RESOLUCIÓN NÚMERO: cincuenta y nueve (59).

Alta Gracia, 16 de diciembre de 2019.

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES DE
AUTORIDADES MUNICIPALES 2019 – ALTA GRACIA: P.A.S.O. Y DEFINITIVAS”; la
Carta Orgánica Municipal, la Ley provincial 9.571; la Ordenanza 11.170;
(Código Electoral Municipal – modif. por Ordenanza Nº 11.192); la
Ordenanza Nº 11.184 y el Decreto Nº 892/19. Y CONSIDERANDO: I) Que un
proceso electoral, como éste, importa una serie concatenada de actos,
donde unos se derivan de otros. II) Que en tal sentido, el acto
protocolar del 5 de noviembre de 2019 de ceremonia de entrega de los
documentos que acreditan la condición de ciudadanos electos (acorde
Resolución Nº 56) (fs. 1774 a 1804 de Expte. caratulado “Alta Gracia
Elecciones Municipales 2019” Cuerpo Nº IX) precedió al proceso de
destrucción de las Boletas Únicas de Sufragio (B.U.S.) contenidas en las
urnas así como de toda documentación inutilizada (art. 144 1rs. Parte
ley 9571). III) Que llevado a cabo el proceso, según consta en Acta Nº
26 de fecha 7 de noviembre de 2019 (fs. 1805 a 1817 del mencionado
expediente), debe establecerse el momento cúlmine de finalización de las
tareas inherentes a la Junta Electoral Municipal (Ord. 11.170), es
decir, el cese de la actividad de la JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL en este
proceso electoral municipal de la ciudad de Alta Gracia año 2019. IV)
Que según Memorándum Nº 380/19 de fecha 13/11/2019 producido por
Tribunal Municipal de Faltas se incluyen en constancia de INVENTARIO
PATRIMONIAL los muebles donde se deposita en guarda y custodia toda la
documentación electoral. Que por ello y acorde las facultades otorgadas
por la Ley 9.571 y Carta orgánica Municipal, en concordancia con lo
establecido por la Ordenanza 11.170 “Código Electoral Municipal” –
modif. por Ordenanza Nº 11.192, esta JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL, en forma
unánime; RESUELVE: 1º) ESTABLECER como fecha de cese de la actividad de
la JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL con respecto al proceso electoral
municipal: “ELECCIONES DE AUTORIDADES MUNICIPALES 2019 – ALTA GRACIA:
P.A.S.O. Y DEFINITIVAS” (a excepción de lo normado por el art. 145 inc.
13 C.O.M.), el día 17 de diciembre de 2019. 2º) DETERMINAR que la
documentación correspondiente a esta JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL y
referida al proceso “Elecciones 2019 Alta Gracia” será depositada para
su guarda y custodia, en la sede del TRIBUNAL MUNICIPAL DE FALTAS DE LA
MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA en lugar seguro dispuesto y previsto a tal
fin. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA. Fdo.: Dra. Graciela PÉREZ
CONTRERAS (Presidente), Dra. María Victoria VILLACÉ y Dra. María Laura
SEQUEIRA (Vocales).-

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