Alta Gracia, 30 de agosto de 2019.
Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES DE
AUTORIDADES MUNICIPALES 2019 – ALTA GRACIA: P.A.S.O. Y DEFINITIVAS”. Y
CONSIDERANDO: I) Que según lo dispuesto por esta J.E.M. en Resolución Nº
44 de fecha 27 de agosto de 2019, ha sido debidamente APROBADO el MODELO
DE B.U.S. (Boleta Única de Sufragio) en un todo de acuerdo a lo
prescripto por el Código Electoral Municipal, encontrándose cumplidos
los plazos legales correspondientes – Ord. 11.170 (arts. 25 y 26) y
debidamente oficializadas y firmes las listas de candidatos (arts. 5 y 8
Ord. 11.170). II) Que según Padrón Electoral Definitivo confeccionado al
efecto, la cantidad de electores para los comicios municipales (elección
general definitiva) convocada para el día 22 de septiembre de 2019
asciende a cuarenta y tres mil setecientos doce (43.712) -incluyendo
nacionales y extranjeros-. III) Que de acuerdo a lo dispuesto por el
Código Electoral Municipal – Ord. 11.170 (art. 28), aprobado el modelo
de B.U.S. propuesto, la J.E.M. deberá cumplimentar con la impresión de
la B.U.S. oficializada, siendo ésta la única válida para la emisión del
voto. IV) Que, en cuanto a la cantidad; el art. 29 de igual cuerpo
normativo; dispone la impresión en una cantidad igual al número de
electores correspondientes al Padrón Electoral con más un diez por
ciento (10%) adicional para reposición. IV) Que en cuanto a la seguridad
de las B.U.S. se ha adoptado el criterio de elecciones municipales
anteriores, encomendando la realización a la misma imprenta que hizo
dicho trabajo en elecciones anteriores, según medidas de seguridad
predeterminadas (código de barras) (art.28 Ord.11.170). V) Que
corresponde asimismo, arbitrar los medios que fueren menester para
la impresión del “afiche” informativo de las listas
MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA
JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL
completas que integran la B.U.S. (según exigencia del art. 32 inc. 12)
Ord. 11.170) para ser colocados en los lugares de votación. Por lo
expuesto y en forma unánime, según lo normado por el Código Electoral
Municipal – Ord. 11.170 y la Carta Orgánica Municipal, esta JUNTA
ELECTORAL MUNICIPAL, RESUELVE: 1) ORDENAR la impresión de la B.U.S.
(Boleta Única de Sufragio) según lo dispuesto por el art. 29 de la
Ordenanza 11.170, con las medidas de seguridad dispuestas, para las
ELECCIONES DEFINITIVAS MUNICIPALES a efectuarse el día 22 de septiembre
de dos mil diecinueve. 2) ORDENAR la impresión del afiche previsto en el
art. 32 inc. 12 de la Ord. 11.170 para ser colocados en los lugares de
votación en igual oportunidad. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.-
Fdo.: J.E.M. 2019 (Dras. Graciela PÉREZ CONTRERAS (presidente), María
Victoria VILLACÉ y María Laura SEQUEIRA (vocales)”.