RESOLUCIÓN NÚMERO: treinta y cinco (35).

Alta Gracia, 31 de julio de 2019.
Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES DE
AUTORIDADES MUNICIPALES 2019 – ALTA GRACIA: P.A.S.O. Y DEFINITIVAS”; Y
CONSIDERANDO: I) Que, siendo la hora 13 del día de la fecha, ha
transcurrido el término legal dispuesto por el art. 133 de la Ley 7.591
sin que se hubieren presentado reclamos y/o protestas sobre vicios en la
constitución y funcionamiento de las mesas. II) Que en consecuencia, no
habiéndose formulado protestas y/o reclamos corresponde proceder al
escrutinio definitivo habilitándose para ello día y hora. III) Que el
art. 130 de la citada ley establece que las Alianzas y/o Partidos
Políticos con listas de candidatos oficializadas pueden designar
fiscales con derecho a asistir a todas las operaciones del escrutinio a
cargo de la Junta Electoral Municipal, así como también examinar la
documentación correspondiente. Por ello y conforme lo dispuesto por la
C.O.M., la Ord. 11.170 (Código Electoral Municipal), la ley provincial
9.571 y las leyes nacionales 22.864/ 26.571; esta Junta Electoral
Municipal en forma unánime RESUELVE: 1) Fijar el día lunes 5 de agosto
del corriente año a la hora 8:00 en el lugar designado como centro de
cómputos / lugar de guarda y custodia de urnas / de escrutinio
provisorio y definitivo J.E.M. 2019: CINE TEATRO MONUMENTAL SIERRAS, a
los fines de la realización del escrutinio definitivo, habilitándose día
y hora al efecto. 2) Notificar a los apoderados partidarios para que
asistan según día, hora y lugar designado y/o designen fiscales a tal
fin quienes deberán presentarse con poder suficiente. PROTOCOLÍCESE,
COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.- Fdo.: J.E.M. 2019 Dras. Graciela PÉREZ
CONTRERAS (Presidente), María Victoria VILLACÉ y María Laura SEQUEIRA
(Vocales).-

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