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DECRETO JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL – EXCUSACIONES

Alta Gracia, 4 de octubre de 2023.-

Atento lo dispuesto por los arts. 17 y 148 de la Ley provincial 9.571: hágase saber a la ciudadanía que aquellos electores que no hayan emitido su sufragio en la elección de autoridades municipales del pasado 17 de septiembre, deberán presentarse en la sede de la Junta Electoral Municipal sita en calle España 135 (ex Bingo) – Sala Belisario Roldán de 8 a 13 horas y hasta el 20 de noviembre del corriente año a fin de excusarse en legal forma. Publíquese, comuníquese dese amplia difusión.- FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dra. María Laura Sequeira: Vocal Suplente.-

TURISMO: ALTA GRACIA DICE PRESENTE EN LA FIT 2023

Junto a representantes de distintos puntos de la provincia, Alta Gracia participa de la 27º edición de la Feria Internacional de Turismo (FIT), que tiene lugar en la ciudad de Buenos Aires y concluye este martes 3 de octubre.

La delegación cordobesa, encabezada por el presidente de la Agencia Córdoba Turismo, Alejandro Lastra; cuenta también con la participación de representantes de distintas regiones de Córdoba y, en el caso de Alta Gracia, con la representación del Secretario de Gestión Pública, Pablo Soler; y la Directora de Turismo y Cultura, Lara González; quienes encabezan la comitiva local que se encuentra promocionando a nuestra ciudad en el evento.

Cabe recordar que la Feria Internacional del Turismo constituye uno de los escenarios más importantes en materia de promoción turística, que permite a las delegaciones participantes la posibilidad de generar nuevos vínculos estratégicos, fortalecer lazos profesionales, nuevos mercados y tendencias; y mejorar las oportunidades de crecimiento del sector turístico.

RESOLUCIÓN Nº 32 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL – PROCLAMA DE AUTORIDADES ELECTAS

Alta Gracia, 2 de octubre de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal, el “Código Electoral Municipal” (Ord. 12.061) y la Ley provincial 9.571. Y CONSIDERANDO: I) Que ha sido declarada válida la elección del 17 de septiembre de 2023 según Resolución Nº 29 (25/09/2023) y realizado y aprobado el escrutinio definitivo. II) Que mediante Resolución Nº 31 esta Junta Electoral dispuso la adjudicación de los cargos de Intendente, Viceintendente, Concejales y miembros del Tribunal de Cuentas, en el marco de lo normado por la ley 9.571 y el art. 145 inc. 10 de la C.O.M. III) Que el decisorio N° 31 de fecha 27/09/2023 ha quedado firme y pasado en autoridad de cosa juzgada atento que fueron debidamente notificadas en tiempo propio las Fuerzas Políticas intervinientes en la contienda electoral del 17 de septiembre próximo pasado, sin que se haya deducido impugnación alguna, habiendo expirado el plazo previsto a ese fin. IV) Que de tal modo, corresponde proceder a la proclamación de las autoridades municipales que han resultado electas. Para su determinación, se toman en consideración los votos obtenidos por cada fuerza política, la Resolución Nº 31 de adjudicación de cargos y bancas y las Resoluciones de oficialización de candidatos de las Alianzas y Partidos Políticos correspondientes, aplicando el sistema de simple pluralidad de sufragios (arts. 94 y 95 C.O.M.), y art. 27 de la Ordenanza 12.061, para las candidaturas de Intendente y Viceintendente, sistema proporcional D´hont para la proclamación de candidatos a concejales (art. 156 C.O.M.) y art. 28 de la Ordenanza 12.061, sistema del art. 105 de la C.O.M. y art. 29 de la Ordenanza 12.061 para la proclamación de candidatos a miembros del Tribunal de Cuentas. Por todo lo expuesto, de acuerdo a lo establecido por los arts. 138, 145 inc. 10 y demás concordantes de la C.O.M., Ordenanza 12.061 y lo dispuesto por la ley electoral provincial Nº 9.571 (art. 143), la Junta Electoral Municipal RESUELVE: 1) PROCLAMAR electos INTENDENTE Y VICEINTENDENTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA a los ciudadanos TORRES LIMA Marcos DNI 29.714.567 y DE NAPOLI Jorge Sergio DNI 17.115.165, respectivamente. 2) PROCLAMAR electos CONCEJALES MUNICIPALES TITULARES, por la mayoría ALIANZA HACEMOS UNIDOS POR CÓRDOBA (Lista Nº A 601), a los siguientes ciudadanos: 1º) GONZÁLEZ Lara Virginia DNI 25.581.200; 2º) ORTIZ Pablo Marcos DNI 24.196.356; 3º) SILVA PEREYRA Duilio David DNI 31.087.185; 4º) SOLER Pablo Alberto DNI 25.581.162; 5º) OLSINA Consuelo DNI 36.119.814; 6º) AGAZZI Marcelo DNI 23.871.177; 3) PROCLAMAR ELECTOS CONCEJALES MUNICIPALES TITULARES por la primera minoría ALIANZA ALTA GRACIA CAMBIA (Lista Nº A 501), a los siguientes ciudadanos: 1º) BARRIONUEVO Carlos Martín DNI 30.772.327; 2º) ALLENDE Lucía Verónica DNI 32.572.338. 4) PROCLAMAR ELECTO CONCEJAL MUNICIPAL TITULAR por la segunda minoría ALIANZA JUNTOS POR ALTA GRACIA (Lista Nº A 511) al siguiente ciudadano: 1º) GONZÁLEZ Ricardo Mario DNI 20.867.789. 5) PROCLAMAR electos como miembros titulares del TRIBUNAL DE CUENTAS MUNICIPAL por la mayoría ALIANZA HACEMOS UNIDOS POR CÓRDOBA (Lista Nº A 601) a los ciudadanos: 1º) CUGNO Martín Nicolás DNI 26.350.279; 2º) BENGOLEA Federico Matías DNI 28.698.596; 6) PROCLAMAR electo como miembro del TRIBUNAL DE CUENTAS MUNICIPAL por la minoría ALIANZA ALTA GRACIA CAMBIA (Lista Nº A 501) a la ciudadana: 1º) LUPPI Leticia DNI 25.581.256. 7) PROCLAMAR asimismo como suplentes de los miembros del Concejo Deliberante y del Tribunal de Cuentas, a los titulares no electos, y suplentes de las listas que hubieren obtenido un cargo como titular de dichas categorías, de acuerdo con la lista oficializada oportunamente por la Justicia Electoral Municipal. 8) Oportunamente será designado día y hora para la entrega de los documentos que acreditan su condición a quienes resultaron electos. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dra. María Laura Sequeira: Vocal Suplente.-

DECRETO DE RELEVAMIENTO DE CUSTODIA POLICIAL URNAS ELECTORALES

Alta Gracia, 29 de septiembre de 2023.-

Se hace saber a Uds. que, con motivo de la ELECCIÓN DE AUTORIDADES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023 se ha dispuesto para el día lunes 2 de octubre a las 11 hs. el relevamiento del adicional de policía que se encuentra aún apostado en la Sala de Guarda de urnas (Cine Teatro Monumental Sierras) abocado a su custodia, atento la etapa procesal actual, quedando las mismas resguardadas en dicho espacio -hasta el momento de su destrucción conforme Ley 9.571- con las demás medidas de seguridad dispuestas oportunamente por esta Junta Electoral Municipal (llave, sistema de alarma y faja). Invitamos a todas las fuerzas políticas que intervinieron a presenciar tal medida. Notifíquese.- FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dra. María Laura Sequeira: Vocal Suplente.-

 

Alta Gracia, 2 de octubre de 2023.-

CERTIFICO: en el día de la fecha se realizó, con la presencia de medios de prensa local y las miembros de la Junta Electoral Municipal (Presidente y Vocales titular y suplente) INSPECCIÓN OCULAR de la sala de guarda de urnas dispuesta a tal fin en Cine Monumental Sierras, procediendo al relevamiento de la custodia policial (agente Axel FIGUEROA), dejando dicha habitación, hasta la fecha de destrucción de urnas, con las demás medidas de seguridad fijadas: llave, alarma y fajas. Se constató asimismo que todo sigue en idénticas condiciones en que fue dejado el día del escrutinio definitivo; doy fe.- Fdo.: Dra. Lucía Ellese: Secretaria J.E.M.

RESOLUCIÓN Nº 31 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 27 de septiembre de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal, el “Código Electoral Municipal” (Ord. 12.061) y la Ley provincial 9.571. Y CONSIDERANDO: I) Que ha sido declarado válido el comicio (según Acta de fecha 21/09/2023) y concluyó el escrutinio definitivo (Resolución J.E.M. Nº 29 de fecha 25/9/2023). II) Que declarada válida la elección llevada a cabo el 17 de septiembre de 2023 (art. 135 y siguientes ley 9.571) corresponde la asignación de cargos y bancas para los cargos de Intendente y Viceintendente Municipal, Concejales y Tribunos de Cuentas. III) Que habiéndose procedido a especificar la suma de los sufragios obtenidos para cada Fuerza Política, corresponde adjudicar los cargos, acorde lo determina la Constitución de la provincia de Córdoba (art. 180 y 183 inc. 1, 2, 3 y 6) en concordancia con lo normado por el art. 142 de la ley 9.571 y C.O.M. (arts. 66, 98, 106, art. 145 inc. 10 y 156 incs. 1 y 2). Por ello y conforme lo dispuesto por la C.O.M., la ley 9.571 (y modif.) y la Ordenanza 12.061 (arts. 27, 28 y 29); esta JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL en forma unánime RESUELVE:

1) Adjudicar los cargos de INTENDENTE Y VICEINTENDENTE, de acuerdo a lo prescripto por la C.O.M. y el art. 27 de la Ord. 12.061, a la Lista Nº A 601 ALIANZA HACEMOS UNIDOS POR CÓRDOBA, al haber obtenido un total de catorce mil cuatrocientos veinticuatro (14.424) votos.

2) Adjudicar, de acuerdo a lo prescripto por el art. 156 inc. 2 de la C.O.M. y el art. 28 de la Ordenanza 12.061, seis (6) bancas para el CONCEJO DELIBERANTE por la mayoría a la Lista Nº A 601 ALIANZA HACEMOS UNIDOS POR CÓRDOBA, al haber obtenido un total de catorce mil cuatrocientos veinticuatro (14.424) votos, e igual número de bancas suplentes.

3) Adjudicar, de acuerdo a lo prescripto por el art. 156 inc. 2 de la C.O.M. y el art. 28 de la Ordenanza 12.061, dos (2) bancas para el CONCEJO DELIBERANTE por la primera minoría a la Lista Nº A 501 ALIANZA ALTA GRACIA CAMBIA, al haber obtenido un total de cuatro mil ochocientos cuarenta y cuatro (4.844) votos, e igual número de bancas suplentes.

4) Adjudicar, de acuerdo a lo prescripto por el art. 156 inc. 2 de la C.O.M. y el art. 28 de la Ordenanza 12.061, una (1) banca para el CONCEJO DELIBERANTE por la segunda minoría a la Lista Nº A 511 ALIANZA JUNTOS POR ALTA GRACIA, al haber obtenido un total de dos mil quinientos cuarenta y dos (2.542) votos, e igual número de bancas suplentes.

5) Adjudicar, de acuerdo a lo prescripto por los arts. 105 y 150 segundo párrafo de la C.O.M. de acuerdo a lo prescripto por el art. 156 inc. 2 de la C.O.M. y el art. 29 de la Ordenanza 12.061, dos (2) bancas para el TRIBUNAL DE CUENTAS MUNICIPAL, por la mayoría, a la Lista Nº A 601 ALIANZA HACEMOS UNIDOS POR CORDOBA, al haber obtenido un total de trece mil quinientos sesenta y ocho (13.568) votos, e igual número de bancas suplentes.

6) Adjudicar una (1) banca para el TRIBUNAL DE CUENTAS, por la minoría, a la Lista Nº A 501 ALIANZA ALTA GRACIA CAMBIA, al haber obtenido un total de cinco mil cuarenta y seis (5.046) votos, e igual número de bancas suplentes. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.-

FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dra. María Laura Sequeira: Vocal Suplente.-

RESOLUCIÓN Nº 30 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL –

RESOLUCIÓN NÚMERO: Treinta (30).
Alta Gracia, 26 de septiembre de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal, el “Código Electoral Municipal” (Ord. 12.061) y la Ley provincial 9.571. Y CONSIDERANDO: I) Que la Junta Electoral en uso de sus facultades legales y en cumplimiento de sus obligaciones procedió a designar del padrón electoral Presidentes de Mesa (Titulares y Suplentes) como autoridades de mesa de votación (A.M.V.), con más los voluntarios que se acercaron y se anotaron para
también ser partícipes en los comicios. II) Que la Resolución Nº 7 de fecha 11/07/2023 ha dispuesto que el Municipio arbitre los medios necesarios con el objetivo de compensar a quienes de modo efectivo hayan cumplido con la carga pública, fijando un monto dinerario determinado (punto 3 del Resuelve). III) Que el Decreto del Dpto. Ejecutivo Nº 2279 (3/8/23) autorizó el pago de la suma total de pesos veinticinco mil seiscientos pesos ($ 25.600) en concepto de viáticos y refrigerio a las personas que se desempeñen efectivamente como autoridades de mesa en las elecciones municipales. IV) Que en consecuencia se les impuso a los designados FiME que, en el establecimiento afectado a la votación y a su cargo, determinen fehaciente y efectivamente la identidad de quienes cumplieron tal función el día 17 de septiembre de 2023 (ELECCIÓN MUNICIPAL). V) Que tales planillas de asistencia fueron oportunamente presentadas ante la J.E.M., y controladas conjuntamente con los certificados de escrutinio, a los fines de que los ciudadanos que cumplieron dicho rol, puedan acreditarlo según lo requerido legalmente. Por todo ello, y según lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal, la Ley 9.571, la Ordenanza 12.061 y la Resolución Nº 7 de fecha 77/07/2023 de la J.E.M.; esta Junta Electoral RESUELVE: 1) Determinar a los fines establecidos en la Resolución Nº 7 (punto 3 del Resuelve), la siguiente nómina de personas que efectivamente ha cumplido con la función de ser AUTORIDAD DE MESA DE VOTACIÓN, en oportunidad de los comicios celebrados el día 17 de septiembre de 2023 en nuestra ciudad (Elecciones Municipales 2023):

PRESIDENTES DE MESA PRESENTES EN ELECCIONES MUNICIPALES 2023

ESCUELA COMANDANTE ESPORA
ABADÍA LAURINA BELÉN – DNI 40.299.842 – RICARDO BALBÍN 1139
AAKESSON MARTINA – DNI 41.280.272 – LOS ALGARROBOS 1983
AGÜERO VANESA NOEMÍ- DNI 33.561.178 – SRTA. ELSA IGLESIAS DE CÓLICA 226
AGAZZI MILAGROS BELÉN – DNI 41.116.689 – LOS LAPACHOS 7
AHUIR ESTHER SUSANA – DNI 11.092.762 – AGUSTÍN AGUIRRE 1336
ALMADA MÓNICA LUCIANA – DNI 26.909.605 – ARZ. CASTELLANOS 921
ALTAMIRANO MARTA AMALIA – DNI 13.709.686 – LINIERS Nº 623
ALTURRIA MARÍA CELESTE -DNI 35.914.887 – GDOR. SAN MARTÍN 171
ARANA ELÍAS ABEL – DNI 45.246.481 – MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES 308
AMAYUSCO JULIETA – DNI 32.240.408 – CARLOS PELLEGRINI 208
ARANCIBIA NELIDA DEL VALLE – DNI 17.490.775 – BELISARIO ROLDÁN 236
ARGÜELLO GUSTAVO ALEJANDRO – DNI 10.903.933 – LOTE 12 MZ 471 COUNTRY GOLF AG
ARCE NADIA MARIEL – DNI 32.784.875 – JULIO ANTÚN 835

ESCUELA VICTOR MERCANTE
ASINSTEN SANTIAGO – DNI 45.483.339 – LOS CERRILLOS 871
ASÚA NAVARRO LOURDES SOFÍA –DNI 45.483.361 – MATEO BERES 931
BADESSO SOFIA ORNELLA – DNI 38.222.360 – EDUARDO MADERO 465
BARENGHI LUANA –DNI 45.089.280 – DALINGER 374.
BEAS ROLANDO HILARIO – DNI 23.963.044 – PRUDENCIO BUSTOS 1056
BARROSO CARLOS ARIEL– DNI 17.780.802 – CATAMARCA 816
BECERRA PAULA ANDREA – DNI 26.350.115 – ARZ. CASTELLANOS 931
BEL ANA LAURA – DNI 21.580.582 – GRAL. LÓPEZ 924
BERNARDI KEVIN ADRIÁN ELOY DNI 40.974.448 – RIVADAVIA 229
BEVAN PAZ – DNI 43.132.557 – BRASIL 79
BARRERA DANIEL ALEJANDRO – DNI 35.914.772 – LIMA 545
BRITOS RAQUEL BEATRIZ – DNI 10.049.373 – AV. DALINGER 366
BROCHERO ALEJANDRA VANESA – DNI 34.575.400 – LOS RUNDUNES 576

INSTITUTO EL OBRAJE
BRUNENGO ADRIANA CECILIA – DNI 17.393.179 – BUENOS AIRES 157
BÚTORI CECILIA NORMA – DNI 12.482.397 – LUCAS V CÓRDOBA 371
BUSTOS LEANDRO JAVIER – DNI 27.840.639 – PASAJE CONCEJAL ARTURO LORUSSO 184
CALIGIURI DI MOTTA ROBERTO NICOLÁS – DNI 37.166.264 –LUCAS V. CORDOBA 412
CALAMANTE CAROLINA ANDREA – DNI 31.087.064 – ECUADOR 318/ECUADOR 338
CAPCIAS MARIA FERNANDA DNI 37.739.952 – GENOVA 606
CARIGNANI RODRÍGUEZ MARA BELÉN – DNI 32.784.950 – CARLOS PELLEGRINI 117
CARGNELUTTI ORIANA – DNI 43.410.713 – CONCEJAL RUSCONI 867
CARRILLO MARTÍNEZ IGNACIO – DNI 35.471.042 – URQUIZA 153
CARRANZA ROXANA GRISELDA DNI 23.460.059 – CHILE 1357

INSTITUTO NUESTRA SEÑORA DE LA MISERICORDIA
CASIS PAMELA ROMINA DNI 25.323.657 – HUAYRA MUYYU 275
CÉLIZ CARINA ANDREA – DNI 18.365.909 – SALTA 890
CHAVERO ANA CAROLINA – DNI 27.548.211 – ITUZAINGÓ 440
CHÁVEZ ANDREA FABIANA -DNI 18.365.917 – VIENA 270
CHESTA LAUTARO – DNI 46.308.248 – CONCEJAL CAGLIANONE 1102
CIANCIO TRINIDAD – DNI 41.889.300 – VICENTE LÓPEZ 180
COLOCCHINI ALDANA MARIEL – DNI 39.420.868 – CALLE 11 Nº 248
CORREA NÉSTOR DAVID – DNI 33.592.547 – GRAL. LAVALLE 752
CORONEL VANESA JUDITH – DNI 29.002.209 – INT. PERALTA 610

INSTITUTO ANGLO AMERICANO
CUELLO AILEN DAIANA DNI 40.030.036 – P. BUSTOS 1536
COSTANTINI NICOLÁS DNI 38.159.418 – GARCIA LORCA 460
CUELLO ESTEFANIA CECILIA – DNI 26.902.340 – CELESTINA AGÜERO 949
CUÑADO CAMILA DIANA – DNI 40.419.784 – PARAVACHASCA 346
DELGADO SOFÍA BELÉN – DNI 45.082.340 – CELESTINA AGÜERO 547
DEPETRIS SIMONNET MARIA VICTORIA – DNI 46.228.424 – GABRIEL DUBOUIS 384
DÍAZ ALICIA MARCELA – DNI 18.062.656 – FERNANDO PEÑA 1659
DOMÍNGUEZ ANTONELA GUADALUPE – DNI 45.353.355 – LINIERS 1130
DOMENECH ORTEGA EMILIA DEL VALLE – DNI 36.119.122 – CJAL ALONSO 1396
DOMÍNGUEZ VALERIA INÉS – DNI 23.536.621 – ALVEAR 626
DOMINGUEZ IRIS MARIANA – 22.876.893 – RAMOS MEJÍA 338

ESCUELA NORMAL NACIONAL SUPERIOR
FERNÁNDEZ MILAGROS – DNI 42.696.829 – INT. LLORENS 572
DRAZILE EDUARDO ANDRES – DNI 37.196.469 – SAN JUAN BOSCO 272
MANNATRIZIO MARÍA ESTER DNI 21.580.151- HUAYRA MUYU 240
MALDONADO MARÍA ELENA – DNI 26.350.101 – SALTA 963
FERRARESE NATALIA – DNI 34.992.410 – PRUDENCIO BUSTOS 434
FERTONANI LEONARDO NICOLÁS – DNI 36.492.595 – CAVOUR 674
FLAMAND JUAN SEBANTIAN – DNI 45.089.251 – ITALIA 257
FRAGA GLORIA CRISTINA – DNI 16.481.082 –GODOY NÚÑEZ 747
FERREYRA SOSA JÉSICA SOLEDAD – DNI 38.159.377 – EDUCADOR GALASSO 417

ESCUELA SAN MARTÍN
GOLATO PÁEZ FEDERICO EMMANUEL – DNI 38.808.143 – ÑANDUBAY 253
GOLATO PÁEZ CANDELA AYLEN – DNI 43.297.649 – ÑANDUBAY 253
GARCÍA VIEYRA MARÍA SOLEDAD –DNI 23.871.293 – SAN JUAN BOSCO 103
GERVASI NOEMÍ ALICIA – DNI 18.062.849 – RAÚL ALFONSÍN 677
GATTI SILVINA MARIEL – DNI 23.374.960 – URUGUAY 266
GENNARI INÉS CARMEN – DNI 10.049.431 – RIOJA 545
GIGENA VERÓNICA ANDREA – DNI 29.189.284 – BOLIVIA 1443
GIMÉNEZ LUNA AGOSTINA – DNI 39.737.745 – SAN MARTÍN 265
GIROD MARÍA FLORENCIA – DNI 40.030.167 – FERNANDO PEÑA Nº 1659
GODOY LILIANA BEATRIZ – DNI 13.384.616 – NARCISO GODOY NÚÑEZ 105
GODOY VIVIANA MARCELA – DNI 20.465.098 – CATAMARCA 508
GOMEZ VALENTINA ANDREA – DNI 39.736.029 – 3 DE FEBRERO 1185
GOMEZ ROBERTO EZEQUIEL – DNI 35.471.122 – CJAL. IGLESIAS 188
GONZÁLEZ EVANGELINA – DNI 29.002.271 – LA PLATA 964
GONET FLORENCIA ITATÍ – DNI 36.119.702 – RECONQUISTA 1389

ESCUELA REPÚBLICA ITALIANA
GONZÁLEZ GOVONI VERÓNICA MABEL – DNI 21.580.325 – DORREGO 1805
GRAHAM AGUSTÍN – DNI 34.811.815 – MATEO BERES 915
GUZMÁN MARÍA ELENA – DNI 17.327.532 – GRAL. LÓPEZ 947
HEINZ FLORENCIA – DNI 40.974.409 – TOKIO 351
HERBES MARÍA MELISA– DNI 32.572.481– GRAL PAZ 889
HINSCH MARIA AGUSTINA – DNI 39.737.644 – IRIARTE 131.
HERNÁNDEZ ZAKKA FRANCIS NICOLÁS – DNI 41.087.395 – BOLIVIA 1854
IBOS MÓNICA SILVINA – DNI 22.096.542 – PROF. C. MICHELUCCHI152
IÑIGUEZ MÓNICA ALICIA – DNI 24.614.133 – MANUEL SOLARES 471
JACQUELIN DANIELA KARINA – DNI 26.350.081 – CUYO 395
IRIARTE LORENA DE LOURDES – DNI 29.943.168–GOB. AUTCHER 60
JUÁREZ LUCIANA NOELIA – DNI 32.279.878 – ARMENIA 233

ESCUELA I.P.E.M. Nº 298
LEDESMA GABRIELA SOLEDAD – DNI 26.744.660 – 25 DE DICIEMBRE 1884
LEDESMA MARIA CELESTE – DNI 30.772.104 – 24 DE SEPTIEMBRE 410
LEDESMA MARÍA DE LOS ÁNGELES – DNI 23.871.103 – AV. LIBERTADOR 1483
LEIRIA RICARDO ARGENTINO – DNI 18.174.426 – INDEPENDENCIA 96
LIENDO NORMA ADRIANA – DNI 16.614.880 – ROBERTO SAIEG 245
LLAMAL ANUAR CARLOS – DNI 34.525.089 – CARACAS 95
LÓPEZ PEPINO SOFÍA CONSTANZA – DNI 43.297.616 – BRASIL 258
LEÓN ARIANA AGOSTINA DNI 46.453.650 FALUCHO 375
LÓPEZ LICIA CARMEN – DNI 26.350.208 – PRUDENCIO BUSTOS 465
LÓPEZ PEPINO DEBRA ROSARIO – DNI 40.772.674 – SALDAÑIL 150
LEONARDI JUAN IGNACIO – DNI 35.085.621 – LORUSSO 165
LUDUEÑA ANA TRINIDAD – DNI 44.605.678 – CATAMARCA Nº 508
LUDUEÑA VANESSA LILIA – DNI 32.099.861 – BELISARIO ROLDÁN 383

ESCUELA JULIO BARRIENTOS
MALDONADO CATALINA – DNI 34.575.442 – PTE. PERÓN 1345 – GRAL PAZ 579
MALDONADO ALIDA MARIANA – DNI 38.109.335 – FALUCHO 265
MAMONDE SERGIO CARLOS – DNI 22.374.818 – PRUDENCIO BUSTOS 1160
MANÍAS MÓNICA VIVIANA – DNI 30.309.891 – MARIANO MORENO 580
MARCHENA SILVIA ESTELA – DNI 10.249.524 – SANTA FE 126
MARTÍNEZ NOELIA ÁNGELA – DNI 30.309.841 – HIPÓLITO IRIGOYEN 1763
MARTÍNEZ FRANCO LEÓN – DNI 43.297.767 – BAHÍA BLANCA 915
MARTINEZ EVELYN VANESA – DNI 37.285.601 – MALVINAS ARGENTINAS 1879
MARTÍNEZ NOELIA ANAHÍ – DNI 28.186.694 – CJAL ALONSO 347
MARTÍNEZ IÑAKI MANUEL – DNI 46.130.799 – SAN LORENZO 553
MAZZINI MARCOS MANUEL – DNI 39.323.146 – CARLOS TEJEDOR 741

ESCUELA CURA ELEORODO FIERRO
MENÉNDEZ ELENA AMPARO – DNI 20.575.678 – 3 DE FEBRERO 44
MOLINA MATIAS LEONARDO – DNI 31.547.795 – LINIERS 623
MOLINA MARIANA SOLEDAD – DNI 25.929.479 – LOS AROMITOS 1970
MONTENEGRO ADRIANA ALICIA – DNI 16.430.717 – FORTUNATA GONZÁLEZ 1325
MOLL ADAM LUCÍA – DNI 37.165.844 – PEDRO BÚTORI 410
MONTOYA SANTIAGO –DNI 38.419.832 – AV. LIBERTADOR 879 PISO 1 DPTO 3
MONTOYA LUZ –DNI 43.297.700 – SIMEÓN ARRIETA 253
MORONI SOFÍA EVANGELINA –DNI 39.734.470 – PAMPA 152
NAKASONE MARCELA BEATRIZ –DNI 22.096.840 – LUCAS V. CÓRDOBA 1032

NACCACHIAN MARCELA FERNANDA – DNI 23.110.161 – NÚÑEZ 288

ESCUELA MANUEL SOLARES
NÚÑEZ CREMADES GUILLERMO – DNI 46.035.936 – SAN FRANCISCO DE ASÍS 121
OCAMPO LILIAN MÓNICA – DNI 13.709.713 – FORTUNATA GONZÁLEZ 1598
CUMMING BRITOS VIRGINIA LUZ- DNI 35.258.173 – EVA PERÓN 183
OLMEDO SILVANA JÉSSICA –DNI 25.203.102 – URQUIZA 226
ORTEGA ANDREA VIVIANA – DNI 25.892.056 – LOS LAPACHOS 76 PORTALES DEL SOL
OLMEDO GERVASI MARÍA PAZ – DNI 41.485.998 – RAÚL ALFONSÍN 677
LEDESMA CLAUDIA MIRIAM – DNI 17.319.473 – 3 DE FEBRERO 1185
PALACIOS MARÍA YOLANDA – DNI 17.530.589 – PJE LUIS MILLÁN 533
PEDERNERA WALDEMAR ISMAEL MERCEDES – DNI 20.454.256 – CARACAS 431

ESCUELA JOSÉ MARÍA PAZ
PONZIO MARIANA ANALÍA – DNI 27.361.124 – LOS COCOS 423
PERALTA REISTENBACH PAMELA SOLEDAD – DNI 34.811.771 – MALVINAS ARGENTINAS 1780
QUIGNARD VASEK MILAGROS – DNI 42.304.697 – ALVEAR 254
PEREZ LEMME SILVINA AILEN – DNI 39.642.387 – VICENTE LÓPEZ 162
PEREYRO SHEILA NERINA – DNI 43.810.131 – AV. DE MAYO 310
PONCE BRENDA GABRIELA – DNI 42.219.353 – ROBERTO SAIEG 1157
POLI MASSIMO – DNI 43.604.365 – DR. DINO CARIGNANI 485
PRADAS VIZCAY ISABEL MARÍA – DNI 18.348.841 – GRAL. MOSCONI 479
QUEVEDO MARÍA LAURA – DNI 23.466.635 – CRUZ OVIEDO 479
QUINTANA CAROLINA ANDREA – DNI 32.784.903 – SEVILLA 349

ESCUELA SANTIAGO DE LINIERS
QUINTERO MARIANA ANDREA – DNI 37.630.783 – B. ROLDÁN 418
RAMOS MÓNICA REBECA – DNI 14.533.432 – FRANCHINI 449
RECHI CARLOS ANTONIO – DNI 14.533.456 – 24 DE SEPTIEMBRE 279
RIGHI MARIA NOEMI – DNI 11.432.100 – CARACAS 578
RICCA CONSTANZA – DNI 39.023.119 – CAVOUR 664
ROCA SANTINO –DNI 46.016.504 – ARZ. CASTELLANOS 921
RODRIGUEZ ANALIA CONSTANZA – DNI 40.974.378 – BOMBERO MILLÁN 520
RODRIGUEZ COME LUCIANO NAHUEL – DNI 46.453.793 – NÚÑEZ 896
RIGONI NICOLÁS – DNI 31.547.605 – CARUSSO 323
ROMÁN ANA MARÍA – DNI 22.579.167 – LEPRI 741

ESCUELA PTE. HIPÓLITO IRIGOYEN
ROMERO ARIJÓN AGUSTINA – DNI 30.309.692 – BRASIL 124
ROVELLI CONSTANZA VICTORIA – DNI 31.997.686 – MOSCONI 616
ROUCO MARÍA EUGENIA – DNI 29.964.026 –BELISARIO ROLDAN 970
ROMERO CORTES JULIA AILEN – DNI 41.963.812 – INT. LLORENS 551
SAIEG HERMIDA PABLO ALBERTO DNI 30.309.680 – FERNANDO FERRARI 163
SALAZAR PAOLA MARCELA – DNI 29.666.041 – NÚÑEZ 1180
SÁNCHEZ GISELA VIVIANA – DNI 27.840.722 – 25 DE MAYO 831
SÁNCHEZ HEREDIA ERIKA CAROLINA – DNI 32.279.968 – ESPAÑA 615
SALGADO LAURA CAROLINA – DNI 21.899.995 – PERÚ 1096
SANTAMARÍA SORIA MARÍA SOL – DNI 42.637.052 – ING. OLMOS 1015

ESCUELA I.P.E.M N° 97 INDEPENDENCIA
TABORELLI DIANA VALERIA – DNI 29.002.236 – F. GONZALEZ 1598 ESQ. A. CÁMARA
SCOTTO GABRIELA EDITH – DNI 21.062.070 – TACUARÍ 161
SORIA MILENA DNI 36.119.893 – LOS COCOS 411
SEGURA MARCELA GEORGINA – DNI 18.062.767 – IRIARTE 131
STIVALA RAMIRO – DNI 45.696.688 – DORREGO 1630
SIBONA ADRIÁN CARLOS -DNI 29.839.127 – ITALIA 313
TELLOS CLAUDIA ALEJANDRA – DNI 26.546.916 – LOZADA 347
TAPIA GISELA ANDREA – DNI 31.087.361 – MATEO BERES Nº 916
TORTI MARCELO ADRIEL – DNI 32.080.352 – ALEJANDRO DUMAS 153
TRONCOSO AGUSTINA – DNI 42.861.117 – TALCAHUANO 62
TORRES SOFÍA HELENA – DNI 38.731.931 –LUCAS V. CÓRDOBA 1032
TREJO NOELIA TERESA – DNI 31.547.593 – LINIERS 636

ESCUELA MANUEL DE FALLA
VILLARREAL AMAYA LEILA CAMILA – DNI 45.353.375 – JORGE KELLY 372
ZABALA LUCAS – DNI 44.323.762 – TALAHUASI 74
URETA MIRTA FAUSTINA – DNI 13.384.388 – MANUEL SOLARES 975
VATTI MARIA DE LAS NIEVES – DNI 26.482.169 – MARIANO MORENO 360
VENTRE INÉS MERCEDES – DNI 14.533.175 – 3 DE FEBRERO 175
VIGLIONE NANCI BEATRIZ – DNI 13.709.737 – MALVINAS ARGENTINAS 1155
VICENTE VALERIA – DNI 38.159.329 – ITUZAINGO 97
VEGA JUAN PABLO – DNI 40.974.439 – CALLAO 40
URQUIZA SEGOVIA AGUSTINA – DNI 42.184.454 – PELLEGRINI 145
VERA ROCÍO VICTORIA – DNI 41.750.669 – 20 DE JULIO Nº 1025
VIZNE GODOY MELISA ANAEL – DNI 34.811.867– NARCISO GODOY NUÑEZ 105
VALDOVINO MAGDALENA – DNI 44.899.833 – LOS JESUITAS 165
ZAMORA MARIELLA BEATRIZ – DNI 17.115.120 – NÚÑEZ Nº 255
URETA GODOY JULIETA JAZMÍN – DNI 46.453.640 – SAAVEDRA 990
ZARCO SILVIA ANDREA AMALIA – DNI Nº 28.154.116 – FLORIDA Nº 236

2) Oficiar en consecuencia, a la Municipalidad de Alta Gracia / Secretaría de Economía y Finanzas, a los fines del cumplimiento en tiempo y forma de la Resolución J.E.M. Nº 7 de fecha 11/07/2023 y del Decreto Dpto. Ejecutivo Nº 2279/23 de acuerdo al listado de A.M.V. presentes y que efectivamente cumplieron con la tarea encomendada contenido en ésta. 3) Publicar la presente a fin de su adecuado conocimiento por parte de quienes cumplieron la función A.M.V.- PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.- FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dra. María Laura Sequeira: Vocal Suplente.-

MI CASA LLAVE EN MANO + LOTE: SE ENTREGARON CINCO NUEVAS VIVIENDAS

En la mañana de este martes 26 de septiembre, el Intendente Marcos Torres encabezó la entrega de nuevas cinco viviendas a beneficiarios del programa “Mi Casa Llave en Mano + Lote”, ubicadas en la zona de Barrio Parque San Juan.

Participaron del acto la Viceintendenta Municipal, Cristina Roca; el Secretario de Industria, Comercio y Relaciones Institucionales, Mauro Proto; el Secretario de Obras Públicas, Marcos Moreyra; la Subsecretaria de Género y Equidad, Valeria Amateis; funcionarios municipales y las cinco familias que recibieron las llaves de su vivienda en un emotivo acto.

En el acto, el Intendente manifestó su alegría por llevar adelante esta entrega que permite a estas nuevas cinco familias concretar el largamente ansiado sueño de tener su casa propia. Además, se prevé la realización de nuevas entregas para las próximas semanas a más grupos de beneficiarios, hasta alcanzar el número de las 55 viviendas que se encuentran en ejecución.

Cabe recordar que el programa “Mi Casa Llave en Mano + Lote” constituye una política pública inédita en Alta Gracia con el objetivo de facilitar a las familias de la ciudad la posibilidad que no cuentan con lote propio, poder acceder a su vivienda, que ingresan al programa mediante sorteo ante escribano público, y con créditos blandos a pagar en 20 años, actualizable de acuerdo al Índice de Variación Salarial, fondos que a su vez serán reinvertidos en la construcción de nuevas unidades habitacionales para seguir avanzando en este programa.

Resolución Nº 29 de la Junta Electoral Municipal – RESULTADO ESCRUTINIO DEFINITIVO Elecciones 17-09-2023

Alta Gracia, 25 de septiembre de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal, el “Código Electoral Municipal” (Ord. 12.061) y la Ley provincial 9.571. Y CONSIDERANDO: I) Que conforme decreto emanado de la J.E.M. con fecha 20 de septiembre del corriente año, debidamente notificadas las Alianzas y Partidos Políticos que intervinieron en el acto electoral del 17/09/2023, fue fijada fecha de escrutinio definitivo el 21 de septiembre de 2023, a partir de la hora 8.30 en sala de cómputos J.E.M. – Cine Teatro Monumental Sierras. II) Que llevado a cabo el mismo con la presencia de algunos de los apoderados de las fuerzas  políticas intervinientes, se labra ACTA DE ESCRUTINIO DEFINITIVO que consta de nueve
(9) fojas útiles de actuación, dando por finalizado el mismo en los términos del art. 134 de la ley 9.571 (modif. por ley 10.420). III) Que la mencionada acta de escrutinio definitivo debe ser agregada a la presente resolución como documentación habilitante ya que ha sido suscripta de conformidad por todos los presentes. Se transcribe seguidamente: “Alta Gracia, 21 de septiembre de 2023; hora 8:45.- En el día de la fecha, siendo día y hora fijada para escrutinio definitivo según decreto debidamente notificado y publicado, habiendo esperado los 15 minutos de tolerancia, se inicia el acto con la presencia de las miembros de la J.E.M. Dra. Graciela PÉREZ CONTRERAS (Presidenta) y Dra. María Victoria VILLACÉ (Vocal Titular), estando ausente el Dr. Marcelo ARANA, se solicita la presencia de la Dra. María Laura SEQUEIRA (Vocal Suplente del titular mencionado) a los fines legales pertinentes. Se presentan asimismo el Dr. Mauro PROTO (apoderado de la Alianza Hacemos Unidos por Alta Gracia) y el Prof. Rodolfo URANGA (apoderado del Partido Raíz Popular. Se deja expresa constancia que todas las fuerzas políticas participantes del comicio llevado a cabo el 17/9/23 se procede al escrutinio definitivo.

Seguidamente la Dra. PÉREZ CONTRERAS explica a los presentes el procedimiento de escrutinio provisorio llevado a cabo el pasado domingo y el procedimiento del definitivo a llevarse a cabo en este acto.

Se deja expresa constancia que no ha habido en el término de ley reclamos ni protestas de
electores ni apoderados partidarios (art. 133 Ley 9571). Se explica asimismo la normativa aplicable. Se exhibe asimismo a los presentes el bibliorato donde obran archivados (copia) los certificados de escrutinio de mesa.

Siendo la hora 9 se presenta el Sr. Víctor MOREYRAS (apoderado del Partido Unión Popular).

Se toman fotografías del acto que se harán parte integrante de la presente. Todo el procedimiento de traslado de urnas desde su sala de guarda hasta la sala de reuniones donde se realiza el escrutinio es realizado con la presencia de la agente policial Sgto. Primero Patricia ROMERO (quien está a cargo de la custodia de las mismas en el día de la fecha).

Las miembros de la J.E.M. Dras. VILLACÉ y SEQUIRA ordenan las urnas que tienen certificados de escrutinio con votos recurridos en orden creciente de menor a mayor, sumando la urna de la Mesa Número 116 (cuyo certificado de escrutinio no fue entregado por la A.M.V. al veedor de Andreani sino colocado dentro de la urna) y la urna de la Mesa 62 cuyo certificado tiene error en la suma.

Siendo la hora 9:10 se presenta el Dr. Ricardo GONZÁLEZ (apoderado de la Alianza Juntos por Alta Gracia).

Se comienza por la urna de la Mesa N° 7 (Escuela Comandante Espora), se constata que no tiene el voto recurrido que obra consignado en certificado. Se exhibe a los presentes que el sobre se encuentra vacío. Se abre la urna para verificar si el voto recurrido se encuentra en su interior y se constata que tampoco hay voto recurrido alguno adentro de ella.
Se prosigue con la urna de la Mesa N° 24 (Instituto Misericordia), se corta el nylon y se expresa a los presentes que el certificado de escrutinio consigna dos (2) votos recurridos. Se abre el sobre “fuera de urna” y se exhibe su contenido a los apoderados partidarios. Constatada la inexistencia de voto recurrido alguno en dicho sobre se abre la urna para verificar si se encuentran dichos votos recurridos en el interior de la misma, constatándose que no. Se toman fotografías.

Se sigue con la urna de la Mesa N° 27 (igual colegio) ya que el certificado de escrutinio consigna un (1) voto recurrido. Las vocales cortan el nylon y proceden a retirar el sobre de voto recurrido, exhibiéndose la B.U.S. a los presentes. La Junta Electoral expresa el criterio de cómputo de los votos válidos y ninguno de los presentes lo observa, dando su consentimiento. Se computa como un voto válido (lista completa) para la lista de la Alianza Hacemos Unidos por Córdoba.

Se prosigue con la urna de la Mesa N° 55 (Escuela República Italiana), procediéndose del mismo modo. El certificado consigna un (1) voto recurrido. Abierto el sobre se exhibe la boleta única de sufragio. El argumento del recurrente es que no se reconoce la intención del votante. Las miembros de la J.E.M. resuelven en forma unánime computar la nulidad del voto en el tramo Intendente y Concejales y su validez en el tramo Tribunal de Cuentas para la lista de la Alianza Hacemos Unidos por Córdoba.

Se sigue con la urna de la Mesa N° 62 (Ipem 298), exhibiéndose a los presentes el certificado de escrutinio de mesa que no tiene bien realizada la suma y consigna en observaciones “diferencia de cinco votos”. Se acuerda en forma unánime no abrir la urna sino computarla según se consigna en certificado y se transcribe seguidamente:

Partido Humanista = 0 votos (primer tramo) – 1 voto (segundo tramo)

Alianza Juntos por Alta Gracia = 22 votos (primer tramo) – 2 (segundo tramo)
Partido Demócrata = 7 votos (primer tramo) – 8 (segundo tramo)
Partido Raíz Popular = 5 votos (primer tramo) – 6 votos (segundo tramo)
Alianza Alta Gracia Cambia = 44 (primer tramo) – 42 (segundo tramo)
Partido Unión Popular Federal = 1 (primer tramo) -1(segundo tramo)
Partido Encuentro Vecinal Córdoba = 6 votos (primer tramo) – 6 (segundo tramo)
Alianza Hacemos Unidos por Córdoba = 129 votos (primer tramo) – 119 (segundo tramo)
Votos en blanco = 4 (primer tramo) – 10 (segundo tramo)
Votos nulos = 6 (primer tramo) – 5 (segundo tramo)
Votos recurridos = 0

Proseguimos con la urna de la Mesa N° 64 (igual establecimiento educativo), cuyo certificado consigna un (1) voto recurrido por “no estar clara la intención del votante”. Se computa, por criterio unánime, como un voto válido (lista completa) para la Alianza Alta Gracia Cambia.

Se sigue con la urna de la Mesa N° 69 (misma escuela). Se abre el sobre “fuera de urna” y se extrae el voto recurrido que obra consignado en certificado. Exhibida la boleta a los presentes, la Junta Electoral resuelve, sin protestas de los presentes, la validez del voto (lista completa) para la Alianza Hacemos Unidos por Córdoba ya que surge clara la intención del elector que hizo un círculo sobre la foto del candidato a Intendente sin tacharlo.

Seguimos con la urna de la Mesa N° 73 (Escuela Julio Barrientos). El certificado de escrutinio de esa mesa consigna un (1) voto recurrido también expresando como causa la duda en la intención del votante. Exhibida a los presentes la B.U.S. se acuerda sin protesta la validez del voto (lista completa) para la Alianza Hacemos Unidos por Córdoba ya que el elector hizo un tilde en la foto del candidato a Intendente pero sin tachar ni similar por lo que se entiende su elección.

Se continúa con la Mesa N° 79 (Escuela Cura Eleodoro Fierro) cuyo certificado de escrutinio
consigna un (1) voto recurrido. Abierto el sobre “fuera de urna” se extrae el voto recurrido que no expresa motivo del recurso. Resuelve la Junta computar el voto como válido para el tramo a Intendente y Concejales y nulo para Tribunal de Cuentas para la Alianza Hacemos Unidos por Córdoba. La Presidenta ofrece a los presentes la lectura del código de barras de la B.U.S. con el lector para corroborar que esa boleta corresponde a su mesa de votación, a lo que responden que no es necesario.

Se sigue con la Mesa N° 82 (mismo establecimiento educativo) cuyo certificado consigna un (1) voto recurrido. Abierto el sobre “fuera de urna” se lee un acta labrada por la FiME de ese colegio en la que consta que el fiscal recurrente no firmó el sobre de voto recurrido. Se toma fotografía de dicha acta suscripta por A.M.V. y FiME. La Junta Electoral exhibe la boleta a los presentes y decide la nulidad del voto por colisión de manifestaciones de voluntad (la boleta tiene tres cruces en distintos tramos). Se decide la nulidad del voto en ambos tramos.

Se prosigue con la urna de la Mesa N° 85 (igual escuela), en cuyo certificado consta la existencia de un (1) voto recurrido que se exhibe a los presentes. Estando clara la intención del votante se computa voto válido (lista completa) para la Alianza Alta Gracia Cambia.

Se continúa con la Mesa N° 98 (Escuela José María Paz) cuyo certificado consigna la presencia de cinco (5) votos recurridos, constatándose que los cinco (5) sobres de voto recurrido se encuentran vacíos por lo que no hay voto alguno para analizar o computar.

Se prosigue con la Mesa N° 108 (Escuela Santiago de Liniers). El certificado de escrutinio
consigna la existencia de un (1) voto recurrido. Abierto el sobre se exhibe la B.U.S. a los presentes. Decide la Junta Electoral, habiendo marca a favor y no tacha en la foto de la candidata Amalia Vagni, la validez del voto (lista completa) en ambos tramos para la Alianza Juntos por Alta Gracia.

Se termina con la urna de la Mesa N° 116 cuyo certificado no pudo ser escrutado en el provisorio ya que la A.M:V. no entregó al veedor de la empresa Andreani el certificado al finalizar el conteo expresando que por error lo había colocado dentro de la urna. Abierta la urna se extrae el certificado (original color amarillo) analizándose el mismo. Estando cumplidos los requisitos formales se procede a contar y sumar los votos según dicho certificado, siendo el siguiente
resultado:

Partido Humanista = 2 votos (primer tramo) – 2 votos (segundo tramo)
Alianza Juntos por Alta Gracia = 14 votos (primer tramo) – 15 (segundo tramo)
Partido Demócrata = 14 votos (primer tramo) – 12 (segundo tramo)
Partido Raíz Popular = 3 votos (primer tramo) – 3 votos (segundo tramo)
Alianza Alta Gracia Cambia = 45 (primer tramo) – 47 (segundo tramo)
Partido Unión Popular Federal = 0 votos en ambos tramos
Partido Encuentro Vecinal Córdoba = 5 votos (primer tramo) – 7 (segundo tramo)
Alianza Hacemos Unidos por Córdoba = 91 votos (primer tramo) – 81 (segundo tramo)
Votos en blanco = 3 (primer tramo) – 13 (segundo tramo)
Votos nulos = 4 (primer tramo) – 1 (segundo tramo)
Votos recurridos = 0
Total de votos = 181 (primer tramo) – 181 (segundo tramo).
Se deja constancia que el certificado de escrutinio (original color amarillo) extraído de la urna de la Mesa N° 116 será archivada en su correspondiente bibliorato con los demás certificados.

Siendo la hora 10:05, previa lectura y ratificación de la presente por todos los asistentes al acto y por las miembros de la Junta Electoral, se da por terminado, ante mí que doy fe. Se informa a los asistentes que la J.E.M. se retira a su sede, a los fines del dictado de la correspondiente resolución de escrutinio definitivo según dictamina la ley. Suscriben de conformidad al pie con amplio acuerdo.

Alta Gracia, 21 de septiembre de 2023.-

Seguidamente, habiéndose retirado los apoderados partidarios, siendo la hora 11:45, la Junta Electoral Municipal y procede a:

1) Dejar expresa constancia que no ha habido en el término de ley reclamos ni protestas de electores ni apoderados (art. 133 ley 9.571/ 10.420).

2) Establecer que, habiéndose guardado las urnas correspondientes en la sala dispuesta a tal fin, en presencia de candidatos y apoderados partidarios que colaboraron con tal tarea; las mismas quedan bajo llave, con sistema de alarma y faja firmada por la J.E.M., con custodia policial hasta su destrucción definitiva.

3) Determinar que, en presencia de los apoderados de las Alianzas y/o Partidos Políticos participantes del escrutinio definitivo, fueron válidamente escrutados con la conformidad de todos los mencionados (considerando los errores usuales atribuibles a las A.M.V.) y según criterio acordado en forma unánime por todos los presentes, los dos (2) certificados de escrutinio de mesa no computados en el provisorio; con más el resultado del análisis realizado en cada uno de los votos recurridos según acta (art. 134 Ley 9.571 modif. Ley 10.420).

4) Declarar válido el comicio y la elección de autoridades municipales de la ciudad de Alta Gracia (17/9/23) y tener por concluido el escrutinio definitivo, según control y fiscalización de los apoderados presentes de las Alianzas y/o Partidos Políticos que compitieron en la contienda electoral realizándose el cómputo final acorde lo estipulado por el artículo 142 de la citada ley.

5) Adicionar al resultado del escrutinio provisorio los votos resultantes del escrutinio de las 2 mesas no contabilizadas.

6) Adicionar los votos recurridos (válidos y nulos), dejando constancia de ello.

7) Adicionar los votos blancos correspondientes.

8) Confeccionar planilla al efecto con el resultado final:

RESULTADO ESCRUTINIO DEFINITIVO
(Elección Municipal 17/09/2023)

CARGO: INTENDENTE Y CONCEJALES
AGRUPACIONES POLÍTICAS
1.- ALIANZA HACEMOS UNIDOS POR CÓRDOBA 14.424
2.- ALIANZA ALTA GRACIA CAMBIA 4.844
3.- ALIANZA JUNTOS POR ALTA GRACIA 2.542
4.- PARTIDO DEMÓCRATA 1.335
5.- PARTIDO ENCUENTRO VECINAL CÓRDOBA 1.214
6.- PARTIDO RAÍZ POPULAR 485
7.- PARTIDO HUMANISTA 189
8.- PARTIDO UNIÓN POPULAR FEDERAL 119

Votos en blanco 518
Votos Nulos 736
Total votos escrutados: 26.406

CARGO: TRIBUNAL DE CUENTAS
AGRUPACIONES POLÍTICAS
1.- ALIANZA HACEMOS UNIDOS POR CÓRDOBA 13.568
2.- ALIANZA ALTA GRACIA CAMBIA 5.046
3.- ALIANZA JUNTOS POR ALTA GRACIA 2.616
4.- PARTIDO DEMÓCRATA 1.335
5.- PARTIDO ENCUENTRO VECINAL CÓRDOBA 1.246
6.- PARTIDO RAÍZ POPULAR 500
7.- PARTIDO HUMANISTA 201

MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA
JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

8.- PARTIDO UNIÓN POPULAR FEDERAL 125

Votos en blanco 975
Votos Nulos 741
Total votos escrutados: 26.353

Con lo que, siendo la hora 13:30 se dio por terminado el acto, que previa lectura y ratificación firman los miembros de la Junta Electoral, ante mí que doy fe.- IV) Que durante el transcurso del acto solemne de que se trata se han tomado fotografías que ilustran el procedimiento legal llevado a cabo en un total de ochenta y nueve (89) que se incorporan a la presente resolución. Por ello y conforme lo dispuesto por la C.O.M., la ley 9.571 (y modif.) y la Ordenanza 11.170; esta JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL en forma unánime RESUELVE: 1) Declarar válido el comicio y la elección de autoridades municipales de la ciudad de Alta Gracia (17/9/23). 2) Tener por realizado y finalizado el escrutinio definitivo con la conformidad de las Fuerzas Políticas intervinientes en la contienda electoral del 17/09/2023 y por realizado y finalizado el cómputo final. 3) Incorporar el ACTA DE  ESCRUTINIO DEFINITIVO con más las tomas fotográficas según lo expuesto en Y considerando, como documentación habilitante y parte integrante de la presente y proceder a su protocolización. 4) Notificar en legal forma a los Partidos Políticos o Alianzas y publicar la presente. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.- FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dra. María Laura Sequeira: Vocal Suplente.-

NUEVO HORARIO DE ATENCIÓN DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 21 de septiembre de 2023.-

En razón de la realización del escrutinio definitivo, la Junta Electoral Municipal establece que desde el día de la fecha, el horario de atención al público será en días hábiles de 8 a 13 hs. en el lugar oportunamente establecido (Resol. Nº 1); a los fines del cumplimiento de las formalidades legales pertinentes. Fijando iguales días y horas de reunión de los miembros de la J.E.M. según necesidades y en los términos que establece la legislación vigente. Notifíquese; publíquese.- FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dra. María Laura Sequeira: Vocal Suplente.-

 

 

 

ALTA GRACIA PRESENTE CON EL BEACH HANDBALL EN LOS JUEGOS EVITA

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La Selección Cordobesa Sub 14 de BEACH HANDBALL va a representar a la provincia en los Juegos Evita.

Estos jugadores y jugadoras vienen entrenando desde principio de año con Eliana Fontana a la cabeza, y un equipo de profesoras que acompañan el proyecto.

El objetivo principal era la participación en los Juegos Evita 2023, que se disputarán en la ciudad de Mar del Plata, desde el 25 de septiembre al 1 de octubre y donde participan las restantes 23 provincias de Argentina.

Los equipos están conformados en su totalidad por jugadores y jugadoras de la ciudad de Alta Gracia.

Es muy importante destacar el trabajo que se viene haciendo en nuestra localidad, ya que hay una gran apuesta a esta nueva disciplina, y realizando un trabajo muy importante en el desarrollo de todas sus categorías.

Seleccionados:

TOMÁS MÁRQUEZ

LAUTARO TRONCOZO MARTÍNEZ

TOMÁS  MATEO MOYANO

IGNACIO CÁMARA GENINARI

MÁXIMO BALOCCO GALLARA

BAUTISTA GONZÁLEZ RIVERO

SANTIAGO SPAGNUOLO

SANTIAGO GÓMEZ PUSIOL

 

Seleccionadas:

UMA ALISIO

ZOE VERGARA

MORENA NAVARRO

ANA DELFINA IRIARTE

EMA SOLER

MARÍA PAZ OCHOA

MARÍA LUZ OCHOA

MARÍA FLORENCIA MARTÍNEZ

RESOLUCIÓN Nº 28 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 20 de septiembre de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal, el “Código Electoral Municipal” (Ord. 12.061) y la Ley provincial 9.571. Y CONSIDERANDO: I) Que por RESOLUCIÓN NÚMERO 6 de esta J.E.M. se ha resuelto incluir como figura del proceso Electoral para la ciudad de Alta Gracia, la figura del F.I.M.E. (Fiscal Municipal Electoral) determinándose derechos y obligaciones. II) Que Oportunamente el Municipio de la ciudad, a solicitud de esta J.E.M., ha celebrado “Convenio de Colaboración, Colegio de Abogados-Delegación Alta Gracia”, ratificado mediante DECRETO Nº 2156/23 del Ejecutivo Municipal. III) Que a través de la mencionada institución, los abogados designados para la función F.I.M.E. acompañarán y participarán activamente en el proceso eleccionario Municipal del año 2023, según lo determinado en RESOLUCIÓN Nº 6 de la J.E.M. Que a manera de colofón, el F.I.M.E asignado en el Establecimiento Educacional pertinente como representante de la J.E.M con carácter organizativo, componedor y expeditivo, durante el proceso eleccionario y su finalización, cumple además la necesaria función fedataria que el mismo demanda con inmediatez y celeridad. IV) Que los profesionales abogados designados F.I.M.E. en las elecciones municipales han aceptado el cargo conferido en legal forma. Ellos son:

 ADAM STEFANIA – DNI 33.592.671

 AYETTI JENNIE – DNI 35.914.611

 CABRERA MOLINA GONZALO  – DNI 33.044.780,

CONTRERA HORACIO MARTÍN – DNI 31.054.404
FLORES CUELLO NOELIA SOLEDAD – DNI 32.279.779
GANDIA ARROYO EMILIANO –  DNI 29.908.623
GARCIA JOSE EFRAÍN – D.N.I Nº 16.255.585
GAY GARCIA GUILLERMO MARTÍN – DNI 18.042.922
GUARDABASSI MELISA BEATRIZ – DNI 31.647.261
IPHARRAGUERRE ALVARADO NANCY A. – DNI 18.412.605
LOZANO MATEO – DNI 40.574.227
MIGUEL MASSA MARÍA FERNANDA – DNI 32.229.979
MIRANDA ROCÍO MICAELA  – DNI 39.174.465
NIZZOLI ANA VICTORIA – DNI 35.914.705
PESCE CLAUDIO MIGUEL – DNI 23.536.561
PISSONI ALEJANDRO JAVIER – DNI 17.001.550
PRIANTE GUILLERMO EDUARDO – DNI 13.820.365
REATEGUI SANCHEZ JOAN ANDREA HAYDEE – DNI 18.901.543
STELZER LEONEL – DNI 33.963.763
TORRES DANIEL HORACIO – DNI 20.075.431

Que mediante el “Convenio de Colaboración, Colegio de Abogados-Delegación Alta Gracia”, ratificado mediante DECRETO Nº 2156/23 del Ejecutivo Municipal, ha dispuesto que el Municipio arbitre los medios necesarios con el objetivo de compensar a quienes de modo efectivo, hayan cumplido con la carga pública. Por todo lo expuesto y conforme lo dispuesto por la C.O.M., la ley 9.571 (y modif.), las Ordenanzas 12.061 y 12.520; esta JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL RESUELVE: 1) Tener por nombrados efectivamente, aceptado el cargo F.I.M.E. en legal forma, y por cumplimentadas las funciones durante las elecciones del 17/09/2023; a los profesionales abogados:

ADAM STEFANIA – DNI 33.592.671

AYETTI JENNIE DEL VALLE – DNI 35.914.611

CABRERA MOLINA GONZALO – DNI 33.044.780

CONTRERA HORACIO MARTÍN – DNI 31.054.404
FLORES CUELLO NOELIA SOLEDAD – DNI 32.279.779
GANDÍA ARROYO EMILIANO –  DNI 29.908.623
GARCÍA JOSÉ EFRAÍN – D.N.I Nº 16.255.585
GAY GARCÍA GUILLERMO MARTÍN – DNI 18.042.922
GUARDABASSI MELISA BEATRIZ – DNI 31.647.261
IPHARRAGUERRE ALVARADO NANCY – DNI 18.412.605
LOZANO MATEO – DNI 40.574.227
MIGUEL MASSA MARÍA FERNANDA – DNI 32.229.979
MIRANDA ROCÍO MICAELA – DNI 39.174.465
NIZZOLI ANA VICTORIA – DNI 35.914.705
PESCE CLAUDIO MIGUEL – DNI 23.536.561
PISSONI ALEJANDRO JAVIER – DNI 17.001.550
PRIANTE GUILLERMO EDUARDO – DNI 13.820.365
REATEGUI SANCHEZ JOAN ANDREA HAYDEE – DNI 18.901.543
STELZER LEONEL ALCIDES – DNI 33.963.763
TORRES DANIEL HORACIO – DNI 20.075.431

según las atribuciones y obligaciones determinadas en la RESOLUCIÓN Nº 6 emanada de esta J.E.M. 2) Oficiar en consecuencia, a la Municipalidad de Alta Gracia / Secretaría de Economía y Finanzas a los fines del cumplimiento en tiempo y forma del “Convenio de Colaboración, Colegio de Abogados-Delegación Alta Gracia” puesto que los mencionados profesionales  llevaron a cabo la tarea encomendada en el mencionado acuerdo. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.- FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dra. María Laura Sequeira: Vocal Suplente.-

CONVOCATORIA DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL A LOS APODERADOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS PARA EL ESCRUTINIO DEFINITIVO

Alta Gracia, 19 de septiembre de 2023.-

 

Considerando el tenor de la Resolución N° 27 de fecha 19/09/2023 y el Certificado de Escrutinio Provisorio (Correo Andreani S.A.) de fecha 17/09/23, cítese a los apoderados de las Alianzas y/o Partidos Políticos participantes del acto eleccionario (17/09/2023), al ESCRUTINIO DEFINITIVO a realizarse el día jueves 21 de septiembre del corriente año, a la hora 8:30 (con 15 minutos de tolerancia máxima), en la sede del centro de cómputos J.E.M sito en Av. Belgrano 249 (Cine Teatro Monumental Sierras). Notifíquese.- Fdo.: FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dra. María Laura Sequeira: Vocal Suplente.-

 

RESOLUCIÓN Nº 27 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 19 de septiembre de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal, el “Código Electoral Municipal” (Ord. 12.061) y la Ley provincial 9.571. Y CONSIDERANDO: I) Que el día sábado 16 de septiembre a la hora 08.00 fueron recibidas en lugar designado y acondicionado a tal fin (Cine Teatro Monumental Sierras de esta ciudad) con las medidas de seguridad correspondientes (cuarto de resguardo y protección, llave en su puerta de ingreso, sistema de alarma instalado al efecto y custodia policial), las URNAS de las mesas de votación habilitadas, cada una dentro de sus respectivas bolsas y con sus precintos colocados, conteniendo las B.U.S. y los elementos -actas y útiles- que por contrato corresponden en un total de ciento treinta y dos (132) con más trece (13) de back up -repuesto-. Que de dicho acto, realizado por la empresa Correo Andreani S.A. en presencia de los miembros de la J.E.M., apoderados partidarios del Partido Humanista y de la Alianza Alta Gracia Cambia, y personal policial, y luego de haberse controlado en forma minuciosa los números de precintos, se labró acta de entrega que es necesario hacer parte integrante de la presente y protocolizar al igual que las fotografías tomadas. II) Que siendo la hora 6:00 hs del día domingo 17 de septiembre de 2023 -día fijado para las Elecciones de Autoridades Municipales de la ciudad de Alta Gracia según convocatoria hecha por Decreto Nº 1192/23- se procedió a retirar las urnas del lugar previsto para su depósito a fin de distribuirlas en los distintos centros de votación establecidos según Carta Marina dispuesta, aprobada y publicada al efecto (DESPLIEGUE). Que las urnas fueron distribuidas a los distintos establecimientos educacionales por personal de la empresa de Correo GRUPO LOGÍSTICO ANDREANI y en vehículos afectados a tal fin con seguimiento satelital y control y custodia policial. Que se labró acta (en Libro de Actas J.E.M.), en la que se deja constancia que a la hora 7:34 el sistema informático de Correo Andreani S.A reportó, en el centro de cómputos, que el total de urnas (132) ya se encontraban en poder del FiME de cada Establecimiento, habiendo sido entregadas por el veedor de la empresa.

III) Que el comicio se desarrolló con total normalidad en un todo de acuerdo a lo normado por la C.O.M. y la Ley Provincial Electoral Nº 9.571 (y modif.) y la Ordenanza 12.061 (Código Electoral Municipal).  IV) Que, cerrado el acto comicial, la J.E.M. fue realizando el análisis de todos los certificados de escrutinio a medida que fueron llegando al centro de cómputos (primero escaneados por la empresa en los centros de votación y luego el certificado físico en papel). Que simultáneamente se llevó a cabo el REPLIEGUE de urnas según fueron finalizando las A.M.V. el escrutinio de mesa, quedando las mismas en GUARDA Y CUSTODIA de la J.E.M. en espacio previsto y acondicionado al efecto con todas las medidas de seguridad dispuestas (cuarto de resguardo y protección, llave, sistema de alarma y custodia policial las 24 hs.). V) Que, habiéndose guardado por error un certificado de escrutinio dentro de la urna por parte de un presidente de mesa (Nº 116), siendo imposible de contabilizar el mismo y observándose errores en la sumatoria de otro certificado de escrutinio (Mesa Nº 62), fueron procesados 130 certificados de escrutinio del total de 132 mesas de votación, quedando dos certificados para contabilizar en el escrutinio definitivo. Que, a la hora 22:42 se procedió al cierre del escrutinio provisorio habiéndose escrutado el 98.48 % del total de las mesas. Que en el mismo acto se hace entrega a la J.E.M. de los certificados de escrutinio de mesa (originales) en un total de ciento treinta y uno (131) según ley 9.571, y en razón de lo expresado supra. De ello se labra el ACTA DE CIERRE DE ESCRUTINIO PROVISORIO y ACTA DE CIERRE DE SERVICIO LOGÍSTICO ELECTORAL por personal de la Empresa Correo Andreani S.A. por ante esta J.E.M. En ambas actas queda claramente discriminado el número de las mesas que no fueron escrutadas, la posición de cada una de las Listas en los tramos Intendente-Concejales y Tribunal de Cuentas y el porcentaje y número atribuido a cada una de ellas de los votos válidos positivos obtenidos; los votos nulos y los votos en blanco. Ambas actas se consideran parte integrante de la presente. Que asimismo la empresa hizo entrega a la J.E.M. de un banco digital con la totalidad de las imágenes transmitidas en centro de votación y escrutadas en el centro de cómputos (soporte pen drive). Por ello y conforme lo dispuesto por la C.O.M., la ley 9.571 (y modif.) y la Ordenanza 12.061; esta JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL en forma unánime RESUELVE: 1) Incorporar las Actas de Entrega, Despliegue y Repliegue Urnas y Depósito posterior; ACTA DE CIERRE DE ESCRUTINIO PROVISORIO y ACTA DE CIERRE DE SERVICIO LOGÍSTICO ELECTORAL con más las tomas fotográficas según lo expuesto en Y Considerando, como parte integrante de la presente y proceder a su protocolización a los fines legales pertinentes como documentación habilitante.- PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.- FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dra. María Laura Sequeira: Vocal Suplente.-

 

MUNICIPALIDAD DE ALTA GRACIA – JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 13 de septiembre de 2023.-

Atento no haberse cumplimentado hasta la fecha el punto 1 de la Resolución Nº 24 J.E.M. (30/8/23): suspéndase el punto 2 de la citada.

INVÍTESE para el día sábado 16 de septiembre del corriente año a la hora 8 en Cine Teatro Monumental Sierras a presenciar el acto de recepción de urnas, con motivo del traslado de las mismas desde la ciudad de Córdoba (planta logística Andreani) hacia la ciudad de Alta Gracia, y su guarda y custodia con todas las previsiones de seguridad fijadas al efecto (Resol. Nº 2 J.E.M.). Notifíquese.-

 

FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dr. Marcelo Arana: Vocal.-

CONCURSO PÚBLICO 20/23 – DECRETO Nº 2.623/23

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La Municipalidad de Alta Gracia llama a Concurso Público de Precios para el día 15 de septiembre de 2.023, a las 10:00 hs. en la Sala de Reuniones de la Municipalidad de Alta Gracia sita en calle Belgrano Nº 15, con el objeto de la contratación de la prestación de Servicio Médico Asistencial de Emergencia Médica y Urgencia Médica bajo la Modalidad de ÁREA PROTEGIDA sin COBERTURA SANATORIAL en la Ciudad de Alta Gracia.

Valor del Pliego: $2.000,00 (Pesos DOS MIL) y se adquiere en Tesorería de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Belgrano N° 15, 1º piso, en el horario de 07:30 a 13:00 horas, hasta el día 14 de septiembre de 2.023.

Presupuesto Oficial: PARA LA TOTALIDAD DEL PLAZO CONTRACTUAL: Pesos TRECE MILLONES QUINIENTOS MIL ($13.500.000,00) IVA INCLUIDO.

Presentación de ofertas: podrán presentarse en días hábiles de 7:30 a 13:30 horas en la oficina de la Secretaría de Economía y Finanzas de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Belgrano N° 15, 1º piso y se recibirán hasta las 09:00 hs. del día 15 de septiembre de 2.023.

Fecha de apertura de las propuestas: 15 de septiembre de 2.023, a las 10:00 hs., en la Sala de Reuniones de la Municipalidad de Alta Gracia sita en calle Belgrano Nº 15.

Oficialía Mayor

Municipalidad de Alta Gracia

RESOLUCIÓN Nº 26 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 6 de septiembre de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal, el “Código Electoral Municipal” (Ord. 12.061) y la Ley provincial 9.571. Y CONSIDERANDO: I) Que los servicios de comunicación que cumplen la labor periodística de cobertura de los procesos electorales tienen un rol importante en la difusión de los mismos, informando de los temas electorales, entre ellos, los resultados de los comicios. II) Que en tal sentido, resulta necesario por razones de seguridad y transparencia determinar los medios de prensa locales que cubrirán el escrutinio provisorio del acto eleccionario, debiendo presentarse en el lugar determinado a tal fin quienes hayan sido previamente acreditados en legal forma. Por lo expuesto, y en ejercicio de las facultades conferidas por la normativa vigente, esta Junta Electoral Municipal RESUELVE: 1) ENCOMENDAR al Área de Prensa de la Municipalidad de Alta Gracia la acreditación y posterior notificación a esta Junta Electoral del listado de periodistas que cubrirán el escrutinio provisorio del acto eleccionario convocado para el próximo domingo 17 de septiembre de 2023. 2) Establecer que tal acreditación será necesaria para el ingreso al lugar CINE TEATRO MONUMENTAL SIERRAS (hall central – vestíbulo de ingreso / espacio determinado a tal fin) y dispuesto como centro de cómputos y demás actividades de la Junta Electoral. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.- FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dr. Marcelo Arana: Vocal.-

RESOLUCIÓN Nº 25 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 6 de septiembre de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal, el “Código Electoral Municipal” (Ord. 12.061) y la Ley provincial 9.571. Y CONSIDERANDO: I) Que la Ley 9571 en el Título IV Capítulo I establece en el art. 66 las Prohibiciones que rigen en la celebración del acto electoral. II) Que según la citada normativa desde cuarenta y ocho (48) horas antes de la iniciación de los comicios, quedan prohibidos los actos públicos de proselitismo (en cc. Ley 26.571) (por lo que a LA HORA OCHO (8) del día VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE del corriente año finaliza la campaña electoral). III) Que desde las cero horas (0:00 hs.) del día de los comicios y hasta tres (3) horas posteriores al cierre (21 hs), queda prohibido: 1) La exhibición, el depósito y la portación de armas, aún en este último caso a personas autorizadas para ello por autoridad competente, en los lugares donde se realizan los comicios y hasta una distancia de cien metros (100 m) del perímetro de aquéllos, a excepción del personal policial o de las fuerzas armadas o de seguridad asignado a la custodia del local donde se celebren los comicios; 2) Los espectáculos al aire libre o en recintos cerrados, acontecimientos sociales, culturales, deportivos y toda otra clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral y que no esté expresamente autorizada por autoridad competente; 3) El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas; 4) Ofrecer o entregar por vías físicas o electrónicas informáticas, facsímiles de Boletas Únicas de Sufragio, en cualquiera de sus versiones; 5) A los electores o agrupaciones, el uso de banderas, divisas u otros distintivos; tanto en forma física como virtual; 6) La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de cien metros (100 m) del lugar en que se instalan mesas receptoras de votos; 7) La publicación y difusión por toda vía, incluidas las redes sociales, de resultados de encuestas en boca de urna o similares; 8) A los electores o agrupaciones, el uso de las redes sociales para publicar información sobre el acto electoral deliberadamente no fidedigna o falsa. IV) Que resulta oportuno atento la proximidad de los comicios instar a su cumplimiento, reiterando la plena validez y aplicación de la normativa específica contenida en las leyes 9.571 (modif. Ley 10420) y 9.572. Por ello, esta JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL por unanimidad RESUELVE: 1) INSTAR a las Alianzas y/o Partidos Políticos que participan en el acto eleccionario del 17 de septiembre de 2023: al estricto cumplimiento de lo normado por el art. 66 de la Ley 9.571, ley 10.420 y ley nacional 26.571 conforme lo expuesto en “Y CONSIDERANDO”. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dr. Marcelo Arana: Vocal.-

DESCACHARRADO: COMIENZA EL CRONOGRAMA DE RECOLECCIÓN

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La Secretaría de Servicios Públicos del Gobierno de Alta Gracia informa que en los próximos días comenzará el cronograma de recolección de chatarra rumbo a la próxima llegada de las estaciones cálidas, a fines de contribuir con la higiene de los hogares y la prevención de enfermedades propias de la época, como el dengue.

La recolección se realizará a partir del próximo sábado 9 de septiembre, todos los sábados, en distintos barrios de la ciudad. Se solicita a la población sacar sus recipientes o cacharros a la vereda el día anterior a la recolección, a fines de evitar que los residuos se acumulen o permanezcan en la vía pública los días no correspondientes.

A continuación el cronograma completo:

SEPTIEMBRE

  • 09/09 Villa Oviedo, La Perla, General Bustos y Crucero Sur
  • 16/09 Lalahenes, 1° de Mayo y Parque Virrey
  • 23/09 25 de Mayo, San Martín y Residencial El Crucero
  • 30/09 Cámara, Parque Casino y Santa María

OCTUBRE

  • 07/10 Cafferata, Parque San Juan, Nuevo Amanecer
  • 14/10 Córdoba, Paravachasca, Portales Del Sol y Pellegrini
  • 21/10 Sur, Don Bosco y Poluyán
  • 28/10 Cañito, Tiro Federal, Liniers, Piedra del Sapo, Sta. Teresita de Jesús y La Hornilla

NOVIEMBRE

  • 04/11 Camiares, Touring, Sabattini, Golf, Norte, La Viña y La Rinconada

Una vez cumplido el cronograma, se volverá a realizar desde el primer recorrido.

Recordar que mantener limpios y en condiciones los patios de los hogares, es fundamental para cuidar la salud de todos y especialmente para evitar la proliferación del mosquito aedes aegypti, transmisor del dengue y otras enfermedades.

CURSO DE CAPACITACIÓN DE AUTORIDADES DE MESA PARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES DE NUESTRA CIUDAD

En el marco de las Elecciones de Autoridades Municipales a desarrollarse en nuestra ciudad el próximo día domingo 17 de septiembre, la Junta Electoral Municipal informa que se brindará una jornada de Capacitación para aquellos vecinos que hayan sido designados como Autoridades de Mesa de votación. Se han diagramado en diferentes días y horarios para que puedan concurrir.

 

El primero se desarrolló el pasado sábado 2 de septiembre a las 10:30hs, el segundo será hoy martes 5 de septiembre a las 14:30 hs y el tercero el próximo sábado 9 a las 10:30 hs. Todos se dictaran en la sede del Colegio de Abogados ubicado en calle Dr. Dino Carignani 37 (ex calle Chile)

 

El curso instruirá a los ciudadanos que han sido nombrados para desempeñar dicha tarea, y así lograr un buen desarrollo de las Elecciones.

CONCURSO PÚBLICO 19/23 – DECRETO Nº 2.558/23

La Municipalidad de Alta Gracia llama a Concurso Público de Precios para el día 08 de septiembre de 2.023, a las 10:00 hs. en la Sala de Reuniones de la Municipalidad de Alta Gracia sita en calle Belgrano Nº 15, con el objeto de la adquisición de 70 columnas de alumbrado público para su utilización dentro del programa Alta Gracia Ilumina.

Valor del Pliego: $2.000,00 (Pesos DOS MIL) y se adquiere en Tesorería de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Belgrano N° 15, 1º piso, en el horario de 07:30 a 13:00 horas, hasta el día 07 de septiembre de 2.023.

Presupuesto Oficial: $12.500.000,00 (PESOS DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL) IVA INCLUIDO.

Presentación de ofertas: podrán presentarse en días hábiles de 7:30 a 13:30 horas en la oficina de la Secretaría de Economía y Finanzas de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Belgrano N° 15, 1º piso y se recibirán hasta las 09:00 hs. del día 08 de septiembre de 2.023.

Fecha de apertura de las propuestas: 08 de septiembre de 2.023, a las 10:00 hs., en la Sala de Reuniones de la Municipalidad de Alta Gracia sita en calle Belgrano Nº 15.

Oficialía Mayor

Municipalidad de Alta Gracia

 

RESOLUCIÓN Nº 24 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 30 de agosto de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal, el “Código Electoral Municipal” (Ord. 12.061) y la Ley provincial 9.571. Y CONSIDERANDO:

  1. I) Nota recibida el día 29/08/2023 a la hora 11:30 emanada del HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de la ciudad (Ord. 11.266, Decreto 1450/19).-

Con la convicción de considerar un verdadero honor, que supera la concepción de “carga pública” integrar la J.E.M., sobre la base indiscutible de la absoluta sujeción al cumplimiento de la Constitución Nacional, Provincial, las ordenanzas, y leyes vigentes.

Con conciencia de que la tarea encomendada por los representantes del pueblo, se interpreta como un voto de confianza a la contracción por el respeto irrestricto de la ley y el trabajo desinteresado en pos de la democracia, que se traduce en el cumplimiento de la normativa vigente en todos y cada uno de los actos que guían el proceso electoral.- Puesta a consideración de todos los miembros de la justicia electoral, se expide EN SENTIDO UNÁNIME:

A- SOBRE LA VALIDEZ

Cierto es, que en el campo del derecho las discusiones y divergencias, siembran para su crecimiento.-

Resulta de público y notorio, que en el Digesto municipal (www.altagracia.gob.ar) la referida Ord. 11.266, surgía al conocimiento público como “no vigente”.-

Tal información ha abierto el camino para considerar que la promulgación estaría sujeta a una condición resolutoria: la resolución favorable del H.C.D.– Ello deviene así porque el DECRETO DE VETO PARCIAL 1450/19, artículo 3ro., establece: “Promúlgase la parte no vetada de la Ord. 11.266, sujeta a resolución favorable del Concejo Deliberante, TAL CUAL LO  ESTABLECE EL ART. 89 de la COM”.– Tal interpretación, no existiendo “resolución favorable del H.C.D. se deduce, en consonancia a la publicada en la página web oficial (norma NO vigente).-

Ergo, la Resolución N° 5 de la J.E.M, que publica el cronograma electoral, debidamente notificada a todos los partidos y alianzas políticas (30/6/2023), y publicada en página web oficial, que ha quedado firme y consentida, no contempló el debate Ord. 11.266.-

Pero el derecho nos sorprende, y los diversos usos del lenguaje, también.-Por ello, no se ignora que así nacen las controversias en la interpretación.- Es frecuentemente provechoso posponer la consideración sobre la validez de ciertos enunciados legales  y examinar las razones detalladas dadas por ésta en apoyo de esos mismos enunciados, olvidando así la ambigüedad sistemática que podría emerger de ellos mismos.- Sostener entonces que, aunque con información errónea en página oficial; la ordenanza ha sido promulgada válidamente, y que ambas normas, han sido publicadas en Boletín oficial N° 255/2019; resultaría procedente?.- Nuestra COM, ley suprema del municipio, en la última parte del art. 89 establece: “Vetada en parte por el departamento ejecutivo una ordenanza sancionada, éste sólo puede promulgar la parte no vetada, si ella tiene autonomía legislativa y no afecta la unidad del texto, previa resolución favorable del Concejo Deliberante”.-

Desde este aspecto, junto con las pautas tradicionales exigidas por la ley para decidir sobre la validez de una ordenanza, en el caso concreto, sería menester efectuar un juicio de ponderación constitucional valorando los intereses generales. Esta valoración del interés general no debe ser leída ni interpretada como prescindente o desvinculada del contenido de la ordenanza específica. Por el contrario, el interés público en la materia electoral y, en el concreto en profundizar el conocimiento de la propuesta de las fuerzas políticas que participan de la contienda; es y ha sido siempre objetivo a cumplir, frente a la cual, debe practicarse la prudencia en el juicio de ponderación.

La premisa indiscutible es que la divulgación de las pautas programáticas de gobierno hace al sistema republicano y refuerzan la democracia en tanto permiten al elector la posibilidad de tener una instancia más (debate), para conocer estas propuestas.-

B- SOBRE LA VIGENCIA Y SU CUMPLIMIENTO EFECTIVO

Sobre la base de que la labor de la J.E.M. es estrictamente administrativa y no jurisdiccional, surge como absolutamente necesario encauzar jurídicamente el entendimiento sobre la validez y vigencia de la norma en cuestión.- Por ello debe pedirse se remita a esta J.E.M. la Resolución favorable que determinó y estableció el constituyente en el art. 89 IN FINE de la C.O.M.- En el hipotético caso de que ésta no hubiere sido dictada (y superando la eventualidad del tiempo transcurrido desde el decreto, la ordenanza y la posterior resolución favorable), solicitamos como órgano colegiado, sea superado el estado de duda por el de certeza absoluta, con el dictado (y/o remisión) de la Resolución favorable tal cual lo determina la COM y con el único objetivo de poder concretar el respeto a la ley.- Es importante destacar que la norma cuya aplicación se pretende y sobre la que creímos no vigente, tiene un aspecto SANCIONATORIO, que por su naturaleza represiva, y por ende de interpretación restrictiva, determina y refuerza aún más el pedido de certeza jurídica al H.C.D. ahora solicitado.-

C- COLOFÓN:

El marco jurídico de la Ord. 11266, constituye el debate obligatorio, atendiendo al que fue el texto de 2019 (ratio legis), surge la necesidad del dictado de un reglamento que asegure básicamente cuestiones centrales: la libertad política, la imparcialidad y las pautas éticas.-

La solicitud tardía del H.C.D., -y en consideración a los fundamentos expuestos en punto A- impide a esta Junta Electoral A DIECISIETE DÍAS DEL COMICIO, llevar a cabo tal cometido con la excelencia que la cuestión amerita.- Es necesario considerar y definir con claridad aspectos de suma trascendencia, desde un punto de vista formal y sustancial, toda vez que la sola implementación de tecnología y/o nuevos instrumentos de organización y/o marketing supera ampliamente la buena voluntad dispuesta por la Junta Electoral Municipal y en acotado término.

En efecto, la determinación del marco reglamentario de un debate electoral de carácter obligatorio para todos los participantes de la contienda, resulta de vital importancia a la hora de evaluar adecuadamente contenido , efectividad, implicancias jurídicas , políticas y sociales en este contexto democrático del municipio, en el que cada uno de los debatientes se sometan a pautas éticas prefijadas y consensuadas.- Además de lo expuesto, el aspecto sancionatorio que contiene la normativa N° 11.266, tilda a la norma de represiva y por ello, y a partir del mandato expreso que deviene de la C.N., la C.Pcial y la C.O.M.; la validez y vigencia supeditan su eficacia.-

  1. II) Planteo subsidiario – compromiso: Sin duda, el tiempo apremia. El cronograma electoral no incluyó la temática abordada y estamos a pocos días del comicio.- No obstante ello, esta J.E.M. -cuyo único modo de pronunciarse, es a través de sus resoluciones- por pedido del H.C.D., manifiesta tener -a la espera de lo solicitado precedentemente- la más amplia predisposición y voluntad para citar a los partidos y alianzas participantes para una reunión programática sobre el tema, con el objeto de que participen voluntariamente de un debate público de sus propuestas, sometiéndose a la reglamentación que oportunamente dicte esta J.E.M., a la que deberán ajustarse como a la ley misma.- Por todo ello, esta JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL en forma unánime RESUELVE: 1) Solicitar al H.C.D. cumplimiento del Art. 89 “in fine” de la C.O.M., acorde los fundamentos expuestos, a los que nos remitimos expresamente y con carácter de URGENTE.- 2) Independientemente: citar a reunión programática urgente a los partidos y alianzas participantes en la contienda electoral del 17/9/2023 a los fines expresados en Y CONSIDERANDO, punto 2), con carácter meramente voluntario hasta tanto se pronuncie el H.C.D.- PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.- FIRMADO: Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dr. Marcelo Arana: Vocal.-

 

 

PLAN INTEGRAL DE AGUA POTABLE: FINALIZA LA PUESTA A PUNTO DE LA CISTERNA DE ZONA SUR

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En la mañana del lunes 28 de agosto, el Intendente Marcos Torres junto al Secretario de Servicios Públicos Maximiliano Caminada; visitaron la cisterna de 400 mil litros de agua de zona sur, que permitirá optimizar el servicio a distintos barrios de la ciudad, especialmente en épocas de mayor consumo.

Esta cisterna, emplazada en calle Catamarca de Villa Oviedo, cuenta con equipo de bombeo hidroneumático que permitirá brindar el servicio de manera regular a los barrios del sector sur de la ciudad, especialmente Villa Oviedo, Bº La Perla y Crucero Sur para los vecinos que ya se encuentran conectados a la red de distribución, a la vez que permitirá ampliar considerablemente el número de potenciales conexiones.

Esta es una de las etapas del Plan Integral de Agua llevado adelante por el Gobierno de Alta Gracia con el fin de solucionar definitivamente el abastecimiento de agua potable a todos los barrios de la ciudad que se ven afectados por el alto consumo en los meses de verano.

Además de esta obra, ya se realizó la construcción de un refuerzo a cañería principal de agua potable en calles Cjal. Barbeito y Quintana de barrio Sabattini que beneficia a los barrios de la zona este y sur, tales como Parque Virrey, Lalahenes, La Perla, Villa Oviedo, Crucero Sur y Parque San Juan, donde próximamente se ejecutarán otras obras que forman parte del Plan Integral para reforzar la provisión de agua en dicho sector.

Esta obra incluye un refuerzo sobre la cañería troncal de 600 mm, en cañería de PVC diámetro 400 mm, en una longitud de 650 m que parte desde la Cisterna N° 1 de la Planta Potabilizadora hasta la intersección de calles Cjal. Barbeito y G. Gavier de Bº Sabattini.

Además, el Plan Integral incluyó la construcción de un nuevo nexo y estación de bombeo en Parque García Lorca para mejorar la provisión de los barrios de la Zona Oeste: El Cañito, Santa Teresa de Jesús, Tiro Federal y Piedra del Sapo; y que incluye la disposición de una nueva cañería de agua de PVC diámetro 250 mm, en una longitud de 1087 m desde la Estación de Bombeo García Lorca hasta la Cisterna N° 1 de la Planta Potabilizadora.

En cuanto a la cisterna de zona sur, se procedió a la construcción del nexo a cisterna que incluye la disposición de nueva cañería de agua de PVC diámetro 160 mm, en una longitud de 600 m que se ejecutaron desde la Cisterna ubicada en calle Catamarca, hasta la intersección de calles Santa Rosa y Los Zorzales (límite de barrios Villa Oviedo y La Perla).

Por otra parte, se está procediendo al cierre de malla zona alta (este) de barrio La Perla que consta de la disposición de una nueva cañería de agua de PVC diámetro 90 mm, en una longitud de 1500 m que se ejecutaron desde la intersección de calles Santa Rosa y Los Zorzales, con el objetivo de cerrar la malla en el sector alto del barrio.

Por último se está realizando el cierre de malla zona baja (oeste) de barrio La Perla, que consta de la disposición de una nueva cañería de agua de PVC diámetro 90 mm, en una longitud de 1500 m que se ejecutará desde la intersección de calles Martín Pescador y los Cardenales, hasta cerrar la malla de la zona baja del barrio en la esquina de Los Zorzales y los Cardenales.

INSTRUCTIVO PARA AUTORIDADES DE MESA PARA ESTAS ELECCIONES MUNICIPALES

Acá podes descargar el instructivo para las autoridades de mesa para las elecciones municipales del próximo 17 de septiembre: CURSO FIME 2023 publicar

Diseño y contenido de las placas provisto por la Junta Electoral Municipal.

RESOLUCIÓN Nº 23 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 29 de agosto de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, Y CONSIDERANDO: I) Que es menester aprobar todos aquellos documentos electorales que serán utilizados durante el desarrollo de la elección convocada para el 17 de septiembre de 2023, incorporándolos a este protocolo como documentación habilitante. II) Que los mismos, se denominan “Formularios pre-impresos” y tienen por objeto, asegurar el normal desarrollo de los comicios, facilitar la tarea de las AUTORIDADES DE MESA DE VOTACIÓN y de los FISCALES ELECTORALES MUNICIPALES (FiME) y transparentar el acto electoral. III) Que tales formularios pre-impresos son: a) a-1) Recibo entrega de urnas de Correo Andreani al Fiscal Electoral Municipal (FiME) a-2) Recibo entrega de urnas del Fiscal Electoral Municipal (FiME) a Correo Andreani a-3) Recibo entrega de urnas del Fiscal Electoral Municipal (FiME) a Presidente de Mesa, a-4) Recibo de entrega de urnas del Presidente de mesa al Fiscal Electoral Municipal (FiME) (conforme cantidad de mesas de cada Establecimiento Educacional afectado); b) Fajas de seguridad de apertura y de clausura de la urna (con instructivo en el reverso); c) Formulario ACTA DE APERTURA; d) Formulario  ACTA DE CLAUSURA; e) Cartelería de prohibiciones (celular, fotografías); f) Cartelería para mesa de votación y urna; g) Cartel instructivo de emisión de sufragio; h) Hojas para Actas Observaciones; i) Formulario “CERTIFICADO DE ESCRUTINIO PARA FISCALES PARTIDARIOS QUE LO SOLICITEN”; j) Formulario “CERTIFICADO DE ESCRUTINIO FUERA DE LA URNA; k) Formulario “CERTIFICADO DE ESCRUTINIO DENTRO DE LA URNA”; l) Formulario CONSTANCIA NO EMISIÓN DE VOTO; ll) Sobre/Formulario VOTO IMPUGNADO; m) Sobre/Formulario VOTO RECURRIDO; n) SOBRE ESPECIAL (fuera de la urna) de contenido: padrón, actas  de  apertura  y  clausura  y/o  cierre  y  sobres  de  votos  impugnados  y recurridos; ñ) Sobre de BUS SOBRANTES (dentro de la urna); o) parte pertinente de normativa vigente; p) guía práctica para A.M.V. q) Acta personas con discapacidad y/o minusvalía y/o movilidad reducida. Que de este modo, se validan los formularios para facilitar la tarea de A.M.V y FiME, y quedan así determinados como habilitantes para las próximas elecciones municipales definitivas (17/9/2023). Por ello y conforme lo dispuesto por la C.O.M., Código Electoral Municipal (Ord. 12.061), leyes 9.571 y 9.572; esta JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL en forma unánime RESUELVE: 1) Tener por aprobados los documentos denominados “FORMULARIOS” y demás “pre-impresos” mencionados específicamente como habilitantes, para el mejor y normal desarrollo del acto electoral municipal a realizarse el día 17 de septiembre de 2023. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.- FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dr. Marcelo Arana: Vocal.-

AMBIENTE: REALIZAN JORNADAS DE PUERTAS ABIERTAS EN LA PLANTA DE ACOPIO

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La Secretaría General, de Ambiente y Transporte del Gobierno de Alta Gracia informa que durante la corriente semana se están llevando adelante “Jornadas de Puertas Abiertas” con escuelas de la ciudad, en la Planta Municipal de Acopio y Tratamiento de Residuos Sólidos, en el marco del programa “Alta Gracia Más Verde”.

Esta actividad tiene por objetivo mostrar a la comunidad educativa cómo se trabaja con aquellos residuos que vecinos y vecinas acercan a los distintos puntos verdes de la ciudad, o bien separan en origen para su entrega a los recicladores urbanos, con el fin de brindar una mayor comprensión del funcionamiento del sistema y fortalecer el compromiso ciudadano con este programa.

En las actividades se muestra todo el proceso de tratamiento, incluyendo la clasificación, compactación y acopio de los residuos, e incluso se exhiben ejemplos de productos fabricados con materiales reciclados.

Desde la Secretaría de Ambiente se continúa trabajando en la generación de conciencia e invitando a la comunidad a ser parte de esta iniciativa, informándose sobre la manera correcta de separar los residuos en casa, para seguir cuidando el ambiente y fomentando la economía circular.

RESOLUCIÓN Nº 22 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 24 de agosto de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y el normal desarrollo de las elecciones del 17 de septiembre del corriente año. Y CONSIDERANDO: I) Que es facultad de la Junta Electoral Municipal establecer los lineamientos para Fiscales Generales y Fiscales de Mesa partidarios en el acto comicial. II) Que sin duda alguna la misión de éstos es la de auxiliar en los comicios, fiscalizando el acto electoral, formalizando reclamos en defensa de la Alianza y/o Partido Político que representan. III) Que a tal fin deberá solicitarse a las Alianzas y/o Partidos Políticos que participen de la contienda electoral, que en el término que la J.E.M. establezca comuniquen a ésta la nómina de Fiscales Generales designados. IV) Que, de igual manera, deberán arbitrar los medios para que aquellos electores que designen como Fiscales de Mesa, únicamente emitan su voto en la mesa en que se encuentran empadronados, sin excepción. Ambos (fiscales generales y de mesa) deberán siempre contar con poderes emitidos en legal forma por la Alianza y/o Partido Político, que deberán ser presentados a la Autoridad de Mesa para su reconocimiento en la apertura de los comicios. V) Que es criterio de esta Junta que no se agregue elector alguno al padrón (salvo el caso de mesa amigable o de mayor accesibilidad minusválidos y discapacitados-Resolución N°10 JEM-). Este criterio restringido y limitado; pretende evitar que hipotéticamente y atento las características propias de la emisión del sufragio, surjan circunstancias atípicas y/o desnaturalizantes del proceso eleccionario en sí. Por ejemplo: evitar que una persona sufrague dos veces: una donde realmente figura en padrón y otra, en la mesa que fiscaliza; o bien, que se agreguen al padrón electores que no se domiciliaren dentro de la ciudad, o que domiciliándose, no estuvieren incluidos en padrón debido a la “fecha de corte” y/o cambio posterior de domicilio; etc… ocasionando ello un verdadero conflicto que lesionaría la emisión del sufragio y el proceso en sí.  En idéntico sentido lo ha entendido el legislador en el artículo 18 de la Ord. 12.061 ”Código Electoral” que determina que la cantidad de B.U.S es igual a la cantidad de electores que figuran en dicha mesa electoral con más un diez por ciento (10% ) adicional, en ese sentido el “numerus claussus” y las medidas de seguridad con que cuentan las B.U.S; impiden “agregar” electores. La cantidad dispuesta por ley, incluida la cantidad adicional es acotada y restringida a la reposición, sea en caso de eventualidades o casos fortuitos que puedan darse con las Boletas de Sufragio, por ello es tan importante que las Autoridades de Mesa sean cuidadosas al manipular las mismas durante todo el acto comicial.  VI) Que debe preverse el caso de enfermedad, incapacidad y/o impedimento sobreviniente de quien hubiere sido designado Fiscal General de alguna Alianza y/o Partido Político a posterior de su nombramiento. VII) Que por razones de seguridad y eficiencia del acto electoral, finalizado el mismo (hora 18:00) y cerradas las puertas del establecimiento educativo afectado al comicio, los Fiscales Generales de las Alianzas y/o Partidos Políticos, no podrán ingresar al mismo; debiendo tomar las previsiones necesarias. Por ello y lo dispuesto por la Ordenanza Nº 12.061 (art. 34), la Ley provincial 9.571(arts.45 y 46), Ley Pcial 9572 y el Código Electoral Nacional  pertinente, esta Junta Electoral Municipal por unanimidad RESUELVE: 1) SOLICITAR a los Partidos Políticos y Alianzas que participen en la contienda electoral del 17 de septiembre de 2023, que presenten por ante esta J.E.M. la nómina de Fiscales Generales empadronados en ésta, con indicación clara de apellido, nombre, número de documento de identidad y domicilio de cada uno de ellos y de sus suplentes, hasta el día jueves 14 de Septiembre del corriente año hasta la hora 13 en la sede de la Junta Electoral Municipal sita en calle España 135 (Sala B. Roldán ex Bingo), bajo apercibimiento de tenerla por no presentada. 2) SOLICITAR a los Partidos Políticos y Alianzas que tengan listas de candidatos oficializadas, que arbitren los medios para que aquellos electores que designen como Fiscales de Mesa, solamente emitan su voto en la mesa en que se encuentran empadronados. Deberán presentarse con los poderes

respectivos emitidos en legal forma para ser presentados por ante los Presidentes y/o suplentes de Mesa para su reconocimiento. 3) DETERMINAR que en caso de enfermedad, incapacidad y/o impedimento sobreviniente posterior al nombramiento de quien hubiere sido designado Fiscal General de alguna Alianza y/o Partido Político, deberá efectuarse la denuncia pertinente y el correspondiente reemplazo ante la J.E.M., cuya sede permanecerá abierta durante el desarrollo del comicio. 4) INFORMAR que por razones de seguridad y eficacia del acto electoral, finalizado el mismo (hora 18:00) y cerradas las puertas del establecimiento educativo afectado al comicio, los Fiscales Generales de las Alianzas y/o Partidos Políticos, no podrán ingresar al mismo; debiendo tomar las previsiones necesarias.- PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.- FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dr. Marcelo Arana: Vocal.-

 

 

 

6º ENCUENTRO PROVINCIAL DE MINI VÓLEY

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El próximo domingo 27 de agosto, de 10:30 hs a 14:30 hs se llevará a cabo un Torneo de Mini Vóley con niños y niñas desde 4 a 13 años, en el Polideportivo Municipal Alta Gracia.

Categorías:

-Bajitos
-Pre Mini Principiante
-Pre Mini Avanzado
-Mini
-Super Mini

Profes a cargo: Martina Oviedo, Candela de la Fuente, Candela Nuciforo y Pablo García.

Es el segundo encuentro que organizamos y contaremos con servicio de bufet y muchas sorpresas para las niñas y los niños.

Informes en la Dirección de Deportes Bolivia esq. José Hernández o llamando al 3547 – 463122

RESOLUCIÓN Nº 21 JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 23 de agosto de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y lo dispuesto por el “Código Electoral Municipal” (Ord. 12.061) y la Ley provincial 9.571. Y CONSIDERANDO: I) Que según lo dispuesto por esta J.E.M. en Resolución Nº 20 de fecha 23 de agosto de 2023, ha sido debidamente APROBADO el MODELO DE B.U.S. (Boleta Única de Sufragio) en un todo de acuerdo a lo prescripto por el Código Electoral Municipal, encontrándose cumplidos los plazos legales correspondientes – Ord. 12.061 (arts. 14 y 15) y debidamente oficializadas y firmes las listas de candidatos (art. 9 Ord. 12.061 – Resoluciones J.E.M. Nº 12 a 19). II) Que según Padrón Electoral Definitivo confeccionado al efecto, la cantidad de electores para los comicios municipales convocados para el día 17 de septiembre de 2023 asciende a cuarenta y seis mil setenta y cuatro (46.074) -incluyendo nacionales y extranjeros-. III) Que de acuerdo a lo dispuesto por el Código Electoral Municipal – Ord. 12.061 (art. 17), aprobado el modelo de B.U.S. propuesto, la J.E.M. deberá cumplimentar con la impresión de la B.U.S. oficializada, siendo ésta la única válida para la emisión del voto. IV) Que, en cuanto a la cantidad; el art. 18 de igual cuerpo normativo dispone la impresión en una cantidad igual al número de electores correspondientes al Padrón Electoral con más un diez por ciento (10%) adicional para reposición. V) Que en cuanto a la seguridad de las B.U.S. se ha adoptado el criterio de elecciones municipales anteriores, según medidas de seguridad predeterminadas (código de barras), conforme art. 12 punto 6 Ord. 12.061. VI) Que corresponde asimismo, arbitrar los medios que fueren menester para la impresión del “afiche” informativo de las listas completas que integran la B.U.S. (según exigencia del art. 17 – Ord. 12.061) para ser colocados en los lugares de votación. Por lo expuesto y en forma unánime, según lo normado por el Código Electoral Municipal – Ord. 12.061 y la Carta Orgánica Municipal, esta JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL, RESUELVE: 1) ORDENAR la impresión de la B.U.S. (Boleta Única de Sufragio) según lo dispuesto por el art. 17/18 de la Ordenanza 12.061, con las medidas de seguridad dispuestas, para las ELECCIONES MUNICIPALES a efectuarse el día 17 de septiembre de 2023. 2) ORDENAR la impresión del afiche previsto en el art. 17 de la Ord. 12.061 para ser colocados en los lugares de votación en igual oportunidad. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.- FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dr. Marcelo Arana: Vocal.-

 

 

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 20 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 23 de agosto de 2023.

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”. Y CONSIDERANDO: I) Que oportunamente y según decreto, debidamente notificado, de fecha 17/8/2023, dictado por esta Junta Electoral Municipal, se ha procedido a cumplir con los arts. 14 y 15 de la Ordenanza Nº 12.061 “Código Electoral Municipal” y con el art. 56 de la Ley provincial Nº 9.571 en día, hora y lugar fijado por la J.E.M. (22/8/2023, hora 19:00, Sala J.E.M. Cine Teatro Monumental Sierras – entrepiso) llevándose a cabo el SORTEO PÚBLICO DEL ORDEN DE PRECEDENCIA EN LAS B.U.S.. y la puesta en conocimiento y consideración de la boleta única de sufragio para su APROBACIÓN. II) Que habiendo participado del mismo todas las fuerzas políticas (Partidos y Alianzas) con listas de candidatos oficializadas (Resoluciones Nº 12 a 19 J.E.M.), se labró acta (del sorteo, consideración y/u observaciones y posterior aprobación de la B.U.S.), que en original se anexa a la presente Resolución y se tiene como documentación habilitante e integrante (consta en total de 15 fojas de actuación, incluyendo el acta -4 fs- y fotografías tomadas del procedimiento -11 fs.-) y el modelo de B.U.S. aprobada y suscripta por todos los apoderados partidarios (con todos los requerimientos de ley), según se transcribe seguidamente:

“Alta Gracia, 22 de agosto de 2023, hora 19:16.- Siendo día y hora fijados en decreto de fecha 17/8/23 dictado en Expte. Caratulado “ALTA GRACIA ELECCIONES MUNICIPALES 2023” (J.E.M. Cuerpo Nº 3 fs. 292) para el SORTEO PÚBLICO DEL ORDEN DE PRECEDENCIA EN LAS B.U.S. (boletas únicas de sufragio), se da comienzo al acto en lugar asignado al efecto (Sala J.E.M. Cine Teatro Monumental Sierras  – entrepiso) en presencia de las autoridades de la Junta Electoral Municipal como así también los apoderados de las ocho (8) fuerzas políticas (Partidos/ Alianzas) con listas de candidatos oficializadas (Resoluciones J.E.M. Nº 12 a 19) que a continuación se mencionan:

PARTIDO HUMANISTA: Héctor Eduardo ANDRADA DNI 11977436 (suplente).

ALIANZA JUNTOS POR ALTA GRACIA: Ricardo Mario GONZÁLEZ DNI 20867789 y Mariano Gabriel VERA TERNASKY DNI 40419604.

ALIANZA HACEMOS UNIDOS POR CÓRDOBA: Mauro Esteban PROTO DNI 29189470

PARTIDO ENCUENTRO VECINAL CÓRDOBA: Santos RUARTE MOYANO DNI 31807430

PARTIDO DEMÓCRATA: Duilio Andrés CABANILLAS DNI 24598375

PARTIDO UNIÓN POPULAR FEDERAL: MOREYRAS Víctor Hugo DNI 17780732

ALIANZA ALTA GRACIA CAMBIA: Flavio José MOLGARA DNI 17780899

PARTIDO RAÍZ POPULAR: Rodolfo Nemesio URANGA DNI 6447289

Se comienza el procedimiento de sorteo atento lo dispuesto por los arts. 14 y 15 de la Ordenanza Nº 12.061 “Código Electoral Municipal” y por el art. 56 de la Ley provincial Nº 9.571, a fin de determinar el lugar que en la B.U.S. ocupará cada lista de candidatos de las fuerzas políticas que participarán de la contienda electoral del próximo 17 de septiembre del siguiente modo: la Dra. Graciela Pérez Contreras (Presidente de la J.E.M.) coloca sobre la mesa, a la vista de todos los presentes, ocho hojas numeradas del 1 al 8 y procede a exhibir las ocho (8) bolillas numeradas y las inserta en el bolillero. Luego se colocan sobre la mesa ocho (8) sobres de color negro dentro de los que se colocan tarjetas con los nombres de cada Partido o Alianza con lista de candidatos oficializada. La Presidente exhibe a los apoderados y a la prensa las tarjetas con los nombres de los Partidos o Alianzas y los coloca en los sobres negros, así lo va haciendo con dada una de las ocho fuerzas políticas participantes. Seguidamente se mezclan sobre la mesa los sobres, todo ello en presencia de los apoderados y de periodistas locales.

Procede el Sr. Víctor MOREYRAS a mezclar el bolillero en primer lugar y saca la bolilla número 5, elige un sobre y se coloca sobre la hoja con el número 5. En segundo lugar el apoderado Santos RUARTE saca la bolilla número 6 y se procede igual, luego el Sr. Mariano VERA TERNASKY saca la bolilla número 1 y se procede del mismo modo, colocando el sobre que elige en ese número. Seguidamente el Sr. Apoderado Héctor Andrada saca bolilla número 3 y elige sobre, colocándose en el lugar indicado, luego el apoderado Rodolfo URANGA gira el bolillero y saca la bolilla número 4, eligiendo sobre y colocándose en el lugar indicado. Prosigue el apoderado Mauro PROTO y saca la bolilla número 8, eligiendo sobre. Sigue el apoderado Duilio CABANILLAS sacando la bolilla número 7 y elige sobre a los fines pertinentes. Finalmente el apoderado Flavio MOLGARA saca la bolilla número 2 y toma el sobre que ha quedado.

Se procede seguidamente a abrir los sobres quedando el ORDEN DE PRECEDENCIA DE LAS LISTAS DE CANDIDATOS OFICIALIZADAS según el sorteo realizado y procedimiento antes descripto del siguiente modo:

 

1º lugar en la BUS para el PARTIDO HUMANISTA

2º lugar en la BUS para la ALIANZA JUNTOS POR ALTA GRACIA

3º lugar en la BUS para el PARTIDO DEMÓCRATA

4º lugar en la BUS para el PARTIDO RAÍZ POPULAR

5º lugar en la BUS para la ALIANZA ALTA GRACIA CAMBIA

6º lugar en la BUS para el PARTIDO UNIÓN POPULAR FEDERAL

7º lugar en la BUS para el PARTIDO ENCUENTRO VECINAL CÓRDOBA

8º lugar en la BUS para la ALIANZA HACEMOS UNIDOS POR CÓRDOBA

Seguidamente, se pasa a un cuarto intermedio a los fines de que, teniendo ya decidido por sorteo el orden de precedencia de las listas en la boleta única de sufragio, el personal de informática del Municipio diseñe la boleta de modelo “no válido para votar” para su conocimiento, consideración, observación y aprobación de la boleta de sufragio por parte de los apoderados presentes.

Los técnicos en informática proceden a confeccionar la boleta con las fotos de los candidatos y los logos de los Partidos y Alianzas que participan en la contienda electoral. Se deja constancia que, previo al sorteo, se decidió que tanto el Partido Demócrata como el Partido Unión Popular Federal utilizarán en la B.U.S. el logo que tienen aprobado en la Justicia Electoral Provincial en forma oficial como partidos políticos y no emblemas, dibujos o imágenes que no sean dichos logos legales y aprobados. Se acuerda de ese modo con todos los presentes.

Previamente al diseño con la inserción de las fotografías y logos se exhibe a los presentes el modelo de boleta en blanco, sin dichos requisitos.

Seguidamente, siendo la hora 20 y en presencia de las mismas partes, exhibido el modelo de B.U.S. impreso al efecto y según orden de precedencia resultante del sorteo antes realizado, se pone a consideración de los apoderados presentes quienes observan los logos partidarios, las fotografías de los candidatos y los nombres de los integrantes de cada lista con los requisitos legales del Código Electoral Municipal. La Dra. Pérez Contreras entrega un ejemplar de boleta “no válida para votar” a cada apoderado para su conocimiento y consideración, comprometiendo a cada uno de ellos y a los periodistas presentes en que, por razones legales y de seguridad, las mismas no pueden ser fotografiadas.

Corroborados por cada apoderado los detalles a corregir como por ejemplo en la lista del Prof. URANGA la faltante de negrita en uno de los nombres de sus candidatos y solicita sea retirado de la boleta su segundo nombre para que se lea con más claridad el primero y el apellido; la fotografía del candidato Ricardo GONZÁLEZ que solicita sea agrandada o acercada;  el apoderado Mauro PROTO solicita sea agrandado el logo de su Alianza; se debe corregir el apellido (que lleva tilde) de un candidato de la lista de la Alianza Juntos por Alta Gracia; solicitó el apoderado del Partido Demócrata se agregue el apodo “Chizo” de una candidata la sra. Liliana Santamaría; se elimina el fondo gris que varias fotografías tenían a fin de cumplir con el requerimiento legal; etc. Seguidamente se hace entrega de las observaciones al técnico informático a los fines de su corrección, rediseño y nueva impresión. Cada apoderado devuelve a la Junta el modelo de B.U.S. entregado para su control.

Presentada a consideración el modelo de B.U.S. según las observaciones y correcciones realizadas y estando en un todo de acuerdo y en forma unánime los apoderados partidarios y/o de alianzas presentes, la Junta Electoral procede a aprobar el modelo propuesto en este acto.

El modelo de boleta única de sufragio así aprobado es firmado por los presentes en prueba de aceptación y conformidad teniéndose como parte integrante del presente acto.

Se hace saber a los apoderados que, conforme lo establecido por la normativa vigente, se hará publicar en Boletín Oficial Municipal y en página web del Municipio como así también en los medios de difusión disponibles, los facsímiles de la boleta con la que se sufragará.

Con lo que, siendo la hora 20:39 del día 22 de agosto de 2023, se da por terminado el acto, previa lectura y ratificación de los presentes, ante mí que doy fe”.-

III) Que el acta ha sido suscripta por los apoderados partidarios, por Presidente y Vocales de la Junta Electoral y por la Secretaria; y la B.U.S. refrendada por los apoderados partidarios en prueba de unánime aprobación y conformidad. IV) Que según lo prescribe el artículo 16 de la Ordenanza 12.061 “Código Electoral Municipal”, debe ordenarse la publicación en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia y en los medios de difusión disponibles, de los facsímiles de la boleta con la que se sufragará. Por lo expuesto y según lo normado por la Ordenanza 12.061 y la Carta Orgánica Municipal (art. 145 inc. 9), en forma unánime, esta JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL, RESUELVE: 1) TENER POR APROBADO el MODELO de B.U.S. (Boleta Única de Sufragio) a utilizarse en la elección de autoridades municipales de la ciudad de Alta Gracia (17/9/2023) según lo expuesto en “Y Considerando” con modelo y acta transcripta, en el siguiente orden de precedencia de los Partidos y/o Alianzas con listas de candidatos oficializadas: 1º PARTIDO HUMANISTA; 2º ALIANZA JUNTOS POR ALTA GRACIA; 3º PARTIDO DEMÓCRATA; 4º PARTIDO RAÍZ POPULAR; 5º ALIANZA ALTA GRACIA CAMBIA; 6º PARTIDO UNIÓN POPULAR FEDERAL; 7º PARTIDO ENCUENTRO VECINAL CÓRDOBA y 8º ALIANZA HACEMOS UNIDOS POR CÓRDOBA. 2) ORDENAR la publicación del facsímil de B.U.S. (Boleta Única de Sufragio) en Boletín Oficial Municipal, en la página web del Municipio y su amplia difusión en los medios disponibles a los fines del conocimiento por parte del electorado.

PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.-

 

FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dr. Marcelo Arana: Vocal.-

 

 

JORNADA DE DEPORTE ADAPTADO EN EL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL

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El próximo viernes 25 de agosto, de 9.30 hs a 12:00 hs, se llevará a cabo una Jornada de Deporte Adaptado, en el Polideportivo Municipal de nuestra ciudad.

Dicha jornada, es organizada por la Dirección de Deportes dependiente de la Secretaría de Gestión Pública y estará a cargo del Área de Deporte Adaptado y contará con las siguientes actividades:

– Atletismo

-Tenis

– Ping – Pong

– Básquet

– Bádminton

– Bochas

Todo esto sin perder de vista la socialización, ya que es un encuentro entre distintas instituciones y contaremos la presencia de Fundación ADMA – (Amigos Del Mejor Amigo).

Informes en la Dirección de Deportes: Bolivia esq. José Hernández o al Tel: 3547 – 463122

DEPORTE ADAPTADO: JORNADA SENSORIO MOTORA, EN EL MICRO ESTADIO DE VÓLEY

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Será el próximo jueves 24 de agosto, de 9:30 a 12:00 hs. Esta jornada es organizada por la Dirección de Deportes y el Área de Deporte Adaptado de nuestra ciudad y está destinada a personas que no llegan al deporte convencional por distintas causas.

Se trabajará directamente sobre los niveles sensoriales como el equilibrio, el tacto, vista y motriz desde la fuerza, estabilidad y puntería. Todo esto sin perder de vista el encuentro social y contacto con distintos animales, ya que contamos con la disponibilidad de Fundación ADMA – (Amigos Del Mejor Amigo) y Centros de Rehabilitación con Equinoterapia.

Informes en la Dirección de Deportes: Bolivia esq. José Hernández o al Tel: 3547 – 463122

LA PISTA DE BMX DEL PARQUE GARCÍA LORCA LLEVA EL NOMBRE DE JUAN NICOLÁS «CHUNGUI» CAVIGLIA

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En la mañana de hoy el Intendente Municipal Marcos Torres junto a la Viceintendenta Cristina Roca, el Secretario de gestión pública Pablo Soler, el Director de Deportes Keith Bevan, el Presidente de la Comisión de BMX Rodrigo Romero, autoridades municipales, profesores de Educación física, familiares del Profesor Juan Nicolás «chungui» Caviglia participaron en la mañana de de hoy domingo 20 de agosto del renombramiento de la pista de BMX en el parque García Lorca qué a partir de hoy lleva el nombre de Juan Nicolás «chungui» Caviglia, en honor a quien fuera el gran promotor para el desarrollo de este deporte en nuestra ciudad.

Además se hicieron reformas en la pista, para cumplimentar con los requerimientos de la Federación Argentina de BMX y poder hacer competencias tanto nacionales como internacionales. Se realizó el cerramiento de la pista con alambrado olímpico, pórtico de Ingreso, iluminación LED de todo el circuito, pintura de baños y cantina, mural de Gabriela Díaz, una de nuestras representantes olímpicas de la disciplina y mejoras en el sector de baños y vestuarios.

EDUCACIÓN: CON GRAN ÉXITO SE DESARROLLÓ UNA NUEVA EXPOEDUCATIVA

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Durante este martes 15 de agosto, más de 1000 estudiantes de 12 escuelas secundarias participaron en una nueva ExpoEducativa organizada por la Dirección de Educación dependiente de la Secretaria de Gestión Pública del Gobierno de Alta Gracia.

Con la presencia del Intendente Marcos Torres, la Viceintendenta Cristina Roca, el Ministro de Empleo y Formación Profesional Facundo Torres y el Director de Educación Rodrigo Martínez se realizó la ExpoEducativa 2023, donde 1000 estudiantes pudieron conocer la propuesta académica de 20 instituciones universitarias de Alta Gracia y la Provincia.

Al mismo tiempo, participaron de talleres dictados en forma simultánea en el Cine Monumental Sierras,  Casa de la Cultura y Plaza Solares, que estuvieron a cargo de la UNC, Ministerio de Empleo, Escuela de Turismo, Armada Argentina, Policía de la Provincia, entre otras instituciones.

RESOLUCIÓN Nº 19 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 15 de agosto de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y el Expediente Nº 13 caratulado “RAIZ POPULAR – SOLICITA OFICIALIZACIÓN DE LISTA DE CANDIDATOS” iniciado a los fines de la oficialización de Lista de precandidatos a Intendente, Viceintendente, Concejales titulares y suplentes, Miembros del Tribunal de Cuentas titulares y suplentes para las elecciones de autoridades municipales de la ciudad de Alta Gracia en base a lo dispuesto por la Junta Electoral Municipal en Resolución Número 5 de fecha 30/06/2023 que establece la fecha tope de presentación de listas de candidatos y los requisitos que debe cumplir tal solicitud. Que a fs. 2 de dichos actuados comparece Uranga Rodolfo Nemesio DNI 6.447.289 en carácter de apoderado del Partido Raíz Popular y fija domicilio legal. Que se presenta solicitando Oficialización de Lista de Candidatos de la fuerza política que representa. Se acompaña la siguiente Lista de Candidatos: INTENDENTE: URANGA Rodolfo Nemesio DNI 6.447.289 VICEINTENDENTE: FINI Teresa Ana DNI 17.159.698; CONCEJALES TITULARES: 1º) URANGA Rodolfo Nemesio DNI 6.447.289; 2º) FINI Teresa Ana DNI 17.159.698; 3º) OVIEDO Gustavo Andrés DNI 20.216.246; 4º) VERA GRAMAJO Sheula Alihuen DNI 39.042.600; 5º) PORPORATO Joel Darío DNI 41.493.631; 6º) PERALTA Dariana Asunción DNI 42.019.860; 7º) BULGARELLA Franco Neyen DNI 39.736.045; 8º) LAZARO Michelle Micaela DNI 40.922.122; 9º) PESCE Carlos Alberto DNI 16.081.441; CONCEJALES SUPLENTES: 1º) ALBELLA María Noelia DNI 29.553.696; 2º) RIGHINI Héctor Alberto DNI 16.615.059; 3º) BAZAN Noelia Analia DNI 27.761.635; 4º) URANGA Leonardo Miguel DNI 28.632.381; 5º) FANTI Linda Olga DNI 26.716.231; 6º) MAMONDES Hugo DNI 7.994.607; 7º) BARZOLA Luisa Beatriz DNI 16.024.196; 8º) CHANQUIA Pablo Cesar DNI 31.087.122; 9º) URANGA Laura Gabriela DNI 35.914.530; MIEMBROS TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) RAMON Mario DNI 12.746.149; 2º) BAGGINI Amalia Susana DNI 17.671.144; 3º) OLMEDO Ezequiel Emanuel DNI 34.811.519; MIEMBROS SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) ROMERO María Gracia DNI 35.471.079; 2º) MARTINEZ Rosa Elizabeth DNI 35.827.334; 3º) PEDROSO Carlos Martín DNI 30.264.608. Que a fs. 8 a 56 y 58/59 inclusive de autos se adjuntan declaración bajo fe de juramento y aceptación de cargo con más fotocopias de los documentos de identidad de cada uno de los candidatos mencionados. Que a fs. 6/7 se acompaña Acta de Proclamación de Candidatos y a fs. 57 plataforma electoral. Pasan a despacho para resolver. Y CONSIDERANDO: I) Que se encuentra debidamente acreditada y vigente a la fecha la Personería Jurídico Política de Partido Raíz Popular mediante certificado expedido por el Juzgado Electoral Provincial de Córdoba dictado en los autos caratulados “RAIZ POPULAR – RECONOCIMIENTO JURÍDICO POLÍTICO MUNICIPAL” (Expte. 12050500) otorgada mediante Auto Nº 850 de fecha 11 de agosto de 2023, asignándosele el número de identificación “M414”, obrante a fs. 5 de los presentes actuados en concordancia con informe del Juzgado Electoral de la Provincia de Córdoba. Que asimismo y según dicho certificado reviste la calidad de apoderado para actuar Uranga Rodolfo Nemesio DNI 6.477.289. Que en el marco de lo dispuesto por la Ley 9.571, todo trámite, participación y presentación por ante ésta y a los fines que nos ocupa, ha sido refrendado por dicho apoderado quien resulta  responsable de la veracidad de lo expuesto en las presentaciones y respectivas documentaciones; atento a que el Partido que representa  conforma una expresión auténtica de la vida política; de la democracia republicana y representativa, e instrumentos naturales de participación electoral (ley 9.572 arts. 1º, 8º y cc). II) Que son deberes y atribuciones de la Junta Electoral Municipal oficializar y registrar las listas de candidatos municipales (art. 145 inc. 8 C.O.M. y art. 9 Código Electoral Municipal Ord. 12.061). III) Que la Lista de Candidatos para Intendente, Viceintendente, Concejales Titulares y Suplentes, Miembros del Tribunal de Cuentas Titulares y Suplentes fue presentada en tiempo y forma. IV)  Que según la presentación y documentación agregada, se comprobó el correcto cumplimiento de los requisitos extrínsecos que exige la normativa local para los cargos de que se trata (artículos 96, 65 y 106 y cc. todos de la CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL). V) Que de igual modo, se verificó por ésta, el respeto de la proporción impuesta por el artículo 7 del Código Electoral Municipal – Ord. 12.061. VI) Que de las declaraciones juradas presentadas por cada uno de los candidatos a los cargos electivos en la candidatura que pretenden, refrendadas por el apoderado local, surge que no se encuentran comprendidos o incursos en las inhabilidades e incompatibilidades que prevén los arts. 69, 70, 71, 97 y 106 de la C.O.M en concordancia con los artículos 11 de la ley 9.571 y Código Electoral Municipal  – Ordenanza 12.061, para el cargo que se postulan. VII) Que para los cargos electivos de Intendente y Viceintendente se ha cumplido con lo normado por el art. 96 inc. 3 C.O.M. y para los cargos electivos de concejales se ha cumplido con lo normado por el art. 65 inc. 3 de igual cuerpo legal y para los miembros del Tribunal de Cuentas con lo dispuesto en el art. 106 C.O.M.. VIII) Que acorde a lo previsto por el art. 64 en concordancia con lo establecido por el art. 155 de la C.O.M.  se ha cumplido plenamente con la presentación formulada, referente al número de candidatos propuestos para la oficialización de los cargos electivos legislativos al Honorable Concejo Deliberante: con un total de NUEVE (9) candidatos como titulares y NUEVE (9) suplentes. IX) Que en cuanto a los candidatos a Tribunos de Cuentas, también resulta correcto el número de postulantes al Tribunal de Cuentas, compuesto de TRES (3) miembros titulares y TRES (3) miembros suplentes, todo de acuerdo a lo establecido por el art. 105 en concordancia con lo establecido por el art. 155 de la C.O.M. X) Que corresponde proceder a la Oficialización de la Lista de Candidatos del partido Raíz Popular, en base a lo dispuesto por el art. 9 de la Ord. 12.061 y demás normativa vigente. Por todo lo expuesto, y por las disposiciones legales citadas, esta Junta Electoral Municipal, RESUELVE: I) Tener como apoderado del PARTIDO RAÍZ POPULAR al Sr. Uranga Rodolfo Nemesio DNI 6.447.289. II) OFICIALIZAR LA LISTA DE CANDIDATOS A INTENDENTE, VICEINTENDENTE, CONCEJALES TITULARES Y SUPLENTES, MIEMBROS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS TITULARES Y SUPLENTES para las elecciones municipales del 17/09/2023, la cual está integrada por la siguiente nómina de candidatos: INTENDENTE: URANGA Rodolfo Nemesio DNI 6.447.289 VICEINTENDENTE: FINI Teresa Ana DNI 17.159.698; CONCEJALES TITULARES: 1º) URANGA Rodolfo Nemesio DNI 6.447.289; 2º) FINI Teresa Ana DNI 17.159.698; 3º) OVIEDO Gustavo Andrés DNI 20.216.246; 4º) VERA GRAMAJO Sheula Alihuen DNI 39.042.600; 5º) PORPORATO Joel Darío DNI 41.493.631; 6º) PERALTA Dariana Asunción DNI 42.019.860; 7º) BULGARELLA Franco Neyen DNI 39.736.045; 8º) LAZARO Michelle Micaela DNI 40.922.122; 9º) PESCE Carlos Alberto DNI 16.081.441; CONCEJALES SUPLENTES: 1º) ALBELLA María Noelia DNI 29.553.696; 2º) RIGHINI Héctor Alberto DNI 16.615.059; 3º) BAZAN Noelia Analia DNI 27.761.635; 4º) URANGA Leonardo Miguel DNI 28.632.381; 5º) FANTI Linda Olga DNI 26.716.231; 6º) MAMONDES Hugo DNI 7.994.607; 7º) BARZOLA Luisa Beatriz DNI 16.024.196; 8º) CHANQUIA Pablo Cesar DNI 31.087.122; 9º) URANGA Laura Gabriela DNI 35.914.530; MIEMBROS TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) RAMON Mario DNI 12.746.149; 2º) BAGGINI Amalia Susana DNI 17.671.144; 3º) OLMEDO Ezequiel Emanuel DNI 34.811.519; MIEMBROS SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) ROMERO María Gracia DNI 35.471.079; 2º) MARTINEZ Rosa Elizabeth DNI 35.827.334; 3º) PEDROSO Carlos Martín DNI 30.264.608. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.-

 

RESOLUCIÓN Nº 18 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 15 de agosto de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023” y el Expediente Nº 10 caratulado “ALIANZA ALTA GRACIA CAMBIA – SOLICITA OFICIALIZACIÓN DE LISTA DE CANDIDATOS” iniciado a los fines de la oficialización de Lista de precandidatos a Intendente, Viceintendente, Concejales titulares y suplentes, Miembros del Tribunal de Cuentas titulares y suplentes para las elecciones de autoridades municipales de la ciudad de Alta Gracia en base a lo dispuesto por la Junta Electoral Municipal en Resolución Número 5 de fecha 30/06/2023 que establece la fecha tope de presentación de listas de candidatos y los requisitos que debe cumplir tal solicitud. Que a fs. 15 se presentan los apoderados Flavio José Molgara DNI 17.780.899 y Javier Julián Kaplan DNI 20.540.055 solicitando Oficialización de Lista de Candidatos de la Alianza que representan; fijan domicilio legal. Que se acompaña la siguiente Lista de Candidatos: INTENDENTE: VAGNI Amalia Andrea DNI 22.096.741 VICEINTENDENTE: ROSSI Gustavo Alejandro DNI 17.155.672; CONCEJALES TITULARES: 1º) BARRIONUEVO Carlos Martín DNI 30.772.327; 2º) ALLENDE Lucía Verónica DNI 32.572.338; 3º) MONDINO Andrea Sabrina DNI 23.449.055; 4º) BELBEY Lucas DNI 35.470.931; 5º) LOPEZ Alba Leticia Magalí DNI 30.309.615; 6º) DICHKO Renzo Oscar DNI 43.476.323; 7º) PAOLUCCI Jorgelina Luciana DNI 25.370.845; 8º) GEMOLOTTO Arturo Gabriel DNI 25.363.221; 9º) LUCERO Horacio Alfredo DNI 17.115.190; CONCEJALES SUPLENTES: 1º) SOLINAS Oscar Horacio DNI 14.533.262; 2º) SAIRES Clara Ramona DNI 16.015.634; 3º) GARCIA Mauro David DNI 32.572.415; 4º) FERREYRA MONDINO Sabrina Soledad DNI 40.681.467; 5º) BORELLO Sergio Daniel DNI 16.614.944;  6º) LUCERO AMUCHASTEGUI Franco Emanuel DNI 37.439.049; 7º) CAPDEVILA Mayra Lisette DNI 33.963.755; 8º) MEDINA Edith Andrea DNI 29.943.273; 9º) ARROYO Esteban Javier DNI 29.189.121; MIEMBROS TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) LUPPI Leticia DNI 25.581.256; 2º) RIQUELME Juan José DNI 24.066.300; 3º) CAMINO Cesar Rubén DNI 16.840.011; MIEMBROS SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) LAZOS Sofía DNI 35.470.888; 2º) SANTOS Javier Héctor DNI 29.462.733; 3º) MARTINEZ Cecilia Elizabeth DNI 34.608.070. Que a fs. 25 a 107 inclusive de autos se adjuntan declaración bajo fe de juramento y aceptación de cargo con más fotocopias de los documentos de identidad de cada uno de los candidatos mencionados. Que a fs. 23/24 se acompaña Acta de Proclamación de Candidatos y a fs. 21/22 plataforma electoral. Pasan a despacho para resolver. Y CONSIDERANDO: I) Que se encuentra debidamente acreditada y vigente a la fecha la Personería Jurídico Política de la ALIANZA ELECTORAL “ALTA GRACIA CAMBIA” otorgada mediante Auto Interlocutorio Nº 817 año 2023 (21/7/23 – Tomo 5 Folio 1456-1457) y su rectificatorio Auto N° 826 del 25 de julio de 2023 (Protocolo Tomo 5 – Folio 1472-1472) ambos año 2023, dictados por el Juzgado Electoral Provincial de Córdoba en los autos caratulados “ALTA GRACIA CAMBIA – RECONOCIMIENTO JURÍDICO POLÍTICO ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL” (Expte. Nº 12119206), asignándosele el número de identificación “A501”, obrante a fs. 12 a 14 de los presentes actuados en concordancia con informe del Juzgado Electoral de la Provincia de Córdoba. Que asimismo y según dicho Auto revisten la calidad de apoderados comunes para actuar Flavio José Molgara DNI 17.780.899 y Javier Julián Kaplan DNI 20.540.055. Que en el marco de lo dispuesto por la Ley 9.571, todo trámite, participación y presentación por ante ésta y a los fines que nos ocupa, ha sido refrendado por dichos apoderados quienes resultan  responsables de la veracidad de lo expuesto en las presentaciones y respectivas documentaciones, atento a que la Alianza que representan  conforma una expresión auténtica de la vida política; de la democracia republicana y representativa, e instrumentos naturales de participación electoral (ley 9.572 arts. 1º, 8º y cc). II) Que son deberes y atribuciones de la Junta Electoral Municipal oficializar y registrar las listas de candidatos municipales (art. 145 inc. 8 C.O.M. y art. 9 Código Electoral Municipal Ord. 12.061). III) Que la Lista de Candidatos para Intendente, Viceintendente, Concejales Titulares y Suplentes, Miembros del Tribunal de Cuentas Titulares y Suplentes fue presentada en tiempo y forma. IV)  Que según la presentación y documentación agregada, se comprobó el correcto cumplimiento de los requisitos extrínsecos que exige la normativa local para los cargos de que se trata (artículos 96, 65 y 106 y cc. todos de la CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL). V) Que de igual modo, se verificó por ésta, el respeto de la proporción impuesta por el artículo 7 del Código Electoral Municipal – Ord. 12.061. VI) Que de las declaraciones juradas presentadas por cada uno de los candidatos a los cargos electivos en la candidatura que pretenden, refrendadas por el apoderado local, surge que no se encuentran comprendidos o incursos en las inhabilidades e incompatibilidades que prevén los arts. 69, 70, 71, 97 y 106 de la C.O.M en concordancia con los artículos 11 de la ley 9.571 y Código Electoral Municipal  – Ordenanza 12.061, para el cargo que se postulan. VII) Que para los cargos electivos de Intendente y Viceintendente se ha cumplido con lo normado por el art. 96 inc. 3 C.O.M. y para los cargos electivos de concejales se ha cumplido con lo normado por el art. 65 inc. 3 de igual cuerpo legal y para los miembros del Tribunal de Cuentas con lo dispuesto en el art. 106 C.O.M.. VIII) Que acorde a lo previsto por el art. 64 en concordancia con lo establecido por el art. 155 de la C.O.M.  se ha cumplido plenamente con la presentación formulada, referente al número de candidatos propuestos para la oficialización de los cargos electivos legislativos al Honorable Concejo Deliberante: con un total de NUEVE (9) candidatos como titulares y NUEVE (9) suplentes. IX) Que en cuanto a los candidatos a Tribunos de Cuentas, también resulta correcto el número de postulantes al Tribunal de Cuentas, compuesto de TRES (3) miembros titulares y TRES (3) miembros suplentes, todo de acuerdo a lo establecido por el art. 105 en concordancia con lo establecido por el art. 155 de la C.O.M. X) Que corresponde proceder a la Oficialización de la Lista de Candidatos de la Alianza Alta Gracia Cambia en base a lo dispuesto por el art. 9 de la Ord. 12.061 y demás normativa vigente. Por todo lo expuesto, y por las disposiciones legales citadas, esta Junta Electoral Municipal, RESUELVE: I) Tener como apoderados comunes de la ALIANZA ALTA GRACIA CAMBIA a Flavio José Molgara DNI 17.780.899 y Javier Julián Kaplan DNI 20.540.055. II) OFICIALIZAR LA LISTA DE CANDIDATOS A INTENDENTE, VICEINTENDENTE, CONCEJALES TITULARES Y SUPLENTES, MIEMBROS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS TITULARES Y SUPLENTES para las elecciones municipales del 17/09/2023, la cual está integrada por la siguiente nómina de candidatos: INTENDENTE: VAGNI Amalia Andrea DNI 22.096.741 VICEINTENDENTE: ROSSI Gustavo Alejandro DNI 17.155.672; CONCEJALES TITULARES: 1º) BARRIONUEVO Carlos Martín DNI 30.772.327; 2º) ALLENDE Lucía Verónica DNI 32.572.338; 3º) MONDINO Andrea Sabrina DNI 23.449.055; 4º) BELBEY Lucas DNI 35.470.931; 5º) LOPEZ Alba Leticia Magalí DNI 30.309.615; 6º) DICHKO Renzo Oscar DNI 43.476.323; 7º) PAOLUCCI Jorgelina Luciana DNI 25.370.845; 8º) GEMOLOTTO Arturo Gabriel DNI 25.363.221; 9º) LUCERO Horacio Alfredo DNI 17.115.190; CONCEJALES SUPLENTES: 1º) SOLINAS Oscar Horacio DNI 14.533.262; 2º) SAIRES Clara Ramona DNI 16.015.634; 3º) GARCIA Mauro David DNI 32.572.415; 4º) FERREYRA MONDINO Sabrina Soledad DNI 40.681.467; 5º) BORELLO Sergio Daniel DNI 16.614.944  6º) LUCERO AMUCHASTEGUI Franco Emanuel DNI 37.439.049; 7º) CAPDEVILLA Mayra Lisette DNI 33.963.755; 8º) MEDINA Edith Andrea DNI 29.943.273; 9º) ARROYO Esteban Javier DNI 29.189.121; MIEMBROS TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) LUPPI Leticia DNI 25.581.256; 2º) RIQUELME Juan José DNI 24.066.300; 3º) CAMINO Cesar Rubén DNI 16.840.011; MIEMBROS SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) LAZOS Sofía DNI 35.470.888; 2º) SANTOS Javier Héctor DNI 29.462.733; 3º) MARTINEZ Cecilia Elizabeth DNI 34.608.070.PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.-

 

RESOLUCIÓN Nº 17 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 15 de agosto de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y el Expediente Nº 6 caratulado “PARTIDO UNIÓN POPULAR FEDERAL – SOLICITA OFICIALIZACIÓN DE LISTA DE CANDIDATOS” iniciado a los fines de la oficialización de Lista de candidatos a Intendente, Viceintendente, Concejales titulares y suplentes, Miembros del Tribunal de Cuentas titulares y suplentes para las elecciones de autoridades municipales de la ciudad de Alta Gracia en base a lo dispuesto por la Junta Electoral Municipal en Resolución Número 5 de fecha 30/06/2023 que establece la fecha tope de presentación de listas de candidatos y los requisitos que debe cumplir tal solicitud. Que a fs. 2 fijan domicilio en la ciudad a los fines legales pertinentes. Que a fs. 15 de dichos actuados comparece el Sr. DOMINA Antonio Alberto DNI 12.413.231 en carácter de apoderado a los fines electorales; acredita su identidad (fs. 13) y solicita Oficialización de Lista de Candidatos de la fuerza política que representa. Que se acompaña la siguiente Lista de Candidatos: INTENDENTE: MOREYRAS Víctor Hugo DNI 17.780.732; VICEINTENDENTE: IRUSTA Paola Vanesa DNI 33.164.649; CONCEJALES TITULARES: 1º) MOREYRAS Víctor Hugo DNI 17.780.732; 2º) IRUSTA Paola Vanesa DNI 33.164.649; 3º) DEL PRETTE Mariano Ezequiel DNI 31.947.042; 4º) MAZZUCCO TURCHI Franco Enrique DNI 33.411.096; 5º) RUGANI Sergio Eduardo DNI 14.784.838; 6º) BEAS Priscila Soledad DNI 40.030.148; 7º) JAIR Lorena Yasmín DNI 25.929.314; 8°) ORTEGA Carla Marilyn DNI 35.471.150; 9º) CHILIFONE Ricardo Marcelo DNI 31.087.375; CONCEJALES SUPLENTES: 1º) CARRANZA IGLESIAS Gonzalo Agustín Alejandro DNI 43.604.491; 2º) RAMPULLA Diego Fabián DNI 24.857.708; 3°) CARRANZA Rubén Darío DNI 27.840.759; 4°) IGLESIAS Paula Andrea Elizabeth DNI 27.840.629; 5º) OVIEDO Sabrina Jacqueline DNI 41.467.622; 6º) CAMPAGNA Vanesa Soledad DNI 31.556.515; 7º) OLMEDO Leonardo Andrés DNI 30.309.805; 8º) IGLESIAS Natalia Alejandra Soledad DNI 30.772.442; 9º) OVIEDO Juan Marcelo DNI 24.857.128; MIEMBROS TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) COLAUTTI Patricia Carina DNI 25.525.284; 2º) BEAS Andrés Antonio DNI 22.352.797; 3º) MAEGAARD María Bernarda DNI 28.186.576; MIEMBROS SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) HERRERA Marianela Isabel DNI 46.035.954; 2º) OYOLA Agustina Abigail DNI 45.353.360; 3°) GODOY María Agustina Guadalupe DNI 42.861.137. Que a fs. 18 a 71 inclusive de autos se adjuntan declaración bajo fe de juramento y aceptación de cargo con más fotocopias de los documentos de identidad de cada uno de los candidatos mencionados. Que a fs. 16 se acompaña Acta de Proclamación de Candidatos y a fs. 17 plataforma electoral. Pasan a despacho para resolver. Y CONSIDERANDO: I) Que se encuentra debidamente acreditada y vigente a la fecha la Personería Jurídico Política del PARTIDO UNIÓN POPULAR FEDERAL mediante certificado expedido por el Juzgado Electoral Provincial de Córdoba (27/7/23) dictado en los autos caratulados “UNIÓN POPULAR FEDERAL – RECONOCIMIENTO JURÍDICO POLÍTICO PROVINCIAL” (Expte. Nº 1423661), otorgada mediante Auto Nº 326 de fecha 10/6/2011, asignándosele el número de identificación “P218”, obrante a fs. 14 de los presentes actuados en concordancia con informe del Juzgado Electoral de la Provincia de Córdoba. Que asimismo y según dicha documental reviste la calidad de apoderado para actuar DOMINA Antonio Alberto. Que en el marco de lo dispuesto por la Ley 9.571, todo trámite, participación y presentación por ante ésta y a los fines que nos ocupa, ha sido refrendado por dicho apoderado quien resulta  responsable de la veracidad de lo expuesto en las presentaciones y respectivas documentaciones; atento a que el Partido que representa  conforma una expresión auténtica de la vida política; de la democracia republicana y representativa, e instrumentos naturales de participación electoral (ley 9.572 arts. 1º, 8º y cc). II) Que son deberes y atribuciones de la Junta Electoral Municipal oficializar y registrar las listas de candidatos municipales (art. 145 inc. 8 C.O.M. y art. 9 Código Electoral Municipal Ord. 12.061). III) Que la Lista de Candidatos para Intendente, Viceintendente, Concejales Titulares y Suplentes, Miembros del Tribunal de Cuentas Titulares y Suplentes fue presentada en tiempo y forma. IV)  Que según la presentación y documentación agregada, se comprobó el correcto cumplimiento de los requisitos extrínsecos que exige la normativa local para los cargos de que se trata (artículos 96, 65 y 106 y cc. todos de la CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL). V) Que de igual modo, se verificó por ésta, el respeto de la proporción impuesta por el artículo 7 del Código Electoral Municipal – Ord. 12.061. VI) Que de las declaraciones juradas presentadas por cada uno de los candidatos a los cargos electivos en la candidatura que pretenden, refrendadas por el apoderado, surge que no se encuentran comprendidos o incursos en las inhabilidades e incompatibilidades que prevén los arts. 69, 70, 71, 97 y 106 de la C.O.M en concordancia con los artículos 11 de la ley 9.571 y Código Electoral Municipal  – Ordenanza 12.061, para el cargo que se postulan. VII) Que para los cargos electivos de Intendente y Viceintendente se ha cumplido con lo normado por el art. 96 inc. 3 C.O.M. y para los cargos electivos de concejales se ha cumplido con lo normado por el art. 65 inc. 3 de igual cuerpo legal y para los miembros del Tribunal de Cuentas con lo dispuesto en el art. 106 C.O.M.. VIII) Que acorde a lo previsto por el art. 64 en concordancia con lo establecido por el art. 155 de la C.O.M.  se ha cumplido plenamente con la presentación formulada, referente al número de candidatos propuestos para la oficialización de los cargos electivos legislativos al Honorable Concejo Deliberante: con un total de NUEVE (9) candidatos como titulares y NUEVE (9) suplentes. IX) Que en cuanto a los candidatos a Tribunos de Cuentas, también resulta correcto el número de postulantes al Tribunal de Cuentas, compuesto de TRES (3) miembros titulares y TRES (3) miembros suplentes, todo de acuerdo a lo establecido por el art. 105 en concordancia con lo establecido por el art. 155 de la C.O.M. X) Que corresponde proceder a la Oficialización de la Lista de Candidatos del PARTIDO UNIÓN POPULAR FEDERAL, en base a lo dispuesto por el art. 9 de la Ord. 12.061 y demás normativa vigente. Por todo lo expuesto, y por las disposiciones legales citadas, esta Junta Electoral Municipal, RESUELVE: I) Tener como apoderado del PARTIDO UNIÓN POPULAR FEDERAL a DOMINA Antonio Alberto DNI 12.413.231. II) OFICIALIZAR LA LISTA DE CANDIDATOS A INTENDENTE, VICEINTENDENTE, CONCEJALES TITULARES Y SUPLENTES, MIEMBROS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS TITULARES Y SUPLENTES para las elecciones municipales del 17/09/2023, la cual está integrada por la siguiente nómina de candidatos: INTENDENTE: MOREYRAS Víctor Hugo DNI 17.780.732; VICEINTENDENTE: IRUSTA Paola Vanesa DNI 33.164.649; CONCEJALES TITULARES: 1º) MOREYRAS Víctor Hugo DNI 17.780.732; 2º) IRUSTA Paola Vanesa DNI 33.164.649; 3º) DEL PRETTE Mariano Ezequiel DNI 31.947.042; 4º) MAZZUCCO TURCHI Franco Enrique DNI 33.411.096; 5º) RUGANI Sergio Eduardo DNI 14.784.838; 6º) BEAS Priscila Soledad DNI 40.030.148; 7º) JAIR Lorena Yasmín DNI 25.929.314; 8°) ORTEGA Carla Marilyn DNI 35.471.150; 9º) CHILIFONE Ricardo Marcelo DNI 31.087.375; CONCEJALES SUPLENTES: 1º) CARRANZA IGLESIAS Gonzalo Agustín Alejandro DNI 43.604.491; 2º) RAMPULLA Diego Fabián DNI 24.857.708; 3°) CARRANZA Rubén Darío DNI 27.840.759; 4°) IGLESIAS Paula Andrea Elizabeth DNI 27.840.629; 5º) OVIEDO Sabrina Jacqueline DNI 41.467.622; 6º) CAMPAGNA Vanesa Soledad DNI 31.556.515; 7º) OLMEDO Leonardo Andrés DNI 30.309.805; 8º) IGLESIAS Natalia Alejandra Soledad DNI 30.772.442; 9º) OVIEDO Juan Marcelo DNI 24.857.128; MIEMBROS TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) COLAUTTI Patricia Carina DNI 25.525.284; 2º) BEAS Andrés Antonio DNI 22.352.797; 3º) MAEGAARD María Bernarda DNI 28.186.576; MIEMBROS SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) HERRERA Marianela Isabel DNI 46.035.954; 2º) OYOLA Agustina Abigail DNI 45.353.360; 3°) GODOY María Agustina Guadalupe DNI 42.861.137. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.-

 

RESOLUCIÓN Nº 16 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 15 de agosto de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y el Expediente Nº 4 caratulado “PARTIDO DEMÓCRATA – SOLICITA OFICIALIZACIÓN DE LISTA DE CANDIDATOS” iniciado a los fines de la oficialización de Lista de precandidatos a Intendente, Viceintendente, Concejales titulares y suplentes, Miembros del Tribunal de Cuentas titulares y suplentes para las elecciones de autoridades municipales de la ciudad de Alta Gracia en base a lo dispuesto por la Junta Electoral Municipal en Resolución Número 5 de fecha 30/06/2023 que establece la fecha tope de presentación de listas de candidatos y los requisitos que debe cumplir tal solicitud. Que a fs. 12 de dichos actuados comparece el Sr. Ignacio Javier Llarens DNI 29.609.396, en carácter de apoderado del  Partido Demócrata y designa apoderado local a los fines electorales a Duilio Andrés Cabanillas DNI 24.598.375, fijando domicilio legal. Que a fs. 24/25 se presenta solicitando Oficialización de Lista de Candidatos de la fuerza política que representa. Que se acompaña la siguiente Lista de Candidatos: INTENDENTE: CUFFA Edgardo Darío DNI 24.912.086; VICEINTENDENTE: CANTU María Eugenia DNI 31.807.505; CONCEJALES TITULARES: 1º) CUFFA Edgardo Darío DNI 24.912.086; 2º) CABANILLAS Duilio Andrés DNI 24.598.375; 3º) MACCARI Evangelina DNI 25.929.627; 4º) SANTAMARIA Liliana Rosa DNI 24.196.026; 5º) KOSTECKI Juan Ignacio DNI 40.677.923; 6º) RAMOS Micaela Andrea DNI 38.731.963; 7º) MAYORGA Nahuel Lisandro DNI 41.965.373; 8º) MIGUEZ Estefanía Marisa DNI 31.087.033; 9º) TROGU Pablo Nicolás DNI 36.290.422; CONCEJALES SUPLENTES: 1º) ABADIA Mariana Elizabeth DNI 38.731.971; 2º) LAUDANO Maximiliano Alberto DNI 34.472.987; 3º) RODRIGUEZ OYOLA Constanza DNI 41.246.011; 4º) BARRANDEGUY Horacio Alejo DNI 13.384.740; 5º) LANNOO Lucrecia DNI 29.116.043; 6º) ALMADA GARCIA Francisco Iñaki DNI 43.604.444; 7º) TERRENO María Celeste DNI 25.929.403; 8º) MORA Carlos Miguel DNI 27.761.798; 9º) CABRAL Valeria Victoria DNI 36.455.377; MIEMBROS TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) CEBALLOS QUAGLIATO Germán DNI 21.400.465; 2º) ROJOS Mónica María Ana DNI 26.496.569; 3º) GARCIA RODRIGUEZ Daniel Rodolfo DNI 26.350.211; MIEMBROS SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) LOPEZ María Isabel DNI 12.035.238; 2º) CARMINATI Martin Augusto DNI 25.581.434; 3º) LOPEZ Nélida Noemí DNI 5.219.739. Que a fs. 37 a 114 inclusive de autos se adjuntan declaración bajo fe de juramento y aceptación de cargo con más fotocopias de los documentos de identidad de cada uno de los candidatos mencionados. Que a fs. 28/29 se acompaña Acta de Proclamación de Candidatos y a fs. 26/27 plataforma electoral. Pasan a despacho para resolver. Y CONSIDERANDO: I) Que se encuentra debidamente acreditada y vigente a la fecha la Personería Jurídico Política del Partido Demócrata mediante certificado expedido por el Juzgado Electoral Provincial de Córdoba dictado en los autos caratulados “PARTIDO DEMÓCRATA – RECONOCIMIENTO JURÍDICO POLÍTICO PROVINCIAL” (Expte. 1431207) otorgada mediante Auto Nº 261 de fecha 20 de agosto de 1999, asignándosele el número de identificación “P180”, obrante a fs. 17 de los presentes actuados en concordancia con informe del Juzgado Electoral de la Provincia de Córdoba. Que asimismo y según dicho certificado revisten la calidad de apoderados para actuar Ignacio Javier Llarens y Ernesto Sami Gazal. Que en el marco de lo dispuesto por la Ley 9.571, todo trámite, participación y presentación por ante ésta y a los fines que nos ocupa,  ha sido refrendado por el apoderado local Sr. Duilio Andrés Cabanillas, quien resulta  responsable de la veracidad de lo expuesto en las presentaciones y respectivas documentaciones; atento a que el Partido Político que representa  conforma una expresión auténtica de la vida política; de la democracia republicana y representativa, e instrumentos naturales de participación electoral (ley 9.572 arts. 1º, 8º y cc). II) Que son deberes y atribuciones de la Junta Electoral Municipal oficializar y registrar las listas de candidatos municipales (art. 145 inc. 8 C.O.M. y art. 9 Código Electoral Municipal Ord. 12.061). III) Que la Lista de Candidatos para Intendente, Viceintendente, Concejales Titulares y Suplentes, Miembros del Tribunal de Cuentas Titulares y Suplentes fue presentada en tiempo y forma. IV)  Que según la presentación y documentación agregada, se comprobó el correcto cumplimiento de los requisitos extrínsecos que exige la normativa local para los cargos de que se trata (artículos 96, 65 y 106 y cc. todos de la CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL). V) Que de igual modo, se verificó por ésta, el respeto de la proporción impuesta por el artículo 7 del Código Electoral Municipal – Ord. 12.061. VI) Que de las declaraciones juradas presentadas por cada uno de los candidatos a los cargos electivos en la candidatura que pretenden, refrendadas por el apoderado local, surge que no se encuentran comprendidos o incursos en las inhabilidades e incompatibilidades que prevén los arts. 69, 70, 71, 97 y 106 de la C.O.M en concordancia con los artículos 11 de la ley 9.571 y Código Electoral Municipal  – Ordenanza 12.061, para el cargo que se postulan. VII) Que para los cargos electivos de Intendente y Viceintendente se ha cumplido con lo normado por el art. 96 inc. 3 C.O.M. y para los cargos electivos de concejales se ha cumplido con lo normado por el art. 65 inc. 3 de igual cuerpo legal y para los miembros del Tribunal de Cuentas con lo dispuesto en el art. 106 C.O.M.. VIII) Que acorde a lo previsto por el art. 64 en concordancia con lo establecido por el art. 155 de la C.O.M. se ha cumplido plenamente con la presentación formulada, referente al número de candidatos propuestos para la oficialización de los cargos electivos legislativos al Honorable Concejo Deliberante: con un total de NUEVE (9) candidatos como titulares y NUEVE (9) suplentes. IX) Que en cuanto a los candidatos a Tribunos de Cuentas, también resulta correcto el número de postulantes al Tribunal de Cuentas, compuesto de TRES (3) miembros titulares y TRES (3) miembros suplentes, todo de acuerdo a lo establecido por el art. 105 en concordancia con lo establecido por el art. 155 de la C.O.M. X) Que corresponde proceder a la Oficialización de la Lista de Candidatos del Partido Demócrata, en base a lo dispuesto por el art. 9 de la Ord. 12.061 y demás normativa vigente. Por todo lo expuesto, y por las disposiciones legales citadas, esta Junta Electoral Municipal, RESUELVE: I) Tener como apoderado local del PARTIDO DEMÓCRATA al Sr. Duilio Andrés Cabanillas DNI 24.598.375. II) OFICIALIZAR LA LISTA DE CANDIDATOS A INTENDENTE, VICEINTENDENTE, CONCEJALES TITULARES Y SUPLENTES, MIEMBROS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS TITULARES Y SUPLENTES para las elecciones municipales del 17/09/2023, la cual está integrada por la siguiente nómina de candidatos: INTENDENTE: CUFFA Edgardo Darío DNI 24.912.086 VICEINTENDENTE: CANTU María Eugenia DNI 31.807.505; CONCEJALES TITULARES: 1º) CUFFA Edgardo Darío DNI 24.912.086; 2º) CABANILLAS Duilio Andrés DNI 24.598.375; 3º) MACCARI Evangelina DNI 25.929.627; 4º) SANTAMARIA Liliana Rosa DNI 24.196.026; 5º) KOSTECKI Juan Ignacio DNI 40.677.923; 6º) RAMOS Micaela Andrea DNI 38.731.963; 7º) MAYORGA Nahuel Lisandro DNI 41.965.373; 8º) MIGUEZ Estefanía Marisa DNI 31.087.033; 9º) TROGU Pablo Nicolás DNI 36.290.422; CONCEJALES SUPLENTES: 1º) ABADIA Mariana Elizabeth DNI 38.731.971; 2º) LAUDANO Maximiliano Alberto DNI 34.472.987; 3º) RODRIGUEZ OYOLA Constanza DNI 41.246.011; 4º) BARRANDEGUY Horacio Alejo DNI 13.384.740; 5º) LANNOO Lucrecia DNI 29.116.043; 6º) ALMADA GARCIA Francisco Iñaki DNI 43.604.444; 7º) TERRENO María Celeste DNI 25.929.403; 8º) MORA Carlos Miguel DNI 27.761.798; 9º) CABRAL Valeria Victoria DNI 36.455.377; MIEMBROS TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) CEBALLOS QUAGLIATO Germán DNI 21.400.465; 2º) ROJOS Mónica María Ana DNI 26.496.569; 3º) GARCIA RODRIGUEZ Daniel Rodolfo DNI 26.350.211; MIEMBROS SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) LOPEZ María Isabel DNI 12.035.238; 2º) CARMINATI Martin Augusto DNI 25.581.434; 3º) LOPEZ Nélida Noemí DNI 5.219.739. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.-

 

 

RESOLUCIÓN Nº 15 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 15 de agosto de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y el Expediente Nº 11 caratulado “ENCUENTRO VECINAL CORDOBA – SOLICITA OFICIALIZACIÓN DE LISTA DE CANDIDATOS” iniciado a los fines de la oficialización de Lista de precandidatos a Intendente, Viceintendente, Concejales titulares y suplentes, Miembros del Tribunal de Cuentas titulares y suplentes para las elecciones de autoridades municipales de la ciudad de Alta Gracia en base a lo dispuesto por la Junta Electoral Municipal en Resolución Número 5 de fecha 30/06/2023 que establece la fecha tope de presentación de listas de candidatos y los requisitos que debe cumplir tal solicitud. Que a fs. 2 de dichos actuados comparece el Dr. Álvaro Zamora Consigli, DNI 34.247.765, en carácter de apoderado general del Partido Encuentro Vecinal Córdoba y designa apoderado local a los fines electorales al Sr. Santos Ruarte Moyano, DNI 31.807.430, fijando domicilio legal. Que a fs. 2 se presenta solicitando Oficialización de Lista de Candidatos de la fuerza política que representa. Que se acompaña la siguiente Lista de Candidatos: INTENDENTE: RUARTE MOYANO Juan Pablo DNI 37.165.892, VICEINTENDENTE: SUELDO PAEZ Verónica Alejandra DNI 27.955.947; CONCEJALES TITULARES: 1º) SUELDO PAEZ Verónica Alejandra DNI 27.955.947; 2º) RUARTE MOYANO Juan Pablo DNI 37.165.892; 3º) LIENDO Gabriela Andrea DNI 25.208.230; 4º) AMESTOY Juan Luis DNI 14.222.263; 5º) LUCERO Alicia del Carmen DNI 6.647.473; 6º) BONCIOLINI Nicolás DNI 38.109.310; 7º) GRANADO TREJO Silvia Edith DNI 23.536.568; 8º) CONTRERA Javier Mauricio DNI 37.616.165; 9º) PASSERA Sabrina Vanesa DNI 34.575.336; CONCEJALES SUPLENTES: 1º) ZALAZAR José Félix DNI 24.226.814; 2º) VELARDE Vanesa Gabriela DNI 22.774.539; 3º) PROCICHIANI Matías Gabriel DNI 31.368.053; 4º) LUDUEÑA Analia Victoria DNI 26.484.576; 5º) DOMINGUEZ Oscar Edgardo DNI 24.849.860; 6º) PEREYRA Dora Valeria del Valle DNI 25.368.834; 7º) SALAFRANQUE Beatriz Alicia DNI 11.574.590; 8º) HEREDIA Elsa Beatriz DNI 18.471.168; 9º) PICCO Pablo Gustavo DNI 18.548.628; MIEMBROS TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) RUARTE MOYANO Santos DNI 31.807.430; 2º) ACUÑA Fabiana María DNI 16.119.055; 3º) TRAGGIAY Marcelo Raúl DNI 20.256.304; MIEMBROS SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) VELLA Víctor Manuel DNI 28.771.960; 2º) NESELIS Adriana Marina DNI 16.452.357; 3º) D´AMICO Marcos Luciano DNI 30.111.405. Que a fs. 9 a 60 inclusive de autos se adjuntan declaración bajo fe de juramento y aceptación de cargo con más fotocopias de los documentos de identidad de cada uno de los candidatos mencionados. Que a fs. 4/5 se acompaña Acta de Proclamación de Candidatos y a fs. 6 a 8 plataforma electoral. Pasan a despacho para resolver. Y CONSIDERANDO: I) Que se encuentra debidamente acreditada y vigente a la fecha la Personería Jurídico Política de partido Encuentro Vecinal Córdoba mediante certificado expedido por el Juzgado Electoral Provincial de Córdoba dictado en los autos caratulados “ENCUENTRO VECINAL CORDOBA – RECONOCIMIENTO JURÍDICO POLÍTICO PROVINCIAL” (Expte. 1434647) otorgada mediante Auto Nº 341 de fecha 14 de junio del año 2011, asignándosele el número de identificación “P217”, obrante a fs. 3 de los presentes actuados en concordancia con informe del Juzgado Electoral de la Provincia de Córdoba. Que asimismo y según dicho certificado revisten la calidad de apoderados para actuar a Goldszer Agustín Ezequiel, Zamora Consigli Álvaro y Orgaz César Augusto. Que en el marco de lo dispuesto por la Ley 9.571, todo trámite, participación y presentación por ante ésta y a los fines que nos ocupa,  ha sido refrendado por el apoderado local Sr. Santos Ruarte Moyan, quien resulta  responsable de la veracidad de lo expuesto en las presentaciones y respectivas documentaciones; atento a que el Partido Político que representa  conforma una expresión auténtica de la vida política; de la democracia republicana y representativa, e instrumentos naturales de participación electoral (ley 9.572 arts. 1º, 8º y cc). II) Que son deberes y atribuciones de la Junta Electoral Municipal oficializar y registrar las listas de candidatos municipales (art. 145 inc. 8 C.O.M. y art. 9 Código Electoral Municipal Ord. 12.061). III) Que la Lista de Candidatos para Intendente, Viceintendente, Concejales Titulares y Suplentes, Miembros del Tribunal de Cuentas Titulares y Suplentes fue presentada en tiempo y forma. IV)  Que según la presentación y documentación agregada, se comprobó el correcto cumplimiento de los requisitos extrínsecos que exige la normativa local para los cargos de que se trata (artículos 96, 65 y 106 y cc. todos de la CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL). V) Que de igual modo, se verificó por ésta, el respeto de la proporción impuesta por el artículo 7 del Código Electoral Municipal – Ord. 12.061. VI) Que de las declaraciones juradas presentadas por cada uno de los candidatos a los cargos electivos en la candidatura que pretenden, refrendadas por el apoderado local, surge que no se encuentran comprendidos o incursos en las inhabilidades e incompatibilidades que prevén los arts. 69, 70, 71, 97 y 106 de la C.O.M en concordancia con los artículos 11 de la ley 9.571 y Código Electoral Municipal  – Ordenanza 12.061, para el cargo que se postulan. VII) Que para los cargos electivos de Intendente y Viceintendente se ha cumplido con lo normado por el art. 96 inc. 3 C.O.M. y para los cargos electivos de concejales se ha cumplido con lo normado por el art. 65 inc. 3 de igual cuerpo legal y para los miembros del Tribunal de Cuentas con lo dispuesto en el art. 106 C.O.M.. VIII) Que acorde a lo previsto por el art. 64 en concordancia con lo establecido por el art. 155 de la C.O.M.  se ha cumplido plenamente con la presentación formulada, referente al número de candidatos propuestos para la oficialización de los cargos electivos legislativos al Honorable Concejo Deliberante: con un total de NUEVE (9) candidatos como titulares y NUEVE (9) suplentes. IX) Que en cuanto a los candidatos a Tribunos de Cuentas, también resulta correcto el número de postulantes al Tribunal de Cuentas, compuesto de TRES (3) miembros titulares y TRES (3) miembros suplentes, todo de acuerdo a lo establecido por el art. 105 en concordancia con lo establecido por el art. 155 de la C.O.M. X) Que corresponde proceder a la Oficialización de la Lista de Candidatos del Partido Encuentro Vecinal Córdoba, en base a lo dispuesto por el art. 9 de la Ord. 12.061 y demás normativa vigente. Por todo lo expuesto, y por las disposiciones legales citadas, esta Junta Electoral Municipal, RESUELVE: I) Tener como apoderado local del PARTIDO ENCUENTRO VECINAL CÓRDOBA al Sr. Santos Ruarte Moyano DNI 31.807.430. II) OFICIALIZAR LA LISTA DE CANDIDATOS A INTENDENTE, VICEINTENDENTE, CONCEJALES TITULARES Y SUPLENTES, MIEMBROS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS TITULARES Y SUPLENTES para las elecciones municipales del 17/09/2023, la cual está integrada por la siguiente nómina de candidatos: INTENDENTE: RUARTE MOYANO Juan Pablo DNI 37.165.892, VICEINTENDENTE: SUELDO PAEZ Verónica Alejandra DNI 27.955.947; CONCEJALES TITULARES: 1º) SUELDO PAEZ Verónica Alejandra DNI 27.955.947; 2º) RUARTE MOYANO Juan Pablo DNI 37.165.892; 3º) LIENDO Gabriela Andrea DNI 25.208.230; 4º) AMESTOY Juan Luis DNI 14.222.263; 5º) LUCERO Alicia del Carmen DNI 6.647.473; 6º) BONCIOLINI Nicolás DNI 38.109.310; 7º) GRANADO TREJO Silvia Edith DNI 23.536.568; 8º) CONTRERA Javier Mauricio DNI 37.616.165; 9º) PASSERA Sabrina Vanesa DNI 34.575.336; CONCEJALES SUPLENTES: 1º) ZALAZAR José Félix DNI 24.226.814; 2º) VELARDE Vanesa Gabriela DNI 22.774.539; 3º) PROCICHIANI Matías Gabriel DNI 31.368.053; 4º) LUDUEÑA Analia Victoria DNI 26.484.576; 5º) DOMINGUEZ Oscar Edgardo DNI 24.849.860; 6º) PEREYRA Dora Valeria del Valle DNI 25.368.834; 7º) SALAFRANQUE Beatriz Alicia DNI 11.574.590; 8º) HEREDIA Elsa Beatriz DNI 18.471.168; 9º) PICCO Pablo Gustavo DNI 18.548.628; MIEMBROS TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) RUARTE MOYANO Santos DNI 31.807.430; 2º) ACUÑA Fabiana María DNI 16.119.055; 3º) TRAGGIAY Marcelo Raúl DNI 20.256.304; MIEMBROS SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) VELLA Víctor Manuel DNI 28.771.960; 2º) NESELIS Adriana Marina DNI 16.452.357; 3º) D´AMICO Marcos Luciano DNI 30.111.405. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.-

 

RESOLUCIÓN Nº 14 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 15 de agosto de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y el Expediente Nº 12 caratulado “ALIANZA HACEMOS UNIDOS POR CÓRDOBA – SOLICITA OFICIALIZACIÓN DE LISTA DE CANDIDATOS” iniciado a los fines de la oficialización de Lista de candidatos a Intendente, Viceintendente, Concejales titulares y suplentes, Miembros del Tribunal de Cuentas titulares y suplentes para las elecciones de autoridades municipales de la ciudad de Alta Gracia en base a lo dispuesto por la Junta Electoral Municipal en Resolución Número 5 de fecha 30/06/2023 que establece la fecha tope de presentación de listas de candidatos y los requisitos que debe cumplir tal solicitud. Que a fs. 4/5 de dichos actuados comparece el Sr. Domingo Ángel Carbonetti (h) y el Sr. Ramiro J. Sánchez en carácter de apoderados comunes de la Alianza y designan como apoderado local al Sr. Mauro Esteban Proto DNI 29.189.470 a los fines electorales, fijando domicilio legal. Que a fs. 4 y siguientes se presenta solicitando Oficialización de Lista de Candidatos de la fuerza política que representa. Que se acompaña la siguiente Lista de Candidatos: INTENDENTE: TORRES LIMA Marcos DNI 29.714.567; VICEINTENDENTE: DE NAPOLI Jorge Sergio DNI 17.115.165; CONCEJALES TITULARES: 1º) TORRES LIMA Marcos DNI 29.714.567; 2º) GONZÁLEZ Lara Virginia DNI 25.581.200; 3º) ORTIZ Pablo Marcos DNI 24.196.356; 4º) SILVA PEREYRA Duilio David DNI 31.087.185; 5º) SOLER Pablo Alberto DNI 25.581.162; 6º) OLSINA Consuelo DNI 36.119.814; 7º) AGAZZI Marcelo DNI 23.871.177; 8°) MONDAINI Alma Daniela DNI 28.687.518; 9º) BLANCO María Laura DNI 34.490.527; CONCEJALES SUPLENTES: 1º) MOLINA Moira Beatriz DNI 26.350.139; 2º) GENNA Giuliana Ailen DNI 38.886.041; 3°) RODRÍGUEZ Aldana Micaela DNI 38.109.362; 4°) ASÚA Saira Verónica DNI 37.873.847; 5º) BEVAN Joaquín Camilo DNI 37.165.830; 6º) FERREYRA BRACALI Emiliano Ernesto DNI 35.471.000; 7º) VAZQUEZ Lautaro DNI 42.695.740; 8º) ARANA TOLEDO Milena Guadalupe DNI 40.772.686; 9º) GOROSITO Tiziana Jael DNI 44.587.985; MIEMBROS TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) CUGNO Martín Nicolás DNI 26.350.279; 2º) BENGOLEA Federico Matías DNI 28.698.596; 3º) AMIUNE María Eugenia DNI 31.087.396; MIEMBROS SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) LEDESMA Daniel Alejandro DNI 32.572.400; 2º) HEREDIA Valeria Natali DNI 32.279.771; 3°) PINCIROLI Ana Carolina DNI 24.196.373. Que a fs. 9 a 60 inclusive de autos se adjuntan declaración bajo fe de juramento y aceptación de cargo con más fotocopias de los documentos de identidad de cada uno de los candidatos mencionados. Que a fs. 6/7 se acompaña Acta de Proclamación de Candidatos y a fs. 8 plataforma electoral. Pasan a despacho para resolver. Y CONSIDERANDO: I) Que se encuentra debidamente acreditada y vigente a la fecha la Personería Jurídico Política de la ALIANZA ELECTORAL “HACEMOS UNIDOS POR CÓRDOBA” otorgada mediante Auto Interlocutorio Nº 814 año 2023 (21/7/23 – Tomo 5 Folio 1451-1452) dictado por el Juzgado Electoral Provincial de Córdoba en los autos caratulados “HACEMOS UNIDOS POR CÓRDOBA – RECONOCIMIENTO JURÍDICO POLÍTICO ALIANZA ELECTORAL PROVINCIAL” (Expte. Nº 12119230), asignándosele el número de identificación “A601”, obrante a fs. 2/3 de los presentes actuados en concordancia con informe del Juzgado Electoral de la Provincia de Córdoba. Que asimismo y según dicho Auto revisten la calidad de apoderados comunes para actuar Domingo Ángel Carbonetti y Ramiro Jesús Sánchez. Que en el marco de lo dispuesto por la Ley 9.571, todo trámite, participación y presentación por ante ésta y a los fines que nos ocupa,  ha sido refrendado por el apoderado local Mauro Esteban Proto DNI 29.189.470 quien resulta  responsable de la veracidad de lo expuesto en las presentaciones y respectivas documentaciones; atento a que la Alianza que representa conforma una expresión auténtica de la vida política; de la democracia republicana y representativa, e instrumentos naturales de participación electoral (ley 9.572 arts. 1º, 8º y cc). II) Que son deberes y atribuciones de la Junta Electoral Municipal oficializar y registrar las listas de candidatos municipales (art. 145 inc. 8 C.O.M. y art. 9 Código Electoral Municipal Ord. 12.061). III) Que la Lista de Candidatos para Intendente, Viceintendente, Concejales Titulares y Suplentes, Miembros del Tribunal de Cuentas Titulares y Suplentes fue presentada en tiempo y forma. IV)  Que según la presentación y documentación agregada, se comprobó el correcto cumplimiento de los requisitos extrínsecos que exige la normativa local para los cargos de que se trata (artículos 96, 65 y 106 y cc. todos de la CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL). V) Que de igual modo, se verificó por ésta, el respeto de la proporción impuesta por el artículo 7 del Código Electoral Municipal – Ord. 12.061. VI) Que de las declaraciones juradas presentadas por cada uno de los candidatos a los cargos electivos en la candidatura que pretenden, refrendadas por el apoderado local, surge que no se encuentran comprendidos o incursos en las inhabilidades e incompatibilidades que prevén los arts. 69, 70, 71, 97 y 106 de la C.O.M en concordancia con los artículos 11 de la ley 9.571 y Código Electoral Municipal  – Ordenanza 12.061, para el cargo que se postulan. VII) Que para los cargos electivos de Intendente y Viceintendente se ha cumplido con lo normado por el art. 96 inc. 3 C.O.M. y para los cargos electivos de concejales se ha cumplido con lo normado por el art. 65 inc. 3 de igual cuerpo legal y para los miembros del Tribunal de Cuentas con lo dispuesto en el art. 106 C.O.M.. VIII) Que acorde a lo previsto por el art. 64 en concordancia con lo establecido por el art. 155 de la C.O.M.  se ha cumplido plenamente con la presentación formulada, referente al número de candidatos propuestos para la oficialización de los cargos electivos legislativos al Honorable Concejo Deliberante: con un total de NUEVE (9) candidatos como titulares y NUEVE (9) suplentes. IX) Que en cuanto a los candidatos a Tribunos de Cuentas, también resulta correcto el número de postulantes al Tribunal de Cuentas, compuesto de TRES (3) miembros titulares y TRES (3) miembros suplentes, todo de acuerdo a lo establecido por el art. 105 en concordancia con lo establecido por el art. 155 de la C.O.M. X) Que corresponde proceder a la Oficialización de la Lista de Candidatos de la ALIANZA ELECTORAL HACEMOS UNIDOS POR CÓRDOBA, en base a lo dispuesto por el art. 9 de la Ord. 12.061 y demás normativa vigente. Por todo lo expuesto, y por las disposiciones legales citadas, esta Junta Electoral Municipal, RESUELVE: I) Tener como apoderado local de la ALIANZA ELECTORAL HACEMOS UNIDOS POR CÓRDOBA al Sr. Mauro Esteban Proto DNI 29.189.470. II) OFICIALIZAR LA LISTA DE CANDIDATOS A INTENDENTE, VICEINTENDENTE, CONCEJALES TITULARES Y SUPLENTES, MIEMBROS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS TITULARES Y SUPLENTES para las elecciones municipales del 17/09/2023, la cual está integrada por la siguiente nómina de candidatos: INTENDENTE: TORRES LIMA Marcos DNI 29.714.567; VICEINTENDENTE: DE NAPOLI Jorge Sergio DNI 17.115.165; CONCEJALES TITULARES: 1º) TORRES LIMA Marcos DNI 29.714.567; 2º) GONZÁLEZ Lara Virginia DNI 25.581.200; 3º) ORTIZ Pablo Marcos DNI 24.196.356; 4º) SILVA PEREYRA Duilio David DNI 31.087.185; 5º) SOLER Pablo Alberto DNI 25.581.162;6º) OLSINA Consuelo DNI 36.119.814; 7º) AGAZZI Marcelo DNI 23.871.177; 8°) MONDAINI Alma Daniela DNI 28.687.518; 9º) BLANCO María Laura DNI 34.490.527; CONCEJALES SUPLENTES: 1º) MOLINA Moira Beatriz DNI 26.350.139; 2º) GENNA Giuliana Ailen DNI 38.886.041; 3°) RODRÍGUEZ Aldana Micaela DNI 38.109.362; 4°) ASÚA Saira Verónica DNI 37.873.847; 5º) BEVAN Joaquín Camilo DNI 37.165.830; 6º) FERREYRABRACALI Emiliano Ernesto DNI 35.471.000; 7º) VAZQUEZ Lautaro DNI 42.695.740; 8º) ARANA TOLEDO Milena Guadalupe DNI 40.772.686; 9º) GOROSITO Tiziana Jael DNI 44.587.985; MIEMBROS TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) CUGNO Martín Nicolás DNI 26.350.279; 2º) BENGOLEA Federico Matías DNI 28.698.596; 3º) AMIUNE María Eugenia DNI 31.087.396; MIEMBROS SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) LEDESMA Daniel Alejandro DNI 32.572.400; 2º) HEREDIA Valeria Natali DNI 32.279.771; 3°) PINCIROLI Ana Carolina DNI 24.196.373. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.-

 

RESOLUCIÓN Nº 13 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 15 de agosto de 2023.-

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”, y el Expediente Nº 14 caratulado “ALIANZA JUNTOS POR ALTA GRACIA – SOLICITA OFICIALIZACIÓN DE LISTA DE CANDIDATOS” iniciado a los fines de la oficialización de Lista de candidatos a Intendente, Viceintendente, Concejales titulares y suplentes, Miembros del Tribunal de Cuentas titulares y suplentes para las elecciones de autoridades municipales de la ciudad de Alta Gracia en base a lo dispuesto por la Junta Electoral Municipal en Resolución Número 5 de fecha 30/06/2023 que establece la fecha tope de presentación de listas de candidatos y los requisitos que debe cumplir tal solicitud. Que a fs. 2/3 de dichos actuados comparecen los Sres. GONZÁLEZ Ricardo Mario DNI 20.867.789 y VERA TERNASKY Mariano Gabriel DNI 40.419.604 en carácter de apoderados comunes a los fines electorales, fijando domicilio y solicitan Oficialización de Lista de Candidatos de la fuerza política que representan. Que se acompaña la siguiente Lista de Candidatos: INTENDENTE: GONZÁLEZ Ricardo Mario DNI 20.867.789; VICEINTENDENTE: CAMMISA Marcelo DNI 16.410.119; CONCEJALES TITULARES: 1º) GONZÁLEZ Ricardo Mario DNI 20.867.789; 2º) EVANGELISTA Gabriela Irene DNI 23.536.922; 3º) GUARDABASSI Juan Pablo DNI 31.807.509; 4º) DIPP María Delia DNI 30.125.160; 5º) ARES SILVERA Roberto Nicolás DNI 25.388.022; 6º) BASTAN Ana Isabel DNI 17.511.461; 7º) GONZÁLEZ Gustavo Roberto DNI 20.216.294; 8°) GONZÁLEZ Paola Karina DNI 24.857.506; 9º) SOSA Pablo Mariano DNI 27.362.197; CONCEJALES SUPLENTES: 1º) DOMÍNGUEZ Sara Lidia DNI 12.838.710; 2º) DOMÍNGUEZ RIVERA Aarón Ismael DNI 39.736.054; 3°) HOUSSEINI Roxana Inés DNI 31.087.420; 4°) LÓPEZ José Luis DNI 14.784.932; 5º) GASTÓN Adriana Maricel DNI 24.598.030; 6º) FILLOY Javier Alejandro DNI 43.812.293; 7º) LUCA María Cristina DNI 10.544.858; 8º) FERREYRA Juan Pablo DNI 42.184.477; 9º) AZCONA MILANESIO Luciana DNI 38.730.282; MIEMBROS TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) VERA TERNASKY Mariano Gabriel DNI 40.419.604; 2º) FLAMAND Miryam Edith DNI 14.177.325; 3º) STELZER Emanuel Alcides DNI 32.784.759; MIEMBROS SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) MALDONADO María Isabel DNI 14.177.416; 2º) VILAR Leandro Darío DNI 33.592.688; 3°) FUNES Walter Agustín DNI 43.475.702. Que a fs. 10 a 64 inclusive de autos se adjuntan declaración bajo fe de juramento y aceptación de cargo con más fotocopias de los documentos de identidad de cada uno de los candidatos mencionados. Que a fs. 9 se acompaña Acta de Proclamación de Candidatos y a fs. 8 plataforma electoral. Pasan a despacho para resolver. Y CONSIDERANDO: I) Que se encuentra debidamente acreditada y vigente a la fecha la Personería Jurídico Política de la ALIANZA JUNTOS POR ALTA GRACIA mediante Autos Interlocutorios Nº 818 y 829 (rectificatorio) dictados por el Juzgado Electoral Provincial de Córdoba (21/7/23 y 27/7/23 respectivamente) en los autos caratulados “JUNTOS POR ALTA GRACIA – RECONOCIMIENTO JURÍDICO POLÍTICO – ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL” (Expte. Nº 12119198), asignándosele el número de identificación “A511”, obrantes a fs. 4 a 7 de los presentes actuados en concordancia con informe del Juzgado Electoral de la Provincia de Córdoba. Que asimismo y según dicha documental revisten la calidad de apoderados comunes para actuar GONZÁLEZ Ricardo Mario y VERA TERNASKY Mariano Gabriel. Que en el marco de lo dispuesto por la Ley 9.571, todo trámite, participación y presentación por ante ésta y a los fines que nos ocupa, ha sido refrendado por dichos apoderados quienes resultan  responsables de la veracidad de lo expuesto en las presentaciones y respectivas documentaciones; atento a que la Alianza que representan  conforma una expresión auténtica de la vida política; de la democracia republicana y representativa, e instrumentos naturales de participación electoral (ley 9.572 arts. 1º, 8º y cc). II) Que son deberes y atribuciones de la Junta Electoral Municipal oficializar y registrar las listas de candidatos municipales (art. 145 inc. 8 C.O.M. y art. 9 Código Electoral Municipal Ord. 12.061). III) Que la Lista de Candidatos para Intendente, Viceintendente, Concejales Titulares y Suplentes, Miembros del Tribunal de Cuentas Titulares y Suplentes fue presentada en tiempo y forma. IV)  Que según la presentación y documentación agregada, se comprobó el correcto cumplimiento de los requisitos extrínsecos que exige la normativa local para los cargos de que se trata (artículos 96, 65 y 106 y cc. todos de la CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL). V) Que de igual modo, se verificó por ésta, el respeto de la proporción impuesta por el artículo 7 del Código Electoral Municipal – Ord. 12.061. VI) Que de las declaraciones juradas presentadas por cada uno de los candidatos a los cargos electivos en la candidatura que pretenden, refrendadas por los apoderados locales, surge que no se encuentran comprendidos o incursos en las inhabilidades e incompatibilidades que prevén los arts. 69, 70, 71, 97 y 106 de la C.O.M en concordancia con los artículos 11 de la ley 9.571 y Código Electoral Municipal  – Ordenanza 12.061, para el cargo que se postulan. VII) Que para los cargos electivos de Intendente y Viceintendente se ha cumplido con lo normado por el art. 96 inc. 3 C.O.M. y para los cargos electivos de concejales se ha cumplido con lo normado por el art. 65 inc. 3 de igual cuerpo legal y para los miembros del Tribunal de Cuentas con lo dispuesto en el art. 106 C.O.M.. VIII) Que acorde a lo previsto por el art. 64 en concordancia con lo establecido por el art. 155 de la C.O.M.  se ha cumplido plenamente con la presentación formulada, referente al número de candidatos propuestos para la oficialización de los cargos electivos legislativos al Honorable Concejo Deliberante: con un total de NUEVE (9) candidatos como titulares y NUEVE (9) suplentes. IX) Que en cuanto a los candidatos a Tribunos de Cuentas, también resulta correcto el número de postulantes al Tribunal de Cuentas, compuesto de TRES (3) miembros titulares y TRES (3) miembros suplentes, todo de acuerdo a lo establecido por el art. 105 en concordancia con lo establecido por el art. 155 de la C.O.M. X) Que corresponde proceder a la Oficialización de la Lista de Candidatos de la Alianza Juntos por Alta Gracia, en base a lo dispuesto por el art. 9 de la Ord. 12.061 y demás normativa vigente. Por todo lo expuesto, y por las disposiciones legales citadas, esta Junta Electoral Municipal, RESUELVE: I) Tener como apoderados locales comunes de la Alianza Juntos Por Alta Gracia a GONZÁLEZ Ricardo Mario DNI 20.867.789 y VERA TERNASKY Mariano Gabriel DNI 40.419.604 II) OFICIALIZAR LA LISTA DE CANDIDATOS A INTENDENTE, VICEINTENDENTE, CONCEJALES TITULARES Y SUPLENTES, MIEMBROS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS TITULARES Y SUPLENTES para las elecciones municipales del 17/09/2023, la cual está integrada por la siguiente nómina de candidatos: INTENDENTE: GONZÁLEZ Ricardo Mario DNI 20.867.789; VICEINTENDENTE:CAMMISA Marcelo DNI 16.410.119; CONCEJALES TITULARES: 1º) GONZÁLEZ Ricardo Mario DNI 20.867.789; 2º) EVANGELISTA Gabriela Irene DNI 23.536.922; 3º) GUARDABASSI Juan Pablo DNI 31.807.509; 4º) DIPP María Delia DNI 30.125.160; 5º) ARES SILVERA Roberto Nicolás DNI 25.388.022; 6º) BASTAN Ana Isabel DNI 17.511.461; 7º) GONZÁLEZ Gustavo Roberto DNI 20.216.294; 8°) GONZÁLEZ Paola Karina DNI 24.857.506; 9º) SOSA Pablo Mariano DNI 27.362.197; CONCEJALES SUPLENTES: 1º) DOMÍNGUEZ Sara Lidia DNI 12.838.710; 2º) DOMÍNGUEZ RIVERA Aarón Ismael DNI 39.736.054; 3°) HOUSSEINI Roxana Inés DNI 31.087.420; 4°) LÓPEZ José Luis DNI 14.784.932; 5º) GASTÓN Adriana Maricel DNI 24.598.030; 6º) FILLOY Javier Alejandro DNI 43.812.293;7º) LUCA María Cristina DNI 10.544.858; 8º) FERREYRA Juan Pablo DNI 42.184.477; 9º) AZCONA MILANESIO Luciana DNI 38.730.282; MIEMBROS TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) VERA TERNASKY Mariano Gabriel DNI 40.419.604; 2º) FLAMAND Miryam Edith DNI 14.177.325; 3º) STELZER Emanuel Alcides DNI 32.784.759; MIEMBROS SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) MALDONADO María Isabel DNI 14.177.416; 2º) VILAR Leandro Darío DNI 33.592.688; 3°) FUNES Walter Agustín DNI 43.475.702. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.-

 

RESOLUCIÓN Nº 12 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 15 de agosto de 2023.

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA – 2023”,  y el Expediente Nº 3 caratulado “PARTIDO HUMANISTA – SOLICITA OFICIALIZACIÓN DE LISTA DE CANDIDATOS” iniciado a los fines de la oficialización de Lista de candidatos a Intendente, Viceintendente, Concejales titulares y suplentes, Miembros del Tribunal de Cuentas titulares y suplentes para las elecciones de autoridades municipales de la ciudad de Alta Gracia en base a lo dispuesto por la Junta Electoral Municipal en Resolución Número 5 de fecha 30/06/2023 que establece la fecha tope de presentación de listas de candidatos y los requisitos que debe cumplir tal solicitud. Que a fs. 70 de dichos actuados comparecen el Sr. Claudio Esteban Torres, DNI 14.702.323 y la Sra. María Cristina Vergara, DNI 10.046.920 en carácter de apoderados y designan como apoderados locales a Héctor Humberto Olmedo DNI 21.966.363 (titular) y Héctor Eduardo Andrada DNI 11.977.436 (suplente) a los fines electorales. Que a fs. 17 se presentan solicitando Oficialización de Lista de Candidatos de la fuerza política que representan; fijan domicilio legal. Que se acompaña la siguiente Lista de Candidatos: INTENDENTE: ANDRADA Héctor Eduardo DNI 11.977.436; VICEINTENDENTE: ASPITIA Andrea Gabriela DNI 29.156.480; CONCEJALES TITULARES: 1º) ANDRADA Héctor Eduardo DNI 11.977.436; 2º) ASPITIA Andrea Gabriela DNI 29.156.480; 3º) ERVIDIA Ángel Ricardo DNI 40.772.703; 4º) SORIA María José DNI 25.581.125; 5º) OVIEDO Lucas Gabriel DNI 37.439.146; 6º) RUBIO Flavia Marcelina DNI 33.044.725; 7º) CASTRO Claudio Daniel DNI 34.278.215; 8°) MERLO Mayra Belén DNI 41.116.694; 9º) MEDINA TELLO Brandon Nicolás Daniel DNI 46.453.688; CONCEJALES SUPLENTES: 1º) MOLINA Ivana Mariel DNI 18.804.695; 2º) PAZ Jonatan Ezequiel DNI 36.492.538; 3°) ERVIDIA Katerinne Marianella DNI 39.323.127; 4°) ANDRADA Marcos Caleb DNI 34.441.511; 5º) MEDINA Dominga Aida DNI 13.683.468; 6º) VILLARREAL Miqueas Agustín DNI 42.787.160; 7º) ERVIDIA Carolina Soledad DNI 29.943.174; 8º) CHARRAS Pedro Pablo DNI 22.876.731; 9º) ERVIDIA Gisela Elizabeth DNI 29.002.382; MIEMBROS TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) MANSILLA José Eduardo DNI 22.374.330; 2º) MARIÑO Dayhana Ayelen DNI 39.174.310; 3º) FERREYRA Edgardo DNI 27.673.348; MIEMBROS SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) RAMÍREZ Flavia Valeria DNI 35.085.724; 2º) CASTRO Lucas Antonio DNI 22.597.429; 3°) ROMERO Paola Viviana DNI 29.943.156. Que a fs. 18 a 69 inclusive y a fs. 74/ 75 de autos se adjuntan declaración bajo fe de juramento y aceptación de cargo con más fotocopias de los documentos de identidad de cada uno de los candidatos mencionados. Que a fs. 14/ 15 se acompaña Acta de Proclamación de Candidatos y a fs. 16 plataforma electoral. Pasan a despacho para resolver. Y CONSIDERANDO: I) Que se encuentra debidamente acreditada y vigente a la fecha la Personería Jurídico Política del PARTIDO HUMANISTA mediante certificado expedido por el Juzgado Electoral Provincial de Córdoba (28/7/2023) dictado en los autos caratulados “PARTIDO HUMANISTA S/ RECONOCIMIENTO JURÍDICO POLÍTICO PROVINCIAL” (Expte. Nº 1421648) otorgada mediante Auto Nº 8 de fecha 6/9/1985, asignándosele el número de identificación “P22”, obrante a fs. 12 de los presentes actuados en concordancia con informe del Juzgado Electoral de la Provincia de Córdoba. Que asimismo y según dicho certificado revisten la calidad de apoderados para actuar María Cristina Vergara y Claudio Esteban Torres. Que en el marco de lo dispuesto por la Ley 9.571, todo trámite, participación y presentación por ante ésta y a los fines que nos ocupa,  ha sido refrendado por los apoderados locales Héctor Humberto Olmedo DNI 21.966.363 (titular) y Héctor Eduardo Andrada DNI 11.977.436 (suplente) quienes resultan  responsables de la veracidad de lo expuesto en las presentaciones y respectivas documentaciones; atento a que el Partido Político que representan  conforma una expresión auténtica de la vida política; de la democracia republicana y representativa, e instrumentos naturales de participación electoral (ley 9.572 arts. 1º, 8º y cc). II) Que son deberes y atribuciones de la Junta Electoral Municipal oficializar y registrar las listas de candidatos municipales (art. 145 inc. 8 C.O.M. y art. 9 Código Electoral Municipal Ord. 12.061). III) Que la Lista de Candidatos para Intendente, Viceintendente, Concejales Titulares y Suplentes, Miembros del Tribunal de Cuentas Titulares y Suplentes fue presentada en tiempo y forma. IV)  Que según la presentación y documentación agregada, se comprobó el correcto cumplimiento de los requisitos extrínsecos que exige la normativa local para los cargos de que se trata (artículos 96, 65 y 106 y cc. todos de la CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL). V) Que de igual modo, se verificó por ésta, el respeto de la proporción impuesta por el artículo 7 del Código Electoral Municipal – Ord. 12.061. VI) Que de las declaraciones juradas presentadas por cada uno de los candidatos a los cargos electivos en la candidatura que pretenden, refrendadas por los apoderados locales, surge que no se encuentran comprendidos o incursos en las inhabilidades e incompatibilidades que prevén los arts. 69, 70, 71, 97 y 106 de la C.O.M en concordancia con los artículos 11 de la ley 9.571 y Código Electoral Municipal  – Ordenanza 12.061, para el cargo que se postulan. VII) Que para los cargos electivos de Intendente y Viceintendente se ha cumplido con lo normado por el art. 96 inc. 3 C.O.M. y para los cargos electivos de concejales se ha cumplido con lo normado por el art. 65 inc. 3 de igual cuerpo legal y para los miembros del Tribunal de Cuentas con lo dispuesto en el art. 106 C.O.M.. VIII) Que acorde a lo previsto por el art. 64 en concordancia con lo establecido por el art. 155 de la C.O.M.  se ha cumplido plenamente con la presentación formulada, referente al número de candidatos propuestos para la oficialización de los cargos electivos legislativos al Honorable Concejo Deliberante: con un total de NUEVE (9) candidatos como titulares y NUEVE (9) suplentes. IX) Que en cuanto a los candidatos a Tribunos de Cuentas, también resulta correcto el número de postulantes al Tribunal de Cuentas, compuesto de TRES (3) miembros titulares y TRES (3) miembros suplentes, todo de acuerdo a lo establecido por el art. 105 en concordancia con lo establecido por el art. 155 de la C.O.M. X) Que corresponde proceder a la Oficialización de la Lista de Candidatos del PARTIDO HUMANISTA, en base a lo dispuesto por el art. 9 de la Ord. 12.061 y demás normativa vigente. Por todo lo expuesto, y por las disposiciones legales citadas, esta Junta Electoral Municipal, RESUELVE: I) Tener como apoderados locales del PARTIDO HUMANISTA a Héctor Humberto Olmedo DNI 21.966.363 (titular) y Héctor Eduardo Andrada DNI 11.977.436 (suplente). II) OFICIALIZAR LA LISTA DE CANDIDATOS A INTENDENTE, VICEINTENDENTE, CONCEJALES TITULARES Y SUPLENTES, MIEMBROS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS TITULARES Y SUPLENTES para las elecciones municipales del 17/09/2023, la cual está integrada por la siguiente nómina de candidatos: INTENDENTE: ANDRADA Héctor Eduardo DNI 11.977.436; VICEINTENDENTE: ASPITIA Andrea Gabriela DNI 29.156.480; CONCEJALES TITULARES: 1º) ANDRADA Héctor Eduardo DNI 11.977.436; 2º) ASPITIA Andrea Gabriela DNI 29.156.480; 3º) ERVIDIA Ángel Ricardo DNI 40.772.703; 4º) SORIA María José DNI 25.581.125; 5º) OVIEDO Lucas Gabriel DNI 37.439.146; 6º) RUBIO Flavia Marcelina DNI 33.044.725; 7º) CASTRO Claudio Daniel DNI 34.278.215; 8°) MERLO Mayra Belén DNI 41.116.694; 9º) MEDINA TELLO Brandon Nicolás Daniel DNI 46.453.688; CONCEJALES SUPLENTES: 1º) MOLINA Ivana Mariel DNI 18.804.695; 2º) PAZ Jonatan Ezequiel DNI 36.492.538; 3°) ERVIDIA Katerinne Marianella DNI 39.323.127; 4°) ANDRADA Marcos Caleb DNI 34.441.511; 5º) MEDINA Dominga Aida DNI 13.683.468; 6º) VILLARREAL Miqueas Agustín DNI 42.787.160; 7º) ERVIDIA Carolina Soledad DNI 29.943.174; 8º) CHARRAS Pedro Pablo DNI 22.876.731; 9º) ERVIDIA Gisela Elizabeth DNI 29.002.382; MIEMBROS TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) MANSILLA José Eduardo DNI 22.374.330; 2º) MARIÑO Dayhana Ayelen DNI 39.174.310; 3º) FERREYRA Edgardo DNI 27.673.348; MIEMBROS SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: 1º) RAMÍREZ Flavia Valeria DNI 35.085.724; 2º) CASTRO Lucas Antonio DNI 22.597.429; 3°) ROMERO Paola Viviana DNI 29.943.156. PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.-

 

 

 

 

DÓNDE VOTO? YA PODES CONOCER EL LUGAR DE VOTACIÓN PARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES

La Junta Electoral Municipal informa que ya esta a disposición de los vecinos en la web oficial del Municipio, para consultar los lugares de votación para las Elecciones a Intendente Municipal del próximo domingo 17 de septiembre de 2023.

Ingresa a: https://altagracia.gob.ar/dondevoto/

Al acceder al enlace, los ciudadanos podrán ingresar su número de documento y conocer el centro de votación asignado y la dirección del mismo.

ALTA GRACIA SE DESTACÓ EN LA COPA NACIONAL U 16 DE ATLETISMO

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El pasado viernes 11 y sábado 12 de agosto desarrolló la Copa Nacional U16 de Atletismo en la pista Luis Oliva del Estadio Mario Alberto Kempes en Córdoba.

La misma se llevó a cabo con la participación de atletas de Alta Gracia representando a la ciudad, con 9 atletas donde se destacó Milo Boero, quien se consagró Campeón Argentino en Salto en Alto.

Los resultados de Milo fueron:

  • 1er puesto en Salto en Alto.
  • 3er puesto en Salto en largo.
  • 4to puesto en 110 mts con vallas.

RESOLUCIÓN Nº 11 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 11 de agosto de 2023.-

Y VISTOS: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES DE AUTORIDADES MUNICIPALES 2023”, Y CONSIDERANDO: I) Que por RESOLUCIÓN NÚMERO 6 de fecha 11/07/2023 de esta J.E.M. se ha resuelto incluir como figura del proceso Electoral para la ciudad de Alta Gracia, la figura del F.I.M.E. (Fiscal Municipal Electoral) determinándose, derechos y obligaciones (art.5 Ord.12.520). II) Que Oportunamente el Municipio de la Ciudad, a solicitud de esta J.E.M., ha celebrado “Convenio de Colaboración, Colegio de Abogados-Delegación Alta Gracia”, ratificado mediante DECRETO Nº 2156/23 del Ejecutivo Municipal y refrendado por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Alta Gracia mediante Resolución 027/23. III) Que a través de la mencionada institución, los abogados designados para la función de F.I.M.E. acompañarán y participarán activamente en el proceso eleccionario Municipal del año 2023, según lo determinado en RESOLUCIÓN Nº 6. IV) Que los profesionales abogados designados como F.I.M.E. para las elecciones municipales 2023, han aceptado el cargo conferido en legal forma. Ellos son: Dra. AYETTI JENNIE – DNI 35.914.611, Dr. CABRERA MOLINA GONZALO  – DNI 33.044.780, Dr. CAMINO CÉSAR RUBEN – DNI 16.840.011, Dra. COGNO KARINA – DNI 26.181.300, Dr. CONTRERA HORACIO MARTÍN – DNI 31.054.404, Dra. FLORES CUELLO NOELIA SOLEDAD – DNI 32.279.779, Dr. GAY GUILLERMO MARTÍN -DNI 18.042.922, Dra. GUARDABASSI MELISA  BEATRIZ – DNI 31.647.261, Dra. IPHARRAGHERRE ALVARADO NANCY A. – DNI 18.412.605, Dr. LOZANO MATEO -DNI 40.574.227, Dra. MIGUEL MASSA MARÍA FERNANDA – DNI 32.229.979, Dra. MIRANDA ROCÍO MICAELA  – DNI 39.174.465, Dra. NIZZOLI ANA VICTORIA – DNI 35.914.705, Dr. PESCE CLAUDIO MIGUEL – DNI 23.536.561, Dr. PISSONI ALEJANDRO JAVIER – DNI 17.001.550, Dr. PRIANTE GUILLERMO EDUARDO – DNI 13.820.365, Dra. REATEGUI SANCHEZ JOAN ANDREA HAYDEE – DNI 18.901.543, Dr. STELZER LEONEL – DNI 33.963.763, Dr. TORRES DANIEL HORACIO -DNI 20.075.431. Que el FIME estará acreditado en cada establecimiento educacional, con la respectiva credencial identificatoria y a los fines descriptos en la RESOLUCIÓN Nº 6 de ésta. Por ello, acorde lo establecido por la C.O.M., Ley Pcial 9891; Ley 9572, la Ordenanza 12.061, Ordenanza 12.520, el DECRETO Nº 2156/23 refrendado por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Alta Gracia mediante Resolución 027/23 y demás correlativas y concordantes; esta JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL, RESUELVE: 1) Tener por nombrados y por aceptado el cargo F.I.M.E. en legal forma, para las elecciones municipales del 17/9/2023; a los profesionales abogados: Dra. AYETTI JENNIE – DNI 35.914.611, Dr. CABRERA MOLINA GONZALO  – DNI 33.044.780, Dr. CAMINO CÉSAR RUBEN – DNI 16.840.011, Dra. COGNO KARINA – DNI 26.181.300, Dr. CONTRERA HORACIO MARTÍN – DNI 31.054.404, Dra. FLORES CUELLO NOELIA SOLEDAD – DNI 32.279.779, Dr. GAY GUILLERMO MARTÍN -DNI 18.042.922, Dra. GUARDABASSI MELISA  BEATRIZ – DNI 31.647.261, Dra. IPHARRAGHERRE ALVARADO NANCY A. – DNI 18.412.605, Dr. LOZANO MATEO -DNI 40.574.227, Dra. MIGUEL MASSA MARÍA FERNANDA – DNI 32.229.979, Dra. MIRANDA ROCÍO MICAELA  – DNI 39.174.465, Dra. NIZZOLI ANA VICTORIA – DNI 35.914.705, Dr. PESCE CLAUDIO MIGUEL – DNI 23.536.561, Dr. PISSONI ALEJANDRO JAVIER – DNI 17.001.550, Dr. PRIANTE GUILLERMO EDUARDO – DNI 13.820.365, Dra. REATEGUI SANCHEZ JOAN ANDREA HAYDEE – DNI 18.901.543, Dr. STELZER LEONEL – DNI 33.963.763, Dr. TORRES DANIEL HORACIO -DNI 20.075.431, según las atribuciones y obligaciones determinadas en la RESOLUCIÓN Nº 6 emanada de esta J.E.M. 2) Dése amplia difusión a la presente.

PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.-

FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dr. Marcelo Arana: Vocal.-

 

 

 

COMENZÓ LA OBRA DE AMPLIACIÓN «PARQUE DE LOS NIÑOS», EN LOS JARDINES DEL SIERRAS HOTEL

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Con el objetivo de seguir brindando a los vecinos y vecinas más opciones de esparcimiento, vida sana y disfrute al aire libre en los espacios públicos, el Gobierno de la Ciudad de Alta Gracia informa que, en un trabajo conjunto de las Secretarías de Obras Públicas y de Servicios Públicos; esta semana comenzaron las obras de ampliación del «Parque de los Niños», en el parque del Sierras Hotel.

Las obras prevén la construcción de dos nuevos sectores. En esta primera etapa, se está trabajando en un nuevo sector para niños que incluirá un nuevo un juego central y arenero, además de equipamiento urbano incluyendo bancos para las familias, nuevos cestos de basura, senderos de pasto sintético, sistema de iluminación led y parquizado de todo el sector.

Por otra parte, la segunda etapa de la obra prevé la construcción de un sector destinado a los adultos y adultos mayores; y estará equipado con 8 máquinas para realizar ejercicio físico, mesas y bancos, cestos de basura, bancos de hormigón, senderos de pasto sintético, farolas de iluminación led y parquizado de todo el sector.

De esta manera, el Gobierno de Alta Gracia sigue trabajando para embellecer los espacios públicos y brindar más opciones a los vecinos y vecinas de los distintos barrios de la ciudad.

RESOLUCIÓN Nº 10 DE LA JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL

Alta Gracia, 8 de agosto de 2023.

Y VISTO: Las actuaciones surgidas con motivo de las “ELECCIONES MUNICIPALES ALTA GRACIA 2023”. Y CONSIDERANDO: I) Que acorde lo establecen la Ley 9.571 y el Código Electoral Municipal Ordenanza 12.061; es menester considerar y prever la específica situación de todas aquellas personas que, por poseer algún grado de discapacidad, minusvalía y/o invalidez y/o no videntes; les resulta imposible expresar su voluntad al emitir el voto y/o acceder a la mesa de votación asignada para ejercer su derecho a votar, debido a las barreras físicas en los ámbitos  arquitectónicos de algunos establecimientos escolares designados a tal fin. II) Que de igual manera, es menester considerar la situación de la persona no vidente, ya que no pudiéndose disponer de la confección de plantillas según lo normado por el artículo 13 de la Ordenanza 12.061 y el artículo 55 de la Ley 9571; podrá ejercer su legal derecho a votar acompañado de la persona que designe y sea de su confianza, a falta de ello y según lo exprese inequívocamente, podrá ser acompañado por el presidente de mesa. III) Que en todos aquellos casos, cuando la posibilidad de las personas con movilidad reducida, discapacitados, minusválidos y/o inválidos de acceso a la mesa de votación les impida gozar de las adecuadas condiciones de seguridad y autonomía como elemento primordial para el desarrollo del acto comicial; deberá el FIME acreditado en el establecimiento escolar de que se trate, habilitar aquella mesa que sea mayormente accesible  o amigable para tal fin. En todos los casos, deberá ser absoluta responsabilidad del FIME, impartir las instrucciones para la incorporación de “agregados al padrón de mesa” al presidente de la que corresponde, como así también de instruir a la Autoridad de Mesa de Votación (AMV) originaria, para consignar la eventualidad en el padrón de electores en “observaciones”, a fin de que exista coincidencia absoluta entre ambos.- De igual modo, el FIME deberá controlar que si en la mesa de votación asignada como de “mayor accesibilidad” se ha completado el cupo del diez por ciento (10%) de las BUS reservadas para reposición (art. 18 Ord.12.061 y arts 60 -1re.párrafo-de la Ley 9571); deberá a los mismos fines, designar otra mesa accesible. En todos los casos, el FIME deberá garantizar iguales condiciones de oportunidad, características, integración y equiparación para todos los votantes. IV) QUE la accesibilidad refiere a la real posibilidad de que todas las personas puedan utilizar un objeto, acceder a un espacio o a un servicio, independientemente de sus capacidades técnicas, cognitivas o físicas. Que de este modo, se propicia la participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones, en un marco de absoluto respeto por los derechos humanos, las libertades fundamentales y la igualdad de todos los seres humanos; por ello, y conforme lo dispuesto por Ley 26.378; ley 22.431; Ley Pcial. 9.891; Ley 9.571, la Ordenanza 12.061 y demás correlativas y concordantes; esta JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL, RESUELVE: 1) Cuando la posibilidad de las personas con movilidad reducida, discapacitados, minusválidos y/o inválidos de acceso a la mesa de votación les impida gozar de las adecuadas condiciones de seguridad y autonomía deberá el FIME acreditado en el establecimiento escolar de que se trate, habilitar aquella mesa que sea mayormente accesible o amigable para tal fin. Debiendo cumplir con los lineamientos establecidos en ésta. 2) En el específico caso de no videntes, deberá y podrá ejercer su legal derecho a votar acompañado de la persona de su confianza que designe, a falta de ello, y según lo exprese inequívocamente, podrá ser acompañado por el presidente de mesa.-

PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE Y DÉSE COPIA.

FIRMADO: Dra. Graciela Pérez Contreras: Presidente, Dra. María Victoria Villacé: Vocal; Dr. Marcelo Arana: Vocal.-

 

 

 

 

AGUSTÍN QUEVEDO, ATLETA ALTAGRACIENSE, SE DESTACÓ EN LOS CÓRDOBA JUEGA

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Agustín Quevedo, deportista de nuestra ciudad, participó de los «Córdoba Juega» en el Estadio Mario Alberto Kempes, obteniendo allí el primer puesto en tenis adaptado

Así mismo, por ser miembro del equipo municipal de Básquet adaptado FUDIAG – MAG de la ciudad de Alta Gracia, fue seleccionado para participar junto al equipo de los Halcones de Río Cuarto, obteniendo el segundo puesto.

CONCURSO PÚBLICO 16/23 – DECRETO Nº 2.201/23

La Municipalidad de Alta Gracia llama a Concurso Público de Precios para el día 15 de agosto de 2.023, a las 10:00 hs. en la Secretaría de Obras Públicas y Planificación de la Municipalidad de Alta Gracia sita en calle Pte. Perón Nº 1.997 – Terminal de Ómnibus, con el objeto de la adquisición de 500 m3 de hormigón H -21 para ejecutar cordón cuneta y badenes en la calle Chumamaya del Barrio Camiares.

Valor del Pliego: $2.000,00 (Pesos DOS MIL) y se adquiere en Tesorería de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Belgrano N° 15, 1º piso, en el horario de 07:30 a 13:00 horas, hasta el día 14 de agosto de 2.023.

Presupuesto Oficial: $17.680.825,00 (Pesos DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO) IVA INCLUIDO.

Presentación de ofertas: podrán presentarse en días hábiles de 7:30 a 13:30 horas en la oficina de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación de la Municipalidad de Alta Gracia sita en calle Pte. Perón Nº 1.997 – Terminal de Ómnibus y se recibirán hasta las 09:00 hs. del día 15 de agosto de 2.023.

Fecha de apertura de las propuestas: 15 de agosto de 2.023, a las 10:00 hs., en la Secretaría de Obras Públicas y Planificación de la Municipalidad de Alta Gracia sita en calle Pte. Perón Nº 1.997 – Terminal de Ómnibus.

Oficialía Mayor

Municipalidad de Alta Gracia

CONCURSO PÚBLICO 18/23 – DECRETO Nº 2.202/23

La Municipalidad de Alta Gracia llama a Concurso Público de Precios para el día 15 de agosto de 2.023, a las 11:00 hs. en la Secretaría de Obras Públicas y Planificación de la Municipalidad de Alta Gracia sita en calle Pte. Perón Nº 1.997 – Terminal de Ómnibus, con el objeto de la adquisición de 2450 m2 de Adoquines AH8 para ejecutar pavimento intertrabado en la calle Los Jazmines desde Los Claveles hasta Los Geranios y calle Los Geranios desde Los Jazmines hasta Monseñor Jesús Roldán de Barrio El Golf.

Valor del Pliego: $2.000,00 (Pesos DOS MIL) y se adquiere en Tesorería de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Belgrano N° 15, 1º piso, en el horario de 07:30 a 13:00 horas, hasta el día 14 de agosto de 2.023.

Presupuesto Oficial: $12.455.873,50 (Pesos DOCE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES CON CINCUENTA CENTAVOS) IVA INCLUIDO.

Presentación de ofertas: podrán presentarse en días hábiles de 7:30 a 13:30 horas en la oficina de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación de la Municipalidad de Alta Gracia sita en calle Pte. Perón Nº 1.997 – Terminal de Ómnibus y se recibirán hasta las 10:00 hs. del día 15 de agosto de 2.023.

Fecha de apertura de las propuestas: 15 de agosto de 2.023, a las 11:00 hs., en la Secretaría de Obras Públicas y Planificación de la Municipalidad de Alta Gracia sita en calle Pte. Perón Nº 1.997 – Terminal de Ómnibus.

 

ATLETAS DE ALTA GRACIA SE DESTACARON EN EL CORDOBA JUEGA 2023

El pasado martes 1 de Agosto, atletas de la ciudad de Alta Gracia se destacaron en el «Córdoba Juega» en la instancia regional. Dicha instancia se disputó en la Pista Luis Oliva, del Estadio Mario Alberto Kempes, donde once atletas de nuestra ciudad fueron protagonistas y clasificando todos ellos para la etapa provincial.

Los y las atletas lograron estar en el podio de sus pruebas y sus categorías, tanto en el Sub 14 como Sub 17.

Los resultados:

  • Milo Boero: 1er puesto en Salto en Alto
  • Christian Gormaz: 1er puesto 300mts
  • Leonel Núñez: 3er puesto en disco, 29,39
  • Ciro Saracho: 5to 800mts
  • Tomás Perisset: 2do puesto en 150mts, 1er puesto en salto en Alto.
  • Giulio Doffo: 1er puesto lanzamiento jabalina, 3er puesto en salto Alto. 80mts
  • Santiago Bustos: 3er puesto en salto en Alto
  • Francisco Pedernera: 5to puesto en salto en Alto
  • Mía Perisset: 2da posición en 800mts. 2do puesto en lanzamiento de Jabalina.
  • Ludmila Cabral: 2da posición en 150 mts

Liz Crosetto sufrió una lesión, por eso no pudo competir. Toda la fuerza para la recuperación Liz.

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