Secretario:
Sr. Franco Mariano Agazzi
Art. 14:
CORRESPONDE a la competencia funcional de la Secretaría de Salud, Desarrollo y Equidad Social:
a) Elaborar programas sociales inherentes a la promoción y asistencia social orientada hacia el fomento de la integración social y desarrollo humano, la atención y la reducción de las situaciones de vulnerabilidad social, el desarrollo de igualdad de oportunidades para estos sectores, discapacidad, ancianos, niños y niñas, la protección de la familia y el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias, así como lo relativo al acceso a condiciones dignas de vida y el cumplimiento de los compromisos asumidos en relación con los convenios nacionales y provinciales suscriptos en materia de su competencia.
b) Recuperar a la población de sectores populares el valor del saber práctico y teórico como herramienta de desarrollo social, reconstruyendo valores solidarios y generando prácticas de sostén dentro de una red emprendedora.
c) Profundizar y jerarquizar la atención del primer nivel de la salud en toda la comunidad y actuar coordinadamente con todos los efectores sanitarios.
d) Gestionar planes y programas que deriven de los sistemas de salud nacional y provincial que velen por el completo bienestar físico, mental y social de todos os habitantes de nuestra ciudad.
e) Ejecutar la cobertura de salud a toda situación que ponga en riesgo la integridad física o la vida de cualquier persona que se encuentre en tránsito en la vía pública.
f) Reforzar, afianzar y optimizar el recurso humano necesario para la correcta prestación del servicio del primer nivel de salud.
g) Llevar a cabo los programas de prevención, promoción y protección integral de la salud.
h) Ejecutar políticas sanitarias destinadas a promoción y prevención de problemas familiares, de violencia familiar, de género, social y adicciones que flagelan nuestra comunidad.
i) Optimizar un sistema para el control de la población animal.
j) Controlar y supervisar todo el personal dependiente de la Secretaría a su cargo.
k) Autorizar los gastos que prevén las normas de ejecución presupuestaria.
l) Atender todas aquellas funciones que correspondan a las Direcciones a su cargo.
m) Asegurar la funcionalidad y mantenimiento de los automotores, equipos y herramientas necesarias para la ejecución o prestación de servicios públicos que correspondan a esta secretaría.