Alta Gracia, 21 de agosto de 2019.
Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES DE
AUTORIDADES MUNICIPALES 2019 – ALTA GRACIA: P.A.S.O. Y DEFINITIVAS” y el
Expediente Nº 5/19 caratulado “ALIANZA ALTA GRACIA CRECE (A 678)”. Que a
fs. 171 de dichos actuados comparecen los apoderados de la ALIANZA ALTA
GRACIA CRECE Sres. Ricardo Mario GONZÁLEZ DNI 20.867.789 y Omar ALLENDE
DNI 12.035.477 solicitando Oficialización de Lista de Candidatos de la
fuerza política que representan. Que a fs. 172 se acompaña Acta de
Proclamación y Lista de candidatos y a fs. 173/ 174 plataforma
electoral. Que a fs. 175 a 224 inclusive de autos se adjuntan
declaración bajo fe de juramento y aceptación de cargo con más
fotocopias de los documentos de identidad de cada uno de los candidatos
mencionados. Pasan a despacho para resolver.
Y CONSIDERANDO:
I) Que corre en autos Personería Jurídico Política de la ALIANZA ALTA
GRACIA CRECE, Auto Nº 486 dictado por el Juzgado Electoral Provincial de
Córdoba en los autos caratulados “ALTA GRACIA CRECE – RECONOCIMIENTO
JURÍDICO POLÍTICO ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL” (Expte. 8351932) (A678).
II) Que en oportunidad de la presentación de listas de precandidatos
efectuadas para las P.A.S.O. 2019 y según consta en la Resolución Nº 21
de la J.E.M., se comprobó el correcto cumplimiento de los requisitos
extrínsecos que exige la normativa local para los cargos de que se trata
(Art. 8º Ord. 11.170 modif 11.192).
III) Que son deberes y atribuciones de la Junta Electoral Municipal
oficializar las listas de candidatos municipales acorde el resultado de
las P.A.S.O y según artículo 18º, 2do. párrafo Ord. 11.170 y modif.
11.192 .
Que atento el resultado del escrutinio definitivo y firme (Resolución Nº
37) y siendo que la Alianza Alta Gracia Crece ha presentado una única
lista de precandidatos para la elección primaria (P.A.S.O.) corresponde
a la Alianza la proclamación de la misma lista y su registración según
lo normado por las Ordenanzas 11.170 y 11.192 en concordancia con la Ley
9.572 (partidos políticos, arts. 8º, 17 y cc) Ley 9.571 y C.O.M.
IV) Que el pedido de oficialización es formulado por los apoderados
Sres. Ricardo Mario GONZÁLEZ y Omar ALLENDE quienes revisten tal calidad
y según consta a fs. 171 deben actuar en forma conjunta. Que se ha
presentado en tiempo y forma, acorde Resoluciones Nº 38 y Nº 40 de ésta.
V) Que en el marco de lo dispuesto por la Ley 9.572, todo trámite,
participación y presentación por ante ésta y a los fines que nos ocupa,
ha sido refrendado por los apoderados quienes resultan responsables de
la veracidad de lo expuesto en las presentaciones y respectivas
documentaciones; atento a que la Alianza que representan conforma una
expresión auténtica de la vida política, de la democracia republicana y
representativa, e instrumentos naturales de participación electoral (ley
9.572 arts.1º 8º, 17º y cc). Todo ello sumado a que de las declaraciones
juradas presentadas por cada uno de los Candidatos a los cargos
electivos en la candidatura que pretenden, refrendados por los
apoderados, ratifican que no se encuentran comprendidos o incursos en
las inhabilidades o incompatibilidades que prevé el art. 69, 70, 71, 97
y 106 de la C.O.M en concordancia con los artículos 11 de la ley 9.571 y
Código Electoral Municipal Ordenanza 11.170/11.192. Por lo expuesto, la
Junta Electoral Municipal, RESUELVE: I) OFICIALIZAR LA LISTA de ALIANZA
ALTA GRACIA CRECE (A 678) DE CANDIDATOS A INTENDENTE, VICEINTENDENTE,
CONCEJALES TITULARES Y SUPLENTES, MIEMBROS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
TITULARES Y SUPLENTES para las elecciones municipales definitivas del
veintidós de septiembre del año dos mil diecinueve, la cual está
integrada por la siguiente nómina de candidatos: INTENDENTE: MORER
Leandro Esteban DNI 22.579.394; VICEINTENDENTE: VAGNI Amalia Andrea DNI
22.096.741; CONCEJALES TITULARES: 1º) VAGNI Amalia Andrea DNI
22.096.741; 2º) JEAN Marcelo Alejo DNI 16.709.958; 3º) GONZÁLEZ Ricardo
Mario DNI 20.867.789; 4º) ALLENDE Lucía Verónica DNI 32.572.338; 5º)
GARAY Luis Alberto DNI 8.454.356; 6º) BLANCA DÍAZ Mauricio Tomás DNI
39.735.984; 7º) PINTO PUCHETA Gabriel Alfredo DNI 34.278.008; 8º) BELBEY
Lucas DNI 35.470.931; 9º) SOLINAS Tania Gabriela DNI 37.630.730;
CONCEJALES SUPLENTES: 1º) GUARDABASSI Juan Pablo DNI 31.807.509; 2º)
MARTÍN Pedro DNI 38.881.203; 3º) URIBE Carlos Oscar DNI 27.238.314; 4º)
ARROYO Esteban Javier DNI 29.189.121; 5º) SAIRES Clara Ramona DNI
16.015.634; 6º) TORRES Victoria Edid DNI 10.153.095; 7º) VRECH Eduardo
Sebastián DNI 25.929.448; 8º) LÓPEZ José Luis DNI 14.784.932; 9º) ALMADA
Luciana DNI 34.811.587. MIEMBROS TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º)
LUPPI Leticia DNI 25.581.256; 2º) MOLINA Eduardo Fernando DNI
16.484.380; 3º) VERA TERNASKY Mariano Gabriel DNI 40.419.604; MIEMBROS
SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) FLAMAND Miryam Edith DNI
14.177.325; 2º) ROMERO Walter Alfredo DNI 12.035.176; 3º) VIÑOLO Adrián
Gustavo DNI 22.376.736. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA. Fdo.:
J.E.M. 2019 Dras. Graciela PÉREZ CONTRERAS (Presidente), María Victoria
VILLACÉ y María Laura SEQUEIRA (Vocales).-