El Gobierno de la Ciudad de Alta Gracia informa que como municipio adherente al Sistema Único de Emisión de Licencias de Conducir procederá a realizar los controles para establecer que la licencia de conducir sean las otorgadas por el municipio y/o comuna donde el solicitante posea domicilio, en virtud de lo establecido en la ley provicial de transito Nº 8.560 Art. 13.
En una primera instancia y por el plazo de 90 se labrará un acta de constatación a aquellos conductores que estén en falta y se lo´s emplazará, para que en el termino de 90 regularicen su situación. Luego de ese periodo dicha infracción prevee una multa equivalente a 100 unidades de nafta super.
Que especifica la ley provicial de transito Nº 8.560 Art. 13?
“La licencia de conducir debe tramitarse en la municipalidad o comuna donde el solicitante posea domicilio, con la única condición de que las mismas apliquen el Sistema Único de Emisión de Licencias de Conducir y se las registre en el Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito (RePAT).”
Para mayor información; https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/ley_24449_cordoba.pdf