RESOLUCIÓN Nº 39 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

RESOLUCIÓN NÚMERO: treinta y nueve (39).

Alta Gracia, 12 de agosto de 2019.

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES DE AUTORIDADES MUNICIPALES 2019 – ALTA GRACIA: P.A.S.O. Y DEFINITIVAS”; Y CONSIDERANDO: I) Que en tiempo y forma y según Decreto de fecha 7 de agosto del corriente año, se citó a los apoderados partidarios y de alianzas, a los fines del Art.144 de la Ley 9571 (conf.Art.123 C.E.Nación) (destrucción/desnaturalización de urnas). II) Que siendo el Cine Teatro Monumental Sierras lugar designado por la JEM para guarda y custodia policial de urnas y su contenido; constituida a tal fin, previa espera de ley, siendo la hora 13:20 se da por iniciado el acto con la apertura de la sala en presencia de personal policial, que custodió la misma desde que se produjo el depósito de las urnas hasta el día de la realización de este acto. Que en el concreto, el uniformado presente es identificado como Cabo 1ro. FABIAN OLIVA, quien será parte del operativo, y suscribirá el acta que se labró de todas las actuaciones. Que la sala destinada a tal fin, cuenta con las medidas de seguridad pertinentes que aseguran su inviolabilidad (alarma), aberturas clausuradas, cerradura y custodia policial permanente. Que se procede a su apertura de la misma y al traslado – mediante personal municipal destinado al efecto-del caudal allí existente para su destrucción; en el camión Municipal compactador DOMINIO AA710HO. Que se trata de ciento veintisiete (127) urnas con más su contenido (insumos, actas, BUS -utilizadas y sobrantes-, etc), que introducidas al camión, son compactadas mecánicamente para su desnaturalización y destrucción. Que durante la realización del acto,  se hace presente el apoderado Sr. Iván VIZNE, de Alianza Hacemos por Córdoba, Lista Ana Carolina Pinciroli Intendente; retirándose posteriormente y a la hora 13:35 firmando el acta respectiva.

Que debido a la cantidad de material a destruir, y desnaturalizar el acto se prolonga hasta la hora 14:12.- Que se considera integrante de ésta el acta labrada suscripta por los mencionados (total tres -3- fojas de actuación), en el momento de la destrucción/desnaturalización referida y las tomas fotográficas ilustrativas (total sesenta y nueve -69- fojas).

Por ello, acorde Ord.11.170; ley 9571 y C.E. Nacional; y a consecuencia de estar finalizadas y firmes las operaciones de escrutinio definitivo P.A.S.O 2019: esta JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL RESUELVE: 1) Aprobar el contenido del acta labrada el día 9 de agosto de 2019 (hora 13:20 hasta 14:12) llevada a cabo en Cine Teatro Monumental Sierras de Alta Gracia (espacio de depósito, guarda y custodia de urnas) referida a la destrucción y/o desnaturalización total de las ciento veintisiete (127) urnas y demás insumos, correspondientes a las P.A.S.O 2019, según tomas fotográficas agregadas y acorde los dispuesto por la ley 9571- Art.144 (conf. Art.123 C.E.Nación).- PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.- Fdo.: J.E.M. 2019 Dras. Graciela PÉREZ CONTRERAS (Presidente), María Victoria VILLACÉ y María Laura SEQUEIRA (Vocales).-

 

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