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Secretaría de Gobierno y Planificación

Secretario:
Iván Poletta

Art.10:

CORRESPONDE a la competencia funcional de la Secretaria de Gobierno y Planificación:

  1. a) Las relaciones institucionales con los poderes del Estado Nacional, Provincial, con otras Municipalidades y Comunas, con instituciones públicas o privadas, con organizaciones gremiales, políticas, profesionales, culturales, instituciones intermedias y centros vecinales.
  2. b) Atender todas las funciones que le correspondan a las Direcciones a su cargo.
  3. c) Coordinar y supervisar el funcionamiento del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.
  4. d) Asistir al Departamento Ejecutivo en la ejecución de políticas de comunicación y difusión de actos de gobierno.
  5. e) Atender las relaciones con las instituciones intermedias como centros vecinales, clubes, ONG s y demás agrupaciones de vecinos organizados.
  6. f) Supervisar y coordinar el área de Atención al Vecino, promoviendo el trabajo conjunto y acercando el vínculo con los vecinos de la ciudad.
  7. g) Supervisar y coordinar el funcionamiento de la Defensa Civil Municipal.
  8. h) Articular programas que faciliten la inserción laboral de los ciudadanos.
  9. i) Supervisar y coordinar el funcionamiento de los talleres municipales.
  10. j) Coordinar el funcionamiento de los Consejos municipales.
  11. k) Coordinar el funcionamiento del Consejo de la Mujer.
  12. l) Proyectar e implementar políticas públicas de género.
  13. m) Planificar y ejecutar por sí o por intermedio de terceros, obras públicas o de infraestructura para el desarrollo integral de la Ciudad, de acuerdo a la legislación vigente.
  14. n) Programar, proyectar y ejecutar, regular y controlar las obras públicas, concesiones, permisos y otras figuras similares de competencia municipal.
  15. o) Asistir y asesorar al Departamento Ejecutivo en la planificación del desarrollo y ordenamiento urbano a través de la formulación de planes, programas y proyectos de acuerdo a la planificación urbana y territorial definida por el gobierno municipal.
  16. p) Aplicar el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial respecto al uso del suelo y las autorizaciones para obras privadas, y su contralor.
  17. q) Cumplir y hacer cumplir la normativa de preservación del Centro Histórico, Patrimonio de la Humanidad y áreas de orden en este sentido.
  18. r) Realizar o hacer realizar estudios de impacto ambiental de las obras públicas y privadas y de otras acciones que así lo requieran según la legislación vigente.
  19. s) Desarrollar y elaborar proyectos, cómputos, presupuestos y coordinación de todas las obras a ejecutar desde la Secretaría conduciendo los recursos humanos a los fines de la efectiva concreción de los proyectos y obras que se desarrollen.
  20. t) Ejecutar programas de urbanización y vivienda a encarar por la Municipalidad a través de gestiones con el gobierno Nacional, Provincial u organismos privados.
  21. u) Promover y gestionar la integración equilibrada de las acciones y emprendimientos de los sectores públicos y privados en los programas de urbanización y vivienda.
  22. v) Promover, desarrollar y asesorar en materia de estudios, investigación y aplicación de temas de urbanización y vivienda.
  23. w) Preservar el patrimonio cultural y natural de la ciudad.
  24. x) Colaborar en la preservación del Patrimonio de la Humanidad ubicado en la ciudad y demás monumentos, lugares o edificaciones de valor patrimonial, artístico y cultural.
  25. y) Atender al desarrollo y ejecución de las pautas de trabajo, preservando la identidad histórica cultural de la ciudad a través de la formulación de planes y programas de acuerdo a la planificación urbana territorial.
  26. z) Planificar la articulación y coordinación de las políticas de recuperación urbana del municipio.
  27. aa) Asegurar la funcionalidad y mantenimiento de los automotores, equipos, maquinarias y herramientas necesarias para la ejecución o prestación de obras que correspondan a esta secretaria.
  28. bb) Supervisar y controlar la adecuada prestación del servicio de todo el personal a su cargo sea de planta permanente o bajo alguna modalidad de contratación.
  29. cc) Autorizar los gastos que prevén las normas de ejecución presupuestaria.
  30. dd) Atender todas aquellas funciones que correspondan a las Áreas a su cargo.
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