda sur- total); Wagner entre Av Patria y Edison (vereda este- parcial); Edison entre Wagner y Beethoven (vereda norte- total); Beethoven entre Edison y Av. Patria (vereda oeste- total); Beethoven entre Av. Patria y Edison (vereda este- parcial); Edison entre Beethoven y Newton (vereda norte- parcial); Edison entre Guido y Spano y Sócrates (vereda sur- total); Sócrates entre Edison y Guido y Spano (vereda sudeste- total); Guido y Spano entre Edison y Sócrates (vereda oeste- total); Monseñor Jesús Roldán entre Sócrates y Wagner (vereda norte- total); Sócrates entre M. J. Roldán y Edison (vereda sudeste- parcial); Edison entre Wagner y Beethoven (vereda sur- total);  Beethoven entre Edison y M. J. Roldán (vereda oeste- total); Edison entre Beethoven y Newton (vereda sur- parcial); Beethoven entre Edison y M. J. Roldán (vereda este- parcial); Newton entre Edison y M. J. Roldán (vereda oeste- parcial); Edison entre Newton y Av. Pasteur (vereda sur- parcial); Newton entre Edison y M. J. Roldán (vereda este- total).
  • Provisión de Gas Natural, Bº Touring, DC Nº 02015/048, Mza. 286; calles Edison entre Beethoven y Newton (vereda sur- parcial) Beethoven entre Edison y M. J. Roldán (vereda este- parcial).
  • Provisión de Gas Natural Potrero de Loyola- Escuela Proa, DC Nº 01939/056, calle Los Gladiolos entre M. J. Roldán y Rawson (vereda norte- parcial).

 

 

  • CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN Y DEFINICIÓN DE ETAPAS: El plan de ejecución de las obras se fija en 90 días hábiles. La Obra se ejecutará en una sola etapa y de forma funcional de acuerdo lo que establece la NAG 113. Una vez habilitadas las obras, serán operadas y explotadas comercialmente por la Distribuidora de Gas del Centro S.A.
  • MONTO DE LA OBRA: Red de Distribución $ 28.560.000 – Son Pesos Veintiocho Millones Quinientos Sesenta Mil. Importe incluye IVA.
  • EROGACIONES TOTALES A CARGO DE: a) La Distribuidora (sin recupero): Asesoramiento y asistencia técnica y comercial, anteproyecto de la obra prevista, inspecciones técnicas, interconexiones y empalmes a instalaciones existentes. Provisión de medidores para toda categoría de clientes, habilitación y puesta en servicio de acuerdo a la normativa vigente, elementos para acondicionamientos y odorización del gas, operación y mantenimiento de la obra b) Los interesados: Los mismos abonarán el costo de la obra según se detalla a continuación en la modalidad de pago.
  • MODALIDADES DE PAGO: El monto a abonar correspondiente a la construcción de la Red de Distribución, obras complementarias, accesorios. La obra contempla la colocación del servicio domiciliario, para todos los vecinos adherentes, para lo cual debe estar colocada la caja de regulación y medición, la que deberá ser provista y colocada por el vecino. La obra no contempla la reposición de la vereda, la que irá a cargo de los adherentes. La reparación de la vereda deberá ejecutarse en un plazo no mayor a 10 (diez) días una vez terminada la obra, acorde a la Ordenanza Municipal en vigencia.

 

El Costo por cada usuario Residencial, con IVA, será de $ 7.000,00 por metro lineal de frente, Financiado hasta en 48 cuotas y ajustado al índice Salarial establecido por el Indec.

 

El Costo del Servicio para aquellos usuarios que  se encuadren en lo especificado precedentemente, con IVA, será de $ 3.000,00 financiado  hasta en 48 cuotas y ajustado al Índice Salarial establecido por el Indec.

 

Art. 5 º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Servicios Públicos.-

 

Art. 6 º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.-

 

Art. 7 º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.-

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