RESOLUCIÓN NÚMERO: cincuenta y uno (51)

Alta Gracia, 23 de septiembre de dos mil diecinueve.

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES DE
AUTORIDADES MUNICIPALES 2019 (P.A.S.O. Y DEFINITIVAS) – ALTA GRACIA”.

Y CONSIDERANDO: I) Que el día sábado 21 de septiembre a la hora 10:15
fueron recibidas en lugar designado y acondicionado a tal fin con las
medidas de seguridad correspondientes (cuarto oscuro, llave en su puerta
de ingreso, sistema de alarma instalado al efecto y custodia policial),
las URNAS de las mesas de votación habilitadas, cada una dentro de sus
respectivas bolsas y con sus precintos colocados, conteniendo las B.U.S.
y los elementos -actas y útiles- que por contrato corresponden en un
total de ciento veintisiete (127) con más diez (10) de back up
-repuesto-. Que de dicho acto, realizado por la empresa Correo Andreani
S.A. en presencia de los miembros de la J.E.M. y personal policial, y
luego de haberse controlado en forma minuciosa los números de precintos,
se labró acta que es necesario hacer parte integrante de la presente y
protocolizar al igual que las fotografías tomadas (total 19). II) Que
siendo la hora 6:20 del día domingo 22 de septiembre de 2019 -día fijado
para las Elecciones de Autoridades Municipales de la ciudad de Alta
Gracia (elección general / definitiva) según convocatoria hecha por
Decreto Nº 867/19- se procedió a retirar las urnas del lugar previsto
para su depósito a fin de distribuirlas en los distintos centros de
votación previstos según Carta Marina dispuesta al efecto (DESPLIEGUE).
Que las urnas fueron distribuidas a los distintos establecimientos
educacionales por personal de la empresa de Correo GRUPO LOGÍSTICO
ANDREANI y en vehículos afectados a tal fin con seguimiento satelital y
control y custodia policial. Que se labró Acta Nº 24, en la que se deja
constancia que a la hora 8:06 el total de mesas de votación (127) se
encuentran habilitadas, declarándose ABIERTO EL ACTO ELECTORAL, debiendo
ser la misma parte integrante de la presente para su protocolización al
igual que las fotografías tomadas (total 6). III) Que el comicio se
desarrolló con total normalidad en un todo de acuerdo a lo normado por
la C.O.M. y la Ley Provincial Electoral Nº 9.571 (y modif.) y la
Ordenanza 11.170 (Código Electoral Municipal).  IV) Que siendo la hora
18:15 se dio comienzo al escrutinio provisorio del Acto Comicial en el
centro de cómputos dispuesto al efecto según Resolución Nº 24 labrándose
el ACTA DE APERTURA DE ESCRUTINIO PROVISORIO correspondiente por
personal de la Empresa Correo Andreani S.A., contratada al efecto, y por
ante esta J.E.M. Que en dicha acta se procede a la verificación de la
puesta en cero (0) de la Base de Datos del Sistema de Escrutinio
Provisorio. Surgiendo de la Plataforma Datos Andreani Mobile Elecciones
que no hay datos ingresados al sistema de escrutinio provisorio. Se
adjunta acta para su protocolización. A partir de la hora mencionada se
comienza con el análisis de los certificados de escrutinio a medida que
van llegando al centro de cómputos y se realiza el REPLIEGUE de urnas
según van finalizando las A.M.V. el escrutinio de mesa, quedando las
mismas en GUARDA Y CUSTODIA de la J.E.M. en espacio previsto y
acondicionado al efecto con todas las medidas se seguridad dispuestas
(cuarto oscuro, llave, sistema de alarma y custodia policial las 24
hs.). V) Que, observándose errores formales ostensibles e insalvables en
varios certificados de escrutinio de mesa, siendo la hora 21, la JEM
declara clausurado el escrutinio provisorio habiéndose escrutado el
94.49 % del total de las mesas; sin contabilizar el 5.51 % restante. Que
en el mismo acto se hace entrega a la J.E.M. de los certificados de
escrutinio de mesa (originales) en un total de ciento veintisiete (127)
según ley 9.571. De ello se labra el Acta Nº 25 y el ACTA DE CIERRE DE
ESCRUTINIO PROVISORIO por personal de la Empresa Correo Andreani S.A.
por ante esta J.E.M. En ambas actas queda claramente discriminado el
número de las mesas que no fueron escrutadas, la posición de cada una de
las Listas en los tramos Intendente-Concejales y Tribunal de Cuentas y
el porcentaje y número atribuido a cada una de ellas de los votos
válidos positivos obtenidos. Ambas actas se consideran parte integrante
de la presente (total 4 fojas). Por ello y conforme lo dispuesto por la
C.O.M., la ley 9.571 (y modif.) y la Ordenanza 11.170; esta JUNTA
ELECTORAL MUNICIPAL en forma unánime RESUELVE: 1) Incorporar las Actas
de Entrega, Despliegue y Repliegue Urnas y Depósito posterior; el Acta
de Apertura y Cierre del Escrutinio Provisorio y Acta Nº 25 J.E.M. con
más las tomas fotográficas según lo expuesto en Y Considerando, como
parte integrante de la presente y proceder a su protocolización a los
fines legales pertinentes como documentación habilitante.-
PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.- Fdo.: Dras. Graciela PÉREZ
CONTRERAS (presidente), María Lauria SEQUEIRA y María Victoria VILLACÉ
(vocales) J.E.M.-

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