Director:
Martín Cugno
Art. 34:
CORRESPONDE a la competencia funcional de la Dirección de Políticas Sanitarias.
1) Coordinar la atención del primer nivel de salud con todos los efectores sanitarios locales públicos y privados;
2) Coordinar al personal médico y determinar sus funciones en base a las necesidades de la población en las distintas situaciones que pudieren presentarse;
3) Coordinar y ejecutar políticas en situación de emergencia sanitaria;
4) Coordinar acciones de políticas sanitarias con el Gobierno Provincial y Nacional según corresponda;