Alta Gracia, 19 de septiembre de 2023.-
Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal, el “Código Electoral Municipal” (Ord. 12.061) y la Ley provincial 9.571. Y CONSIDERANDO: I) Que el día sábado 16 de septiembre a la hora 08.00 fueron recibidas en lugar designado y acondicionado a tal fin (Cine Teatro Monumental Sierras de esta ciudad) con las medidas de seguridad correspondientes (cuarto de resguardo y protección, llave en su puerta de ingreso, sistema de alarma instalado al efecto y custodia policial), las URNAS de las mesas de votación habilitadas, cada una dentro de sus respectivas bolsas y con sus precintos colocados, conteniendo las B.U.S. y los elementos -actas y útiles- que por contrato corresponden en un total de ciento treinta y dos (132) con más trece (13) de back up -repuesto-. Que de dicho acto, realizado por la empresa Correo Andreani S.A. en presencia de los miembros de la J.E.M., apoderados partidarios del Partido Humanista y de la Alianza Alta Gracia Cambia, y personal policial, y luego de haberse controlado en forma minuciosa los números de precintos, se labró acta de entrega que es necesario hacer parte integrante de la presente y protocolizar al igual que las fotografías tomadas. II) Que siendo la hora 6:00 hs del día domingo 17 de septiembre de 2023 -día fijado para las Elecciones de Autoridades Municipales de la ciudad de Alta Gracia según convocatoria hecha por Decreto Nº 1192/23- se procedió a retirar las urnas del lugar previsto para su depósito a fin de distribuirlas en los distintos centros de votación establecidos según Carta Marina dispuesta, aprobada y publicada al efecto (DESPLIEGUE). Que las urnas fueron distribuidas a los distintos establecimientos educacionales por personal de la empresa de Correo GRUPO LOGÍSTICO ANDREANI y en vehículos afectados a tal fin con seguimiento satelital y control y custodia policial. Que se labró acta (en Libro de Actas J.E.M.), en la que se deja constancia que a la hora 7:34 el sistema informático de Correo Andreani S.A reportó, en el centro de cómputos, que el total de urnas (132) ya se encontraban en poder del FiME de cada Establecimiento, habiendo sido entregadas por el veedor de la empresa.
III) Que el comicio se desarrolló con total normalidad en un todo de acuerdo a lo normado por la C.O.M. y la Ley Provincial Electoral Nº 9.571 (y modif.) y la Ordenanza 12.061 (Código Electoral Municipal). IV) Que, cerrado el acto comicial, la J.E.M. fue realizando el análisis de todos los certificados de escrutinio a medida que fueron llegando al centro de cómputos (primero escaneados por la empresa en los centros de votación y luego el certificado físico en papel). Que simultáneamente se llevó a cabo el REPLIEGUE de urnas según fueron finalizando las A.M.V. el escrutinio de mesa, quedando las mismas en GUARDA Y CUSTODIA de la J.E.M. en espacio previsto y acondicionado al efecto con todas las medidas de seguridad dispuestas (cuarto de resguardo y protección, llave, sistema de alarma y custodia policial las 24 hs.). V) Que, habiéndose guardado por error un certificado de escrutinio dentro de la urna por parte de un presidente de mesa (Nº 116), siendo imposible de contabilizar el mismo y observándose errores en la sumatoria de otro certificado de escrutinio (Mesa Nº 62), fueron procesados 130 certificados de escrutinio del total de 132 mesas de votación, quedando dos certificados para contabilizar en el escrutinio definitivo. Que, a la hora 22:42 se procedió al cierre del escrutinio provisorio habiéndose escrutado el 98.48 % del total de las mesas. Que en el mismo acto se hace entrega a la J.E.M. de los certificados de escrutinio de mesa (originales) en un total de ciento treinta y uno (131) según ley 9.571, y en razón de lo expresado supra. De ello se labra el ACTA DE CIERRE DE ESCRUTINIO PROVISORIO y ACTA DE CIERRE DE SERVICIO LOGÍSTICO ELECTORAL por personal de la Empresa Correo Andreani S.A. por ante esta J.E.M. En ambas actas queda claramente discriminado el número de las mesas que no fueron escrutadas, la posición de cada una de las Listas en los tramos Intendente-Concejales y Tribunal de Cuentas y el porcentaje y número atribuido a cada una de ellas de los votos válidos positivos obtenidos; los votos nulos y los votos en blanco. Ambas actas se consideran parte integrante de la presente. Que asimismo la empresa hizo entrega a la J.E.M. de un banco digital con la totalidad de las imágenes transmitidas en centro de votación y escrutadas en el centro de cómputos (soporte pen drive). Por ello y conforme lo dispuesto por la C.O.M., la ley 9.571 (y modif.) y la Ordenanza 12.061; esta JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL en forma unánime RESUELVE: 1) Incorporar las Actas de Entrega, Despliegue y Repliegue Urnas y Depósito posterior; ACTA DE CIERRE DE ESCRUTINIO PROVISORIO y ACTA DE CIERRE DE SERVICIO LOGÍSTICO ELECTORAL con más las tomas fotográficas según lo expuesto en Y Considerando, como parte integrante de la presente y proceder a su protocolización a los fines legales pertinentes como documentación habilitante.- PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.- FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dra. María Laura Sequeira: Vocal Suplente.-