RESOLUCIÓN Nº 1 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

RESOLUCIÓN NÚMERO: Uno (1).

Alta Gracia, 7 de junio de 2023.

Y VISTO: Lo dispuesto por la Ley Provincial Nº 9.571 y modificatorias, la Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza Nº 12.061 “Código Electoral Municipal”.

Y CONSIDERANDO: Constituida la Junta Electoral Municipal (Decreto 1577/23) y lo acordado en Acta Nº 4 de la Junta Electoral Municipal y sus atribuciones y deberes legales (art. 142 y ss. C.O.M. – arts. 1 a 4 Ordenanza 12.061 y arts. 1 y 5 Ordenanza 12.520); I) Que resulta necesario oficiar al Juzgado Federal con Competencia Electoral para la solicitud de los padrones correspondientes; II) Que es menester oficiar a la Justicia Electoral Provincial para remitir copia de la normativa necesaria a los fines de que tenga conocimiento, a los efectos legales correspondientes((Ord.12520; Decreto 1577/23); III) Que resulta necesario determinar la sede de funcionamiento de la J.E.M. 2023, como así también los días y horario tanto de atención al público como de reunión de la Junta; IV) Que debe solicitarse al Área Municipal de Prensa la debida difusión de todos los actos y resoluciones de la Junta a los fines de su conocimiento público y a los fines de dar amplia publicidad al proceso electoral; por todo ello y atento las disposiciones legales citadas esta Junta Electoral Municipal RESUELVE: PRIMERO: oficiar al Juzgado Federal con Competencia Electoral a efectos de solicitar con carácter urgente la provisión de los Padrones Electorales a los fines de confeccionar el Padrón Electoral Municipal definitivo con motivo de las elecciones a autoridades municipales convocadas según Decreto Nº 1192/23. Que siendo que la elección ha sido convocada para el día 17 de septiembre de 2023 se solicita tenga a bien contemplar la exclusión del Padrón de aquellos ciudadanos que no tengan dieciocho (18) años cumplidos el día de elecciones fijado (Ordenanza Nº 12061 “Código Electoral Municipal” y la C.O.M. (arts. 139 y 140). Que asimismo se acuerda a fin de simplificar el acto eleccionario, solicitar la Carta Marina a usarse en elecciones nacionales a efectos de distribuir a los electores y las mesas de votación de igual forma. SEGUNDO: oficiar al Juzgado Electoral Provincial para que tenga conocimiento de la convocatoria a elecciones en la ciudad de Alta Gracia, de la conformación de la actual Junta Electoral abocada a tal proceso y toda otra circunstancia de interés a los efectos legales pertinentes. A tal fin, y siendo que corresponde notificar en debida forma, se remitirá copia del Decreto Nº 1192/23 (convocatoria a elecciones de autoridades municipales), de la Ordenanza Nº 12.520 (conformación Junta Electoral Municipal Año 2023) y del Decreto Nº 1577/23 (designación miembros titulares y suplentes J.E.M.). TERCERO: fijar como domicilio de la Junta Electoral Municipal a todos los efectos legales y como lugar de funcionamiento: la sede de la Justicia Municipal de Faltas de esta ciudad sita en calle España Nº 135 (Sala Belisario Roldán – ex Bingo). Fijar como horario de atención al público: en horario matutino de lunes a viernes de 8 a 13 hs. y por la tarde los días martes y jueves de 16 a 19 hs. a excepción del día fijado por cronograma electoral para la presentación de listas de candidatos que estará abierta la sede de la J.E.M. hasta la hora 24 de ese día, sólo para recibir dichas presentaciones. Fijar como día y hora de reunión de los miembros de la Junta Electoral Municipal los días lunes a viernes (en días hábiles) de 8 a 13 hs. según necesidad. CUARTO: solicitar al Área Municipal de Prensa la debida y amplia difusión de todos los actos y resoluciones de la Junta a los fines de su conocimiento público. Deberá el Área publicar, difundir y poner en conocimiento del público en general la sede, los días y el horario de atención de la J.E.M. y hacer de nexo entre la Junta Electoral y los servicios periodísticos locales, provinciales y nacionales (medios de prensa gráficos, radio, televisión, redes, etc.) y cargar en la página web oficial del Municipio y demás medios de difusión toda la información de interés que provea de la Junta Electoral Municipal y actualizarla conforme sea necesario y se le requiera. QUINTO: atento lo dispuesto por la C.O.M. y la Ordenanza Nº 12.061, tener por designada a la Dra. Lucía ELLESE DNI 27.173.501 como Secretaria Electoral de la J.E.M. 2023.

PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.-                  

 

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