Alta Gracia, 27 de septiembre de 2023.-
Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal, el “Código Electoral Municipal” (Ord. 12.061) y la Ley provincial 9.571. Y CONSIDERANDO: I) Que ha sido declarado válido el comicio (según Acta de fecha 21/09/2023) y concluyó el escrutinio definitivo (Resolución J.E.M. Nº 29 de fecha 25/9/2023). II) Que declarada válida la elección llevada a cabo el 17 de septiembre de 2023 (art. 135 y siguientes ley 9.571) corresponde la asignación de cargos y bancas para los cargos de Intendente y Viceintendente Municipal, Concejales y Tribunos de Cuentas. III) Que habiéndose procedido a especificar la suma de los sufragios obtenidos para cada Fuerza Política, corresponde adjudicar los cargos, acorde lo determina la Constitución de la provincia de Córdoba (art. 180 y 183 inc. 1, 2, 3 y 6) en concordancia con lo normado por el art. 142 de la ley 9.571 y C.O.M. (arts. 66, 98, 106, art. 145 inc. 10 y 156 incs. 1 y 2). Por ello y conforme lo dispuesto por la C.O.M., la ley 9.571 (y modif.) y la Ordenanza 12.061 (arts. 27, 28 y 29); esta JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL en forma unánime RESUELVE:
1) Adjudicar los cargos de INTENDENTE Y VICEINTENDENTE, de acuerdo a lo prescripto por la C.O.M. y el art. 27 de la Ord. 12.061, a la Lista Nº A 601 ALIANZA HACEMOS UNIDOS POR CÓRDOBA, al haber obtenido un total de catorce mil cuatrocientos veinticuatro (14.424) votos.
2) Adjudicar, de acuerdo a lo prescripto por el art. 156 inc. 2 de la C.O.M. y el art. 28 de la Ordenanza 12.061, seis (6) bancas para el CONCEJO DELIBERANTE por la mayoría a la Lista Nº A 601 ALIANZA HACEMOS UNIDOS POR CÓRDOBA, al haber obtenido un total de catorce mil cuatrocientos veinticuatro (14.424) votos, e igual número de bancas suplentes.
3) Adjudicar, de acuerdo a lo prescripto por el art. 156 inc. 2 de la C.O.M. y el art. 28 de la Ordenanza 12.061, dos (2) bancas para el CONCEJO DELIBERANTE por la primera minoría a la Lista Nº A 501 ALIANZA ALTA GRACIA CAMBIA, al haber obtenido un total de cuatro mil ochocientos cuarenta y cuatro (4.844) votos, e igual número de bancas suplentes.
4) Adjudicar, de acuerdo a lo prescripto por el art. 156 inc. 2 de la C.O.M. y el art. 28 de la Ordenanza 12.061, una (1) banca para el CONCEJO DELIBERANTE por la segunda minoría a la Lista Nº A 511 ALIANZA JUNTOS POR ALTA GRACIA, al haber obtenido un total de dos mil quinientos cuarenta y dos (2.542) votos, e igual número de bancas suplentes.
5) Adjudicar, de acuerdo a lo prescripto por los arts. 105 y 150 segundo párrafo de la C.O.M. de acuerdo a lo prescripto por el art. 156 inc. 2 de la C.O.M. y el art. 29 de la Ordenanza 12.061, dos (2) bancas para el TRIBUNAL DE CUENTAS MUNICIPAL, por la mayoría, a la Lista Nº A 601 ALIANZA HACEMOS UNIDOS POR CORDOBA, al haber obtenido un total de trece mil quinientos sesenta y ocho (13.568) votos, e igual número de bancas suplentes.
6) Adjudicar una (1) banca para el TRIBUNAL DE CUENTAS, por la minoría, a la Lista Nº A 501 ALIANZA ALTA GRACIA CAMBIA, al haber obtenido un total de cinco mil cuarenta y seis (5.046) votos, e igual número de bancas suplentes. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.-
FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dra. María Laura Sequeira: Vocal Suplente.-